Marcos Blanco, vecino del pueblo de San Juan Cuezcomatepec [Coscomatepec], declara que la estancia de ganado nombrada Atlamatoca [Tlamatoca], en términos y jurisdicción del pueblo de San Antonio Huatusco, un sitio de ganado mayor, seis de menor y 6 caballerías de tierra en el pago que llaman de Tetela de dicha jurisdicción, que vendía el Licenciado don Andrés Ortiz de Arroyo, Clérigo Presbítero, Rector Mayordomo y Administrador del Hospital Real de San Pedro de la ciudad de los Ángeles, fueron compradas por él, para sí mismo la estancia de Atlamatoca [Tlamatoca] por precio de 500 pesos; y en nombre y para el gobernador, alcaldes y principales del pueblo de San Pedro Ixhuatlán, los sitios de ganado y caballerías de tierra por precio de 1 500 pesos, como consta en la escritura otorgada en la ciudad de los Ángeles el 27 de octubre de este año. Dichos sitios y caballerías lindan por el poniente con el pueblo de Ixhuatlán; por el norte con la barranca de Jamapa; por el sur con unas sierras altas llamadas Tenextepec. Asimismo, renuncia y transfiere a don Simón de la Cruz, Gobernador de San Pedro Ixhuatlán, en los alcaldes, principales y macehuales de dicho pueblo, la propiedad y posesión de las tierras y estancias.
Sans titreSITIOS DE GANADO MENOR
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El Alférez Baltazar de los Reyes, vecino del pueblo de San Antonio Guatusco [Huatusco] jurisdicción de esta villa de Córdoba, vende a don Miguel Diego, Alcalde del barrio de San Bartolomé sujeto al pueblo de San Antonio Guatusco [Huatusco], y a los demás principales, común y naturales que al presente son y en adelante fueren para los susodichos, dos sitios de tierra de ganado menor en términos del pueblo de San Antonio Guatusco [Huatusco]; en la loma que llaman Xicuintlan, que está entre dos barrancas muy ondas, que la barranca que parte hacia el norte se llama Totolapa y la barranca que está hacia la parte del sur Tecoapam, que corren del oriente a poniente. Tierras que en nombre del otorgante hubo y compró Antonio Malpica, vecino de San Antonio Guatusco [Huatusco], de don José Navarro, Alguacil Mayor de la ciudad de Teguacan [Tehuacán], y hoy vende con sus entradas y salidas, usos y costumbres, derechos y servidumbres, pastos, montes aguas, abrevaderos y todo lo demás que le pertenece y por libre de deuda, al precio de 1 400 pesos, 400 de contado y los 1 000 restantes que los naturales se obligan a pagarle a él o a quien por él su derecho representare 500 de ellos para el mes de octubre del presente año, y los otros 500 pesos para el mes de octubre de 1717.
Sans titreEl Capitán don Francisco de Rivadeneira, vecino de la ciudad de Tepeaca, residente en esta villa de Córdoba, hermano y apoderado del Capitán don Gaspar Carlos de Ribadeneyra [Rivadeneira], vecino de la ciudad de los Ángeles, vende en su nombre al Capitán don Gaspar del Monge y Mendoza, Alcalde Ordinario y vecino de esta villa, 6 caballerías y media de tierra en esta jurisdicción, en términos del pueblo de Guatusco [Huatusco], las cuales lindan por el norte con tierras del Capitán Gaspar del Monje [Gaspar del Monge y Mendoza]; por el oriente con un sitio de estancia para ganado menor del Regidor don Gaspar de Carvajal [Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente] y el Capitán don Francisco Cruzado, dueños de trapiche en esta jurisdicción; por el poniente con tierras que posee el Regidor don Miguel de Leyba [Miguel de Leiva Esparragosa]; y por el sur con tierras del Capitán don Gaspar Carlos; por precio de 1 200 pesos de oro común, de los cuales 400 tiene recibidos de contado y los 800 pesos restantes quedan impuestos a censo redimible sobre dichas tierras.
Sans titreDon Dionisio Serrano y Perea, vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeq [Coscomatepec], jurisdicción de esta villa de Córdoba, en voz y en nombre de don Manuel de Garaita y de doña María Álvarez Ricardo, su mujer, vecinos de esta villa, asimismo, en nombre de doña Ángela y de doña Josefa Ricardo, doncellas mayores de veinticinco años, sus hermanas, hijas y herederas del Capitán don José Álvarez Ricardo y de doña Isabel Noroña y Palacios, de quienes tiene recibido carta y poder; otorga que vende al Señor don Simón Modesto Venegas de Espinosa, Conde de la Mejorada, Vizconde de Santa Barvara [Bárbara], Gentilhombre de la llave dorada de Su Majestad, un sitio de tierra de ganado menor en jurisdicción de la Antigua ciudad de la Veracruz, en un paraje nombrado Sitlatetelco [Sintlatetelco], que linda por la parte del sur con una barranca muy honda que llaman de Tenampacocatl; y por la del norte con otra barranca que llaman Jalatl [roto] con el pueblo de San Antonio Guatusco [Huatusco] y en medio de dicho sitio de tierra está un cerrillo pelado que llaman Sintlatetelco, a manera de que fue hecho a mano, de que hizo merced el Excelentísimo Señor don Pedro de Moya de Contreras, Arzobispo de México, del Consejo de Su Majestad, su Virrey, Gobernador y Capitán General que fue de esta Nueva España, a don Antonio Reinoso, de dos sitios de estancia para ganado menor en los términos de dicho pueblo de San Antonio Guatusco [Huatusco], de esta jurisdicción, y San Francisco Quitlatepeque, de la jurisdicción de la Antigua Veracruz, que se contienen de bajo del mapa que está con dicha merced, su data a los 20 de diciembre 1592, refrendada de Martín López de Gauna, cuyas tierras los padres de los poderdantes heredaron de sus padres, quienes las compraron a Francisco Bargayanta, vecino que fue del pueblo de Orizaba, cuyos títulos y escrituras entregan al comprador. La venta la hace con sus comederos, aguas, pastos, abrevaderos, cerros, barrancas y todo lo que le pertenece, al precio de 325 pesos.
Sans titreDon Nicolás de Aguirre Figueroa, residente en este pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] jurisdicción de la villa de Córdoba, dueño de hacienda de ganado menor en el pueblo de San Andrés Chalchicomula provincia de Tepeaca, y vecino de ella, otorga que vende al gobernador, alcaldes, regidores y demás común y naturales del pueblo del pueblo de San Antonio Guatusco [Huatusco], de esta jurisdicción, un sitio de ganado menor en términos del dicho pueblo de San Antonio, en una sabana cercada de monte, que por la banda del oriente corre un río que llaman Tenexalt y hacia la dicha parte está un cerro alto montuoso que llaman en indio Sontematepeque; el cual dicho sitio está a mano derecha yendo de dicho pueblo de San Antonio al de San Juan, por una sabaneta del camino real, que va del uno al otro pueblo y pasa al río. Dicho sitio lo obtuvo por merced que hizo, junto con otro que está en el paraje que llaman Tlamatoca, el Señor don Álvaro Manrique de Zúñiga y Sotomayor, Marqués de Villamanrique, Virrey que fue de esta Nueva España, su fecha en la ciudad de México a 30 de septiembre de 1589, refrendada de Martín López de Gauna. Cuyo testimonio de dicha merced les entrega a los compradores, signado y firmado por Gabriel Bravo, Escribano de mercedes, quedándose don Nicolás de Aguirre con el original, por poseer aún el sitio de Tlamatoca, cuya merced hizo dicho Señor Virrey a Juan Blanco, quien se los cedió y traspasó a García de Arévalo, y por bienes de este último recayeron en don Nicolás de Aguirre, por remate público que de ellos y otros se le hicieron en distintas [provincias] de esta Nueva España. Lo vende en precio de 200 pesos de oro común en reales horros de alcabala, de los cuales ha recibido 100 pesos de contado y los otros 100 pesos dentro de un año.
Sans titreDoña Micaela Ramos, vecina del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], viuda del Capitán don Marcos Blanco, de quien es albacea testamentaria, tenedora de bienes, tutora y curadora ad bona de sus hijos, como consta en el testamento bajo cuya disposición falleció; dijo que por cuanto se halla entre los bienes que dejó su marido un sitio de ganado mayor donde estaba fundada la estancia de Tlamatoca, que hoy se halla despoblada de ganados, casas y demás aperos de que se componía; cuyo sitio compró su difunto marido junto con otros seis de ganado menor y 6 caballerías de tierra al Licenciado don Andrés Ortiz de Arroyo, Presbítero, Rector, Mayordomo y Administrador que fue del Hospital Real de Señor San Pedro de la ciudad de los Ángeles, por escritura hecha en dicha ciudad el 27 de octubre de 1674, por ante Tomás de Ortega, Escribano Real. Dicho sitio de ganado mayor, nombrado Tlamatoca, está en términos del pueblo de San Antonio Guatusco [Huatusco] de esta jurisdicción, y linda por el poniente con estancia de los Bistraines; por el sur con una barranca llamada Xamapa [Jamapa]; y por el norte con un arroyuelo llamado Aquequeyastla. Asimismo, dijo que dichos seis sitios de ganado menor y 6 caballerías de tierra pertenecen al común y naturales del pueblo de San Pedro Ysjuatlan [Ixhuatlán], de esta jurisdicción, por haberlas comprado a su marido, como consta en una declaración hecha en esta villa el 5 de octubre de 1674. Y por cuanto don Miguel de la Cruz, el Gobernador actual del pueblo de San Pedro Ysjuatlan [Ixhuatlán], Gaspar Martín y Marcos de la Cruz, Alcaldes, en nombre de los demás vecinos de dicho pueblo, tratan de comprarle el sitio de Tlamatoca; por la presente, en nombre de sus hijos y herederos, otorga lo vende a dicho gobernador, alcaldes, común y naturales de San Pedro Ysjuatlan [Ixhuatlán], en precio de 1 900 pesos de oro común en reales, de los cuales ha recibido 900 pesos de contado. Y los los compradores se obligan a pagar los 1 000 pesos restantes a don Eugenio Serrano y Perea, yerno de doña Micaela, los cuales le debe por resto de dote de su hija, doña María Blanco Ramos.
Sans titreMiguel de Leiva Esparragosa, vecino y Regidor de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, dueño de diferentes sitios de tierras que ha comprado en esta jurisdicción, constando su legitimación en los títulos de ventas, posesiones y composiciones; en atención a que para en su poder una merced hecha por el Señor Marqués de Villamanrique, Virrey que fue de esta Nueva España, de 4 sitios de tierra para ganado menor en los términos del pueblo de [San Antonio] Guatusco [Huatusco], solicita al Señor Capitán don José Gómez Dávila, Alcalde Ordinario de esta villa por Su Majestad, se sirva mandar que el presente escribano la protocolice en el registro del oficio público de dicho cargo para la mayor seguridad y permanencia.
Sans titreAntonio Malpica, residente en esta villa de Córdoba y vecino del pueblo de San Antonio Guatusco [Huatusco], dijo que por cuanto el Capitán don José Navarro de Mendoza, Aguacil Mayor de la ciudad de Tehuacán, le vendió 2 sitios de ganado menor en términos del dicho pueblo, en la cantidad de 1 000 pesos de oro común, declaró que dichas tierras no le pertenecen, porque las compró con dinero del Alférez Baltazar de los Reyes, vecino del pueblo de San Antonio Huatusco, por lo tanto expresó que renuncia y transfiere dichas tierras al citado alférez.
Sans titreEl Bachiller don Andrés de Meza y Mendoza, como apoderado del Capitán don José de Zurita, Tesorero Receptor de las Reales Alcabalas de la ciudad de la Puebla de los Ángeles y dueño de haciendas de labor y de cría de ganado menores en las jurisdicciones de Tehuacán y San Antonio Guatusco [Huatusco]; y el Bachiller don Pedro Jiménez del Campillo, Cura Propio por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico de San Antonio Guatusco [Huatusco], de esta jurisdicción y de esta villa de Córdoba, como apoderado del gobernador, alcaldes, regidores y demás y naturales de dicho pueblo. Dijeron que por cuanto el Capitán don José de Zurita compró del Licenciado don Miguel de Vera Betancur, Presbítero, por escritura que pasó en la ciudad de los Ángeles el 12 de febrero de 1712, ocho sitios de ganado menor en la jurisdicción de San Antonio Guatusco [Huatusco], se presentó con las escrituras de venta y demás títulos y mercedes de dichos sitios ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de este reino, quejándose de los daños que le ocasionaban algunos vecinos y otras personas del pueblo de San Antonio Guatusco [Huatusco], introduciéndose a sembrar tierras, meter ganados a pastar y cometiendo el grave delito de lanzarle los ganados, maltratando y descalabrando a sus sirvientes y alegando otros daños, atrasos y perdidas de ganado, como parece en la Real Provisión presentada en esta villa el 23 de enero de 1713 ante el Alcalde Mayor. Y habiendo dado cumplimiento el alcalde mayor a dicha Real Provisión, mandó a su teniente general para que fuera, en compañía del alguacil mayor de esta villa, a dar posesión al Capitán don José de Zurita de los dichos ocho sitios, no obstante la contradicción hecha por los naturales de dicho pueblo, se dio dicha posesión al Capitán Zurita, a lo cual los naturales intentaron su recurso diciendo que dichas tierras eran suyas y después reconociendo haber hecho la contradicción al título de unos papeles simples, los cuales no mostraron nunca ni se sabe a quién pertenecen ni lo que rezan, y que enviaron a trasuntar a la ciudad de México, reconociendo que si los títulos del Capitán Zurita eran mejores que los suyos no le podían quitar ni estorbar la quieta y pacifica posesión que estaba gozando de dichos sitios de tierra. Asimismo, dichos naturales reconocieron que, si las tierras quedaban en posesión del Capitán Zurita, era ánimo de dichos naturales cultivarlas para sus siembras reconociendo a Zurita con lo que fuera servido y haciendo los instrumentos jurídicos que fueran necesarios. Y por cuanto se han compuesto y convenido el Bachiller don Andrés de Meza de Mendoza y don Pedro Jiménez del Campillo, en nombre de sus partes, reconocen que dichos naturales de San Antonio Guatusco [Huatusco] no tienen más que 600 varas de circunvalación en su pueblo por cada viento y un sitio de tierra para ganado menor junto a un río que llaman Tenexapa, que está a mano derecha, que va del dicho pueblo de San Antonio al de San Juan Coscomatepeque, en una sabaneta del camino real que va del uno a otro pueblo y para el dicho río. Para lo cual, manifestaron y exhibieron la merced de dicho sitio a don Juan Miguel Salcedo Fita y Peralta, Juez de Comisión Subdelegado del Señor Licenciado Francisco Valenzuela Venegas, Caballero de la Orden de Santiago del Consejo de Su Majestad, su Oidor más antiguo de la Real Audiencia de esta Nueva España, y Juez Privativo de Composiciones de Tierras en este reino, en virtud de Real Cédula de Su Majestad cuando vino a esta villa el año de 1709 a la composición de ellas y declaró no tener otras dichos naturales, por cuya causa se compusieron con Su Majestad en 120 pesos de donativo que exhibieron. Por cuyo caso, otorgan la presente escritura de transacción, compromiso y concierto, bajo las calidades y condiciones siguientes: Que todas las cantidades que los naturales siembren de maíz en las tierras del Capitán Zurita, en particular por cada individuo como en general por comunidad, el que siembre una fanega de maíz cosa poco o mucho, luego que alce la cosecha y la haya logrado, salvo habiendo accidente que le ocasione total falta y perdida de sementera, ha de dar y contribuir al mayordomo o apoderado del Capitán Zurita, la dicha fanega que sembró y si fueran dos, dos, y así al respecto de lo que cada uno siembre, y lo mismo se ha de entender en cualquier otro género de semillas que siembren, y si por la total perdida no pudieran contribuir a lo que a cada uno corresponde han de quedar obligados a pagar el subsecuente año ambas cantidades, y si se volviera perder corra la misma obligación, porque siempre ocupen las mismas tierras y las siembras, menos de caña dulce porque de esta no hay facultad ni se le puede dar por dicha siembra, ni menos se les puede regular de ella la contribución porque esta especie o género no se ha de poder sembrar por parte de dichos naturales en poco o en mucha cantidad, de manera que constando haber sembrado entre todos cada año cuarenta o cincuenta fanegas de maíz en dichos sitios y sus tierras, han de contribuir según y en la forma que va expresado; y para ello, ha de estar a cargo el gobernador y alcaldes el recoger el maíz con puntualidad de todos los individuos sin darles lugar a que por la omisión o tardanza en la recolección lo vendan y disipen, y para excusar este perjuicio han de quedar obligados dicho gobernador y alcaldes a dicha recolección como a enterar al apoderado del Capitán Zurita, la cantidad legítima e integra que se siembre por cada individuo o por el común. Asimismo, alzadas las cosechas de maíz han de quedar los rastrojos libres para que pasten los ganados del Capitán Zurita y de los naturales, como son bueyes, caballos y mulas de dichos naturales, que sean del uso y servicio de ellos. Otra condición es que la paga y satisfacción en especie del maíz que siembren ha de ser según se tiene reconocido el que se cogen las cosechas por el mes de enero y febrero de cada año, y antes si se pudiera por el tiempo en que llegan los ganados del Capitán Zurita a dichos sitios y agostaderos; asimismo, dicho gobernador y alcaldes luego que averigüen a cualquiera de los que siembren dicho maíz y otras semillas, que con engaño dijeran haber sembrado una fanega ser media y así al respecto de las demás cantidades de que puede resultarle al Capitán Zurita usurpación y perjuicio, a sus sirvientes los han de poder condenar a que restituyan y entreguen la cantidad que usurpasen con otras tantas más en pena de la ocultación, para que este ejemplo sirva de escarmiento a otros que intenten lo mismo; entre otras condiciones que se mencionan.
Sans titreDon Joseph [José] Navarro de Mendoza, Alguacil Mayor de la ciudad de Teguacan [Tehuacán], residente de esta villa de Córdoba, vende a Antonio de Malpica, vecino del pueblo de San Antonio Guatusco [Huatusco], 2 sitios de ganado menor en términos del dicho pueblo, en la loma que llaman Xicuintlan [Xicuintla], que corren sucesivamente en la dicha loma que está entre dos barrancas hondas, la que está al norte se llama Totolapa y la del sur Pecoapan, que corren de oriente a poniente; como consta en la merced, títulos y despachos de dichos sitios, que son los mismos que en virtud de poder, cesión y traspaso obtuvo de doña Isabel de Espinosa, vecina de [Tehuacán] desde el 20 de octubre de 1698. Los vende por la cantidad de 1 000 de pesos de oro común, 500 pesos de contado y los restantes a fin de año.
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