TABACO

Zone des éléments

Référentiel

Code

Note(s) sur la portée et contenu

    Note(s) sur la source

      Note(s) d'affichage

        Termes hiérarchiques

        TABACO

          Termes équivalents

          TABACO

            Termes associés

            TABACO

              115 Description archivistique résultats pour TABACO

              115 résultats directement liés Exclure les termes spécifiques
              Sans titre
              MX UV.USBIX ANC-P-0054-PC_0054_0017 · Pièce · 1718/03/17
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Anastasia de Betancur, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Bartolomé de Estrada, otorga arrendamiento al Alférez don José de Tembla y Simanes, vecino de esta villa, un rancho que está de la otra banda de río Seco en jurisdicción de esta villa, que se compone de 2 caballerías de tierra poco más o menos, mismo que hubo y heredó de Juan de Betancur, su padre, asimismo, 2 casas de tabaco viejas con 11 aposentos. El arrendamiento lo hace por tiempo de cinco años, que empiezan a correr y contarse desde hoy día de la fecha, en precio de 12 pesos anuales, y le vende las 2 casas en precio de 20 pesos.

              Sans titre
              Sans titre
              MX UV.USBIX ANC-P-0054-PC_0054_0062 · Pièce · 1718/09/02
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Antonio Millán Quijada, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la ciudad de Tehuacán, hijo de Diego Millán y doña Hipólita Vázquez de Ávila, difuntos, otorga su testamento de la manera siguiente: Manda sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco de cuya Tercera Orden es hermano y sepultado en el convento del Señor San Antonio, delante del altar de Nuestra Señora de Los Dolores. Señala habrá tiempo de treinta y seis años poco más o menos que contrajo matrimonio con doña Sebastiana Cid, y él tenía de capital 300 pesos y su mujer no llevó dote alguna, de este matrimonio procrearon 8 hijos. Declara por bienes suyos las casas de su morada, una ubicada en la calle Real con el menaje que hay en ella, otra que compró del Capitán don Nicolás Rodríguez, otra más que está frontero al convento y junto a ésta se encuentra incorporada otra casa chica. Declara le son deudoras algunas personas dentro y fuera de esta villa, de las cantidades de pesos que constan en el libro de cuentas de una tienda que tiene de mercancía con géneros de Castilla y de la tierra en esta villa. Declara que el señor alcalde le debe 550 pesos. También, declara tiene de censo 790 pesos sobre las casas que compró de dicho Nicolas, de aceite de la lámpara de la Tercer Orden. Asimismo, tiene un rancho de tabaco en arrendamiento y declara debe 50 pesos hasta que se discierna a quien pertenecen las tierras en que lo tiene fundado, y en éste tiene cuatro casas, herramientas y una rosa para sembrar tabaco, además, otros bienes, esclavos y animales que se mencionan en esta escritura. Declara tiene veinticinco toros en poder de don Francisco Valero y Alvarado. Nombra por sus albaceas a doña Sebastiana, Bachiller don Pedro Franco de Guzmán y al Capitán don Gaspar Rendón, y solo por tenedora de bienes a doña Sebastiana. Manda que del remanente del quinto de sus bienes se imponga una capellanía de misas rezadas para que a su título se ordene del sacro presbiterato Antonio Millán, su hijo, que se halla estudiando en la Compañía de Jesús de la ciudad de los Ángeles. Nombra por sus herederos a sus hijos, señalando que a la difunta su hija Juana Millán Quijada, mujer que fue de Juan Rodríguez Teiseira, le dio lo que constará por sus libros de cuentas. Nombra a Sebastiana por tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos.

              Sans titre
              Sans titre
              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0107 · Pièce · 1719/10/25
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Teniente de Caballería Esteban de Naval de Pintos, vecino de esta villa de Córdoba y natural del lugar de San Miguel de Marcon, en el obispado de Santiago de Galicia en los reinos de Castilla, hijo de Juan de Naval y de María de Pintos, vecinos de dicho lugar; y María de Madrid, su mujer, vecina de esta villa de Córdoba y natural del pueblo de Orizaba, hija de Tomás de Madrid y de Josefa Pizarro, difuntos. Ambos otorgan su testamento en la forma siguiente: Mandan sean amortajados con el hábito y cuerda de San Francisco de cuya orden son hermanos, y sepultados en la capilla de la Tercera Orden, entierro y acompañamiento lo dejan a voluntad de sus albaceas. Mandan a todas las cofradías fundadas en la iglesia de esta villa y barrios de las Casillas y San Miguel, de la que ambos son hermanos, un peso a cada uno. Mandan se saquen de sus bienes y en caso necesario se queden sobre casa de su morada 300 pesos de principal para que, con sus réditos, se haga anualmente misas cantadas en aniversario de los difuntos en el mes de noviembre. También, es voluntad de ambos que se quede sobre la casa 100 pesos de principal perpetuamente, para que con sus réditos se le cante una misa al Señor San José. Es voluntad de ambos que del remanente del quinto de sus bienes [roto] una capellanía [roto] para que a título de ella se ordene de sacerdote [roto] uno de sus hijos [roto]. El teniente declara que tiene diferentes cuentas con vecinos de esta villa y fuera de ella, las cuales aparecerán en su libro de cuentas, asimismo declara no debe cosa alguna. Ambos señalan que habrá tiempo de catorce años poco más o menos que son casados, ella llevó por dote 150 pesos y él 3 500 pesos y a la dicha su mujer le mandó en arras propter nuptias 500 pesos, durante éste han procreado cuatro hijos. Por bienes suyos señalan dos casas una de su morada y el menaje que le pertenece, además de un solar, un rancho de tabacal en tierras del cabildo de esta villa, esclavos y demás bienes que se mencionan en esta escritura. Nombran por sus albaceas al Capitán don Lope Antonio de Iribas y al Regidor don Ignacio de Tembra y Simanes sus compadres y al último que quedare vivo de los dos otorgantes. Nombran herederos a sus hijos. Y en atención que sus hijos se encuentran en edad pupilar, uno y otro se nombra tutor y curador de sus personas y bienes de ellos, y el último que quedare vivo de los otorgantes nombrará por tutor y curador de sus hijos a los mencionados Capitán don Lope Antonio y por su falta a don Ignacio de Tembra.

              Sans titre
              Sans titre
              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0118 · Pièce · 1719/11/14
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Jerónimo de Laesa, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, hijo de don Jerónimo de Laesa y de doña Juana de Arrue, difuntos, ordena su testamento en la forma siguiente: Manda su cuerpo sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco de cuya Tercera Orden es hermano y sepultado en la iglesia junto a la pila de agua bendita. Declara por sus bienes un rancho de labor de tabaco fundado en tierras de esta villa, con dos casas grandes y dos chicas, en cuyas tierras tiene sembrado como 150 000 matas poco más o menos de tabaco. Rancho en el que tiene lo siguiente: machetes, agujas de fierro de ensartar tabaco, hachas, bestias mulares de carga, cajas con ropa, y otras más que se mencionan en esta escritura. Declara debe a Francisco Monge, a José de Tembra y Simanes, a don Francisco de Tapia, al Señor General don Francisco Espiguel de Ávila, a sus mozos y a otras personas, lo cual manda a su albacea se pague. Nombra por su albacea a Marcos Fernández. Nombra por única heredera a [roto] Suárez, su sobrina, y nombra por tutor y curar de ella a Marcos, relevándole de fianza y otro seguro.

              Sans titre
              Sans titre
              MX UV.USBIX ANC-P-0033-PC_0033_0040 · Pièce · 1698/04/21
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Álvarez de Rivera, vecino de esta villa, por la presente se constituye como fiador de Antonio de Guevara, residente en esta villa, en la demanda que éste puso contra Domingo de Noriega, sobre haberle aviado en un tabacal que sembró el susodicho en el paraje que nombran venta de Parada, en esta jurisdicción, habiendo alzado la cosecha de dicho tabaco [y traído] a apilar en la casa de Bernabé de [roto].

              Sans titre
              Sans titre
              MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0005 · Pièce · 1708/01/11
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Benito Caravallo, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la villa de Combarro del reino de Galicia, hijo legítimo de Esteban Caravallo y de [roto] de Renda, vecina de dicha villa, estando enfermo en cama en su libre y entero juicio, otorga su testamento en la forma y manera siguiente: Declara estar casado con Antonia Milián, natural y vecina de esta villa, durante su matrimonio han tenido por hijos legítimos a María Josefa de trece años, Francisca de ocho, Ana Prudencia Caravallo de dos meses. Declara por sus bienes una casa de cal y canto, cubierta de teja, y en ella un solar en que está edificada y tres bestias. Declara que diferentes personas le son deudoras como en cantidad de 1 600 pesos del repartimiento que tiene hecho de mulas; asimismo, le deben diferentes personas a pagarle en tabaco como cantidad de 300 pesos, todo lo cual manda se cobre. Declara adeudar a don Justo Caballero, vecino de la ciudad los Ángeles, la cantidad de 300 pesos; a don Nicolás del Castillo de Altra, vecino de dicha ciudad, 100 pesos; a Pedro Jiménez, vecino de dicha ciudad, 90 pesos; a José Domingo dos cargas de tabaco; a doña Juana Rodríguez Romano, su tía, 50 pesos; al Cabo de Escuadra Francisco Díaz, 70 pesos; a Manuel Tablero, vecino de la Veracruz, como 70 pesos; y a José de Brito 24 pesos. Nombra herederos a los citados sus hijos.

              Sans titre
              Sans titre
              MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0024 · Pièce · 1709/01/25
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Ana Álvarez de Guzmán, vecina y natural de esta villa de Córdoba, hija legítima de don Juan Alonso de Guzmán y de María Álvarez, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara fue casada tiempo de cuarenta años con Alonso Franco de Guzmán, difunto, con quien procreó a Juana Franco de Guzmán, mujer de Domingo Merodio; a doña María de Guzmán, vecina de la Veracruz, viuda de Antonio López; a Ana Franco de Guzmán, mujer de Antonio de Olivera; a Catalina [Franco de Guzmán], mujer del Sargento Antonio de Villavicencio; a José Franco, casado con María Ramos, vecino de San Juan; al Bachiller don Pedro Franco de Guzmán, Presbítero; y a doña Francisca Franco, mujer de Agustín de Prado. Declara por bienes la casa de su morada en solar de 50 varas en cuadro, dicho solar manda se reparta entre su hijo, el Bachiller don Pedro Franco, y su hija, doña Francisca Franco. Declara tener suplidos a Juan de la Trinidad 17 pesos para la siembra de seis mil matas de tabaco y a Miguel García 27 pesos por la siembra de nueve mil matas de tabaco, manda a sus albaceas se cobren estas cantidades. Nombra como albacea y tenedor de bienes al Bachiller don Pedro Franco, su hijo. Nombra como herederos a sus hijos.

              Sans titre
              Sans titre
              MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0158 · Pièce · 1710/10/04
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Bartolomé de Estrada, vecino de esta villa de Córdoba, marido y conjunta persona de Anastasia de Betancur, su legítima mujer, otorgan se obligan a pagar a Juan de Villegas, vecino de esta villa de Córdoba, 436 pesos de oro común en reales, cuya paga harán para la cosecha de tabaco de 1711.

              Sans titre
              Sans titre
              MX UV.USBIX ANC-P-0047-PC_0047_0018 · Pièce · 1711/02/09
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Juana Domínguez, viuda, vecina de esta villa de Córdoba, en nombre de su difunto marido Diego Sánchez Jurado, y en virtud de poder para testar que le otorgó en esta villa, por la presente otorga el testamento de su marido de la siguiente manera: Manda se saquen de sus bienes 50 pesos y se entreguen al mayordomo de la cofradía del Patriarca San José de esta villa, para ayuda de las vidrieras de su nicho o para unos blandones. Declara que su marido tenía cuentas corrientes con don Dionisio Serrano y Perea, su compadre, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec], como consta en su libro de cuentas; también debía a don Francisco Colchado, vecino de dicho pueblo, de unas vaquetas y jerga; asimismo, debe 5 pesos a Antonio Millán Quijada de dos frascos y medio de vino que tuvo de merma; a don Andrés de Mucha Zurra, vecino de la Veracruz, 6 pesos; a Juan Rodríguez Monzón, vecino de dicha ciudad, 10 pesos; al Licenciado don Juan Estévez de Laguarda, su compadre, algunas misas. Dijo también que su marido otorgó poder general a Antonio Moreno, su yerno, con el cual cobró sólo 500 pesos. Declara que las siguientes personas deben a su marido: don Francisco Pibot y Tapia de cargas de sal y tabaco; Luis, el tejero, debe una carga de sal en 8 pesos 6 reales y 9 pesos de dos aparejos viejos, a cuya cuenta tiene dada la teja de un corredor y un poco de ladrillo; José, el calero, debe 4 pesos y medio de un tercio de sal; Francisco Moreno 20 pesos; el Capitán don Juan Gómez Dávila, su compadre, 510 pesos y otras cuentas pendientes. Declara que hace veinte años, más o menos, que contrajeron matrimonio, al cual no llevaron caudal alguno, y han procreado a Catalina Jurado, de veinte años de edad, mujer de Diego Gil; María Jurado, de diecinueve años, mujer de Antonio Moreno; José, de diecisiete años; Bárbara, de trece años; Felipe, de doce años; Pedro, de ocho años; Joaquín, de seis años; y Nicolasa, de dos años. Dijo que su marido la nombró como albacea testamentaria y tenedora de bienes, cuyo cargo acepta, asimismo, nombró como herederos a sus hijos. Por último, se nombra como tutora y curadora ad bona de sus hijos menores.

              Sans titre
              Sans titre
              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0036 · Pièce · 1706/04/19
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Alonso Galván e Isabel de Ibarra, vecinos de esta villa de Córdoba, albaceas testamentarios de Francisco Galván, nombrados por cláusula de poder para hacer su testamento que les otorgó en 7 de febrero de este presente año, en cuya virtud y de dicho poder usando hacen y ordenan su testamento y última voluntad en la manera siguiente: Declaran que el citado Francisco falleció el 14 de febrero de este año. Ítem, les comunicó que debe a don Dionisio Serrano y Perea, Ignacio Rodríguez, Diego de Rojas, don Antonio de Leiva Esparragosa y a los albaceas de Blas Francisco de Oropeza. Ítem, les comunicó y ahora declaran por bienes del citado difunto una vega de sembradura de tabaco de 50 000 matas en el paraje que llaman de Acatengo; cincuenta y cinco reses vacuna grandes y chicas; dieciséis caballos mansos; ocho yeguas de vientre; una casa de horcones cubierta de teja. Ítem, declaran que el citado Francisco habrá tiempo de veinticinco años que contrajo matrimonio con la presente otorgante Isabel de Ibarra, y durante el matrimonio tuvieron por hijos a Isabel de Ibarra que será de veintitrés años, Francisco de veintiuno, Alonso de dieciséis, Gertrudis de trece y Juan Galván de diez años. Ítem, declaran que fueron nombrados por albaceas testamentarios y tenederos de bienes. Ítem, cumpliendo con la última voluntad del difunto y del poder para testar, nombran por sus únicos y universales herederos a Isabel, Francisco, Alonso, Gertrudis y Juan, sus hijos legítimos, y como tutora y tenedora de bienes a la citada Isabel de Ibarra.

              Sans titre