Zone d'identification
Cote
Titre
Date(s)
- 1833/09/09 (Création/Production)
Niveau de description
Étendue matérielle et support
f. 283 vta. - 288
Zone du contexte
Nom du producteur
Notice biographique
Histoire archivistique
Source immédiate d'acquisition ou de transfert
Zone du contenu et de la structure
Portée et contenu
Don Bernabé de Elías Vallejo, de esta vecindad y comercio, curador ad bona de doña María Francisca y doña María del Carmen [Merino], hijas del finado don Francisco Merino, cuya curaduría y diligencias están agregadas en este mismo protocolo; dijo que, ante el alcalde de segunda nominación de esta ciudad, puso demanda el Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, albacea del Presbítero del Francisco de Campo, que lo fue del expresado Francisco Merino, por 258 pesos y los premios corridos al 5 por ciento desde el 22 de junio de 1819, que el propio Merino se obligó a pagarle a don Fernando de Cubas, que es a quién pertenece dicho crédito. Pues el intento del Presbítero Ulloa es que se libere a la testamentaria del Presbítero Campo de la responsabilidad que éste quiso contraer como garante según se percibe al pie de la obligación que otorgó Merino y le eximan igualmente de contestaciones, respecto a que hay una finca propia del principal deudor. Y a que Cubas está corriente a entenderse con el actual representante de los bienes de Merino, siempre que se le otorgue formal escritura con hipoteca de la casa del repetido finado deudor. Y el comparente convencido de la legitimidad de la deuda y considerando el prejuicio que les resultaría a sus menores de que se entablase un juicio o se quisiera practicar algunas otras diligencias judiciales, tuvo por más benéfico a dichas menores convenir en los términos que se expresan en la copia del acta conciliatoria. Y en consecuencia de lo expuesto, don Bernabé de Elías, como curador ad bona de las citadas menores otorga que obliga los bienes del finado don Francisco Merino al pago de los relacionados 258 pesos y los premios que correspondan, desde la fecha que se menciona, por lo que verifique el pago, tan luego como se logre la venta de la casa que va a hipotecarse. Y para la mayor seguridad del adeudo hipoteca una casa de la testamentaria del finado Merino, ubicada en esta ciudad a la calle que nombran de Alba y cuyos linderos según la escritura de venta que le otorgaron a Merino el 26 de abril de 1810 que son los siguiente: su frente al poniente con 24 y media varas y del otro lado la boca del callejón que nombran de Tomás Campos y casas bajas de doña María Josefa Casanova dicha calle en medio; y 50 de fondo hacia el oriente por donde linda con solar que fue de Domingo Roldán, y al tiempo de la venta pertenecía a los herederos de Roque Ortiz; y por el sur con casa y solar que fue del difunto Antonio de los Reyes. Y no cumpliendo así, podrá el acreedor sacarla de terceros o más poseedores, vendarla y rematarla para reintegrarse del repetido crédito, réditos y de las costas que en la cobranza se originen.
Appraisal, destruction and scheduling
Accruals
System of arrangement
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Conditions d'accès
Conditions governing reproduction
Language of material
espagnol
Script of material
Language and script notes
Caractéristiques matérielle et contraintes techniques
Finding aids
Zone des sources complémentaires
Existence and location of originals
Existence and location of copies
Related units of description
Zone des notes
Note
En el acta se menciona que se encuentran protocolados en las fojas 251 vta. - 255 vta., los siguientes documentos: Nombramiento, diligencias, autos y discernimiento de curador ad bona a don Bernabé de Elías Vallejo. Anexo 1º: Recibo de 50 pesos a cuenta de los réditos que se obligó a pagar Francisco Merino a don Fernando de Cubas, fecha 29 de noviembre de 1824, foja 284. Anexo 2.º Certificación que hace Miguel Palacio, alcalde de segunda nominación, sobre la acta conciliatoria y obligación entre Ulloa y Elías, foja 285 - 286. Al margen se citan dos notas 1.º Esta escritura queda tomada en razón en el libro de hipotecas, foja 287. 2.º Cancelación de dicha escritura de obligación, foja 287 vta. - 288. El escribano registra los nombres Bernabé Elías, Bernabé de Elías, Bernabé de Elías Ballejo, Bernardo de Elías, éste firma Bernabé de Elías; Juan Nepomuceno de Ulloa, Juan Nepomuceno Ulloa, Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, éste firma Juan Nepomuceno Ulloa, para su ubicación se registraron como aparecen en el resumen del acta.
Identifiant(s) alternatif(s)
Mots-clés
Mots-clés - Sujets
Mots-clés - Lieux
Mots-clés - Noms
- CAMPO, FRANCISCO DE (Sujet)
- CAMPOS, TOMÁS (Sujet)
- CASANOVA, MARÍA JOSEFA (Sujet)
- CUBAS, FERNANDO DE (Sujet)
- ELÍAS VALLEJO, BERNABÉ DE (Sujet)
- FERNÁNDEZ DE ULLOA, JUAN NEPOMUCENO (Sujet)
- MERINO, FRANCISCO (Sujet)
- MERINO, MARÍA DEL CARMEN (Sujet)
- MERINO, MARÍA FRANCISCA (Sujet)
- ORTIZ, ROQUE (Sujet)
- PALACIO, MIGUEL (Sujet)
- REYES, ANTONIO DE LOS (Sujet)
- ROLDÁN, DOMINGO (Sujet)