Balthazar [Baltazar] González de Velilla Blanco, Regidor y Depositario General de esta villa de Córdoba, su Procurador Mayor nombrado por los señores Justicia y Regimiento de ella, usando de la facultad de tal procurador otorga que arrienda a Francisco Machado, vecino de esta villa, 2 caballería de tierra que lindan con otras 2 caballerías que arrendó a Pascual de Peralta; y por la parte de arriba con un árbol de sempoaleguat [sic] que junto a él está una piedra grande; y por la cabezada con la sierra de Matlaquihaguitl [Matlaquiahuitl] que la derecera [sic] de dicho árbol va a dar a un ojito de agua, que pertenecen a los propios de esta villa, por tiempo de 9 años y por precio de 28 pesos de oro común.
Sans titreSIERRA DE MATLAQUIAHUITL
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Balthasar Gonzales de Belilla Blanco [Baltazar González de Velilla Blanco], Regidor Perpetuo y Depositario General de esta villa de Córdoba, como tal depositario otorga en arrendamiento a Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa, 4 caballerías de tierras de las que pertenecen a los propios de esta villa, entre la [roto] de Matlaquiaguitl [Matlaquiáhuitl] y el río Seco, por tiempo y espacio de nueve años por el precio de cada uno de 50 peos de oro común, que ha de ser obligado a pagar por sus tercios corridos cada cuatro meses.
Sans titreBalthazar [Baltazar] González de Velilla Blanco, Corregidor y Depositario General de esta villa de Córdoba, vecino en ella, su Procurador Mayor nombrado por los señores Justicia y Regimiento de ella, con facultad de seguir sus negocios, cobranzas y arrendar sus propios; dijo que por cuanto el Capitán Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor, siendo tal procurador mayor de esta dicha villa, dio en arrendamiento a Antonio Muñoz de Anaya, vecino de esta villa, 3 caballerías de tierra, pertenecientes a los dichos sus propios y rentas, que lindan por la parte del oriente con tierras arrendadas a Juan de Soto Noguera; por la parte norte con la sierra de Matlaquiaguitl [Matlaquiahuitl]; y por el sur y poniente con potrero de esta villa, por el tiempo de nueve años que empezaron a correr desde 1691 y por precio en cada un año de 40 pesos. Y respecto de haber transcurrido cinco años y nueve meses, le ha pedido el dicho Antonio Muñoz de Anaya que atento que se encuentra imposibilitado de continuar con el tiempo que resta de dicho arrendamiento, consienta pase el arrendamiento a Pedro García de Mesa [Meza], vecino de esta villa, y le cancele dicha escritura. Y poniéndolo en efecto, juntamente con Antonio Muñoz de Anaya, otorgan que dan por cancelada la escritura susodicha; y en conformidad como tal procurador mayor consiente el pase de dicho arrendamiento; y de nuevo arrienda las 3 caballerías de tierra al referido Pedro García de Meza por tiempo y espacio de nueve años, en precio y cantidad de 40 pesos cada año.
Sans titreBalthasar [Baltazar] González de Belilla [Velilla] Blanco, Regidor Perpetuo y Depositario General de esta villa, su Procurador Mayor nombrado por los señores Justicia y Regimiento de ella, dijo que hallándose con algunos atrasos y necesidades provenidos de la destitución de una hacienda que poseía como propia; ocurrió a dichos señores a quienes suplicó lo favorecieran aplicándole algunas tierras de los proprios de esta villa, para poderlas sembrar, hacer casa y de sus frutos conseguir alivio, con el reconocimiento de pagar lo que correspondiese a su arrendamiento. En cuya atención se sirvieron concederle licencia para entrar en las tierras que le perecieren y se hallasen desocupadas sin perjuicio de tercero, las cuales fueron 6 o 7 caballerías que corren desde una ceiba grande de que está por bajo del rancho que tiene Francisco de los Ríos, a dar a las tierras de proprios que tiene en arrendamiento Juan de Piña, vecino de esta villa, prosiguiendo hasta el rio del Ojo de Agua y la sierra de Matlaquihaguitl [Matlaquiahuitl]. Puesto en ellas el otorgante se halló sin tener con que poderlas fomentar, hasta que el Capitán Joseph [José] de Leyba [Leiva] Esparrogosa, le ayudó proporcionándole las cantidades necesarias para el fomento de dichas tierras, cultivarlas y sembrarlas [roto]. Como depositario general de esta villa otorga en arrendamiento al Capitán Joseph [José] de Leyba [Leiva] Esparrogosa, las mencionadas tierras por tiempo y espacio de nueve años a partir de hoy día, por precio de 70 pesos, los cuales dicho capitán se obliga a pagar por tercios a fin de cada cuatro meses a esta villa.
Sans titreBalthasar Gonzales de Belilla Blanco [Baltazar González de Velilla Blanco], Regidor Perpetuo y Depositario General de esta villa de Córdoba, [roto] otorga en arrendamiento a Juan de los Santos Cubillos, vecino de dicha villa, 4 caballerías de tierra [roto] desde la sierra Matlaquiaguitl [Matlaquiáhuitl] para el Rio Seco, por tiempo y espacio de nueve años por el precio en cada uno de 50 pesos de oro común, que ha de ser obligado a pagar por sus tercios cada cuatro meses, bajo condiciones que ambas partes están de acuerdo.
Sans titreBaltazar González de Velilla Blanco [roto] y Depositario General de esta villa de Córdoba, [roto] en nombre de esta villa arrienda a Pascual de Peralta, vecino de esta villa, 2 caballerías de tierra, las cuales lindan con tierras que asimismo arrendó a Diego de la Cruz por la parte de abajo; y por la de arriba con otras 2 caballerías que ha de arrendar a Francisco Machado y por el otro lado la sierra de Matlaquehaguitl [Matlaquiahuitl]; y por la parte de abajo con unas palmas de coyol, que pertenecen a los propio de esta villa; otorga el arrendamiento por nueve años y por precio de 28 pesos de oro común.
Sans titreBalthasar Gonsalez de Belilla [Baltazar González de Velilla] Blanco, Regidor Perpetuo y Depositario General de esta villa de Córdoba, su Procurador Mayor nombrado por los señores Justicias y Regimiento en ella, usando facultad como procurador otorga en arrendamiento a Benito Rendón, vecino de esta villa, 2 caballerías de tierra de las que le pertenecen en esta jurisdicción, “las cuales corren desde el chorrillo del agua que llaman [sic], y una punta que hace la sierra de Matlaquihaguitl [Matlaquiáhuitl] para arriba de las casas de Nicolás de Bolaños, cerca de una barranca con agua que llaman del dicho Chorrillo, y han de venir corriendo por arriba de dicha sierra y el camino que baja para en casa de Nicolás [de] Bolaños, lindando con las tierras que tiene en arrendamiento Domingo Merodio”. El arrendamiento es por tiempo y espacio de nueve años, por el precio de 25 pesos de oro común en cada uno, que ha de ser obligado a pagar por sus tercios corridos al fin de cada cuatro meses, y bajo la siguiente condición de que si las labra no por eso podrá pedir descuento de lo que hubiere gastado, y si las habita o no, deberá pagar por dicho arrendamiento.
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