Pedro Antonio Sibon y Petrona Barradas, matrimonio, vecinos de este pueblo, reciben de Diego Domingo Núñez, la cantidad de 650 pesos, que se obligan a pagárselos. La mitad lo harán de la cosecha de tabaco que tienen sembrados, y la otra mitad cuando siembren y recojan la cosecha en el próximo año, con los réditos, a razón de 5 % anuales, señalándose algunas condiciones para ello, y para seguridad de esta deuda hacen hipoteca de unas casas que tienen en este pueblo, ubicadas en el barrio de Techacapa.
TABACO
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Ramón de Osorio, vecino del pueblo de Jalapa, con testamento hecho, en el cual nombró herederos y señaló lugar de entierro, pero que por olvido no nombró albaceas, lo cual hace ahora, otorgando dicho nombramiento a su legítima mujer Rita Apolonia Jiménez, junto con su cuñado Antonio Díaz Parraga, declarando que deja 20 cargas de tabaco de todas calidades, 2 sillas y armas.
Don Bartolomé de Borja, don Pedro Gorrindo Palomino y demás vecinos del pueblo de Coatepec, labradores y cosecheros de tabaco, otorgan poder especial a don Lucas Rosete y a don Pedro Gorrindo Palomino, para que comparezcan ante el señor Virrey para ajustar y tratar los precios, cantidades y circunstancias que les promuevan para la nueva contrata que se pretende hacer de los tabacos.
Don Juan Ortiz, vecino del pueblo de Coatepec, debe y se obliga pagar a don José Manuel Trigo, vecino del pueblo de Jalapa, la cantidad de 186 pesos, para el mes de septiembre del siguiente año; para ello se extiende una condición donde el deudor, hará un pago igualitario de la ya citada cantidad, al ser comisionado para el recibo de tabacos de la Villa de Córdoba.
Los ciudadanos Francisco Galván y Rebolledo, Luis Camarillo y Cosme Rebolledo, vecinos del pueblo de San Jerónimo Coatepec; José Marcelino Galván y José Pozos, del pueblo de Xicochimalco; Manuel Sánchez, Antonio Hernández y José María Rebolledo Maldonado, del de Santa María Teocelo; y Matías Santa María, del ingenio Chico; todos pueblos de este cantón y cosecheros de tabaco, otorgan poder especial a don Bernabé de Elías Vallejo, del comercio de esta villa, labrador en su jurisdicción, para que a nombre de los pueblos atados, intente y solicite por todos aspectos del alto Gobierno de la Federación, por el conducto del Ministerio de Hacienda o por la vía que mejor convenga, la continuación de la gracia o privilegio que se hizo extensiva en este partido para la siembra de tabaco, como lo ha hecho en los últimos años y aún lo tienen hecho para el presente. Haciendo para ello todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias judiciales o extrajudiciales que se requieran.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon Juan Bautista de Soler, don Miguel de Arias, y don Manuel Allen, de esta vecindad, Capitanes y Teniente de las Compañías de Infantería de Fieles Realistas de esta Villa, comisionados por el cuerpo para defender y pretender cuanto concierna a su beneficio y derechos, otorgan poder especial a don Antonio Velasco Quiroz, de esta misma vecindad, para que a nombre de ellos y de los pueblos laterales de esta Villa, pretenda, solicite y gane del Tribunal Competente la gracia y concepción de que en este suelo y pueblos comarcanos se siembre y cultive la planta del Tabaco, y se elabore por cuenta de la Real Hacienda en esta Villa, para cuyo intento haga todas las presentaciones, pedimentos y memoriales favorables al caso.
Juan Antonio de Villanueva, vecino del pueblo de Jalapa, debe a don José Camino y Velasco, Oficial Real de la Nueva Veracruz, 104 pesos, medio tomín de oro común que por hacerle bien y buena obra le ha suplido y prestado, obligándose a pagarlos para la cosecha de tabaco que ha de recoger a mediados de año que viene, y para su seguro pago hipoteca un rancho de labor que tiene en el paraje nombrado La Estanzuela con todos sus ganados y aperos.
Don Manuel de la Cruz, Gobernador actual de la República de naturales del pueblo de Coatepec y demás naturales y vecinos españoles de los pueblos de Coatepec y Teocelo, otorgan poder especial al Presbítero Francisco Javier de Beristain para que en nombre de los vecindarios de ambos pueblos y su doctrina, perezca ante el excelentísimo señor Virrey de este Reino, Real Junta y Dirección del Ramo del Tabaco y haciendo presente la bondad, calidad y circunstancias del tabaco que produjeron sus territorios con los graves daños y perjuicios que han recibido por la prohibición de su siembra, solicite licencia para la siembra.
Doña Anastasia de Betancur, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Bartolomé de Estrada, otorga arrendamiento al Alférez don José de Tembla y Simanes, vecino de esta villa, un rancho que está de la otra banda de río Seco en jurisdicción de esta villa, que se compone de 2 caballerías de tierra poco más o menos, mismo que hubo y heredó de Juan de Betancur, su padre, asimismo, 2 casas de tabaco viejas con 11 aposentos. El arrendamiento lo hace por tiempo de cinco años, que empiezan a correr y contarse desde hoy día de la fecha, en precio de 12 pesos anuales, y le vende las 2 casas en precio de 20 pesos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOAntonio Millán Quijada, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la ciudad de Tehuacán, hijo de Diego Millán y doña Hipólita Vázquez de Ávila, difuntos, otorga su testamento de la manera siguiente: Manda sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco de cuya Tercera Orden es hermano y sepultado en el convento del Señor San Antonio, delante del altar de Nuestra Señora de Los Dolores. Señala habrá tiempo de treinta y seis años poco más o menos que contrajo matrimonio con doña Sebastiana Cid, y él tenía de capital 300 pesos y su mujer no llevó dote alguna, de este matrimonio procrearon 8 hijos. Declara por bienes suyos las casas de su morada, una ubicada en la calle Real con el menaje que hay en ella, otra que compró del Capitán don Nicolás Rodríguez, otra más que está frontero al convento y junto a ésta se encuentra incorporada otra casa chica. Declara le son deudoras algunas personas dentro y fuera de esta villa, de las cantidades de pesos que constan en el libro de cuentas de una tienda que tiene de mercancía con géneros de Castilla y de la tierra en esta villa. Declara que el señor alcalde le debe 550 pesos. También, declara tiene de censo 790 pesos sobre las casas que compró de dicho Nicolas, de aceite de la lámpara de la Tercer Orden. Asimismo, tiene un rancho de tabaco en arrendamiento y declara debe 50 pesos hasta que se discierna a quien pertenecen las tierras en que lo tiene fundado, y en éste tiene cuatro casas, herramientas y una rosa para sembrar tabaco, además, otros bienes, esclavos y animales que se mencionan en esta escritura. Declara tiene veinticinco toros en poder de don Francisco Valero y Alvarado. Nombra por sus albaceas a doña Sebastiana, Bachiller don Pedro Franco de Guzmán y al Capitán don Gaspar Rendón, y solo por tenedora de bienes a doña Sebastiana. Manda que del remanente del quinto de sus bienes se imponga una capellanía de misas rezadas para que a su título se ordene del sacro presbiterato Antonio Millán, su hijo, que se halla estudiando en la Compañía de Jesús de la ciudad de los Ángeles. Nombra por sus herederos a sus hijos, señalando que a la difunta su hija Juana Millán Quijada, mujer que fue de Juan Rodríguez Teiseira, le dio lo que constará por sus libros de cuentas. Nombra a Sebastiana por tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos.
ALONSO LÓPEZ DE SAGADE, JUEZ RECEPTOR