SEVILLA, CIUDAD DE

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              MX UV.USBIX ANX-P-0074-PX_0074_0003 · Pièce · 08/01/1810
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Antonio de la Peña Vallastra, Regidor, Alférez Real Perpetuo del Ayuntamiento de esta villa, y primer vocal de la Junta Municipal, otorga poder especial a don Juan Manuel de San Román, Agente de Negocios del Número de Indias, residente en la Ciudad de Sevilla, para que en su nombre y representación se presente ante el monarca Fernando VII para que pida y suplique le conceda las mercedes y gracias que tenga a bien otorgarle según sus méritos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0028-PC_0028_0068 · Pièce · 1693/11/05
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Regidor Francisco de Aguilar, dijo que al presente se le hizo saber un mandamiento del Excelentísimo señor Conde de Galve, Virrey de esta Nueva España, “en que Su Excelencia se sirve demandar se me notificase la vacante de dicho mi oficio por no haber presentado la aprobación y confirmación de Su Majestad, y haberse pasado el tiempo en que lo debía hacer, y si tuviere algo que decir lo hiciese en el superior gobierno dentro de veinte días”. Asimismo señala que tiene dado poder para pedir la confirmación de dicho oficio a don Isidro Manuel de Rosaforte [Rosa Forte], Alcaide del Consulado de la ciudad de Sevilla y por su ausencia u otro impedimento a don Andrés Pérez [de] Mancilla, Secretario de Gobierno de los asistentes de dicha ciudad. Por tanto para que haya persona por su parte, otorga que da su poder cumplido a don Diego [de] Morales, Maestresala de dicho Excelentísimo Señor, para que en su nombre parezca ante Su Excelencia y pida se sirva demandar se le admita el ejercicio de su oficio y le conceda tiempo para traer y presentar la confirmación de dicho oficio.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0025-PC_0025_0035 · Pièce · 1690/06/15
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Francisco de Aguilar, uno de los Regidores del número de esta villa de Córdoba a título despachado por el Excelentísimo Señor Marqués de la Laguna, Virrey que fue de Nueva España, otorga poder especial a don Isidro Manuel de Rocaforte [Roccaforte], [roto] del Consulado de la ciudad de Sevilla, y en su ausencia u otro impedimento a don Andrés Pérez de Mansilla [Mancilla], Secretario de Gobierno, para que en su nombre parezcan ante Su Majestad y en su Real y Supremo Consejo de Indias presentando testimonio del su real título, pidan y supliquen sea servido confirmarle dicho oficio de regidor.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0025-PC_0025_0040 · Pièce · 1690/07/15
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Joseph [José] de Leiva, Regidor perpetuo de esta villa de Córdoba, Joseph Gómez Dávila y Francisco de Barrios, dueños de trapiches de fabricar azúcar, dijeron que el Excelentísimo Señor Virrey de esta Nueva España les concedió licencia para tener dichos trapiches con cargo de traer confirmación de Su Majestad dentro de tres años, por este motivo otorgan poder especial a don Feliciano de [Barrueta] y a don Martín de Ollo [Hoyo], Caballero de la Orden de Santiago, Veedor del [Consulado] de la ciudad de [Sevilla], próximos a realizar viaje a [los Reinos] de España, para que en sus nombres haciendo presentación de dichos testimonios y licencias puedan parecer ante Su Majestad y en su Real y Supremo Consejo de Indias pidan les hagan merced de dichas confirmaciones de licencias de trapiches.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0023-PC_0023_0001 · Pièce · 1688/07/23
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez Nicolás Rodríguez, Alcalde Ordinario de primer voto por ausencia del Alcalde Mayor de esta villa; el Alférez Mayor Miguel Valero [Grajeda]; Francisco de Solís, Alguacil Mayor; Joseph [José] de Leyva [Leiva] y Francisco de Aguilar, Regidores perpetuos que actualmente tiene esta villa, otorgan poder al Capitán y Sargento Mayor Francisco de Contreras Chávez, Caballero de la Orden de Calatrava, Alcalde Mayor y vecino de la ciudad de Sevilla y Prior de Consulado; a Pedro de Castro y al Capitán Joseph [José] de Castro, vecinos de la ciudad de Sanlúcar de Barrameda, para que en representación del Cabildo, parezcan ante el Rey y Real Consejo de Indias y pidan se confirme y apruebe la sentencia dada y pronunciada el año pasado de 1687 por los señores presidentes y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, en el pleito que contra esta villa, sobre sus [privilegios] y tierras [roto], siguió el Doctor Martín de Solís Miranda [roto] Consejo de Su Majestad y su Fiscal en dicha Real Audiencia; asimismo, se confirme a dicha villa el título de su fundación y erección dado por el Excelentísimo señor Marqués de Guadalcázar siendo Virrey de esta Nueva España por el año de 1617; y también pidan se le conceda a esta villa todo lo que fuera para su mayor utilidad y aumento como si cada cosa fuese especificada en este poder. Por otra parte, si en atención a que por dicha sentencia se manda, se remita testimonio de esta sentencia y de los autos en dicho pleito hecho al Supremo y Real Consejo de las Indias y que según sea entendido por este Cabildo, aunque dicho testimonio esté sacado no sea remitido en la flota que está surta en el puerto de Veracruz para salir al Reino de Castilla, que pidan a su Majestad y Real Consejo de Indias se sirvan de que se les despache Real Cédula para que dichos señores de esta Real Audiencia manden que dicho testimonio se despache a dicho Real Consejo como está mandado, respecto de haberlo podido hacer este Cabildo. También dan este poder para que el ajuste de gastos de lo contenido en este poder y de lo que por [roto] de dicho Alguacil Mayor Francisco [de] Solís como Procurador Mayor que es de esta villa a los susodichos se les debiere, saque los pesos de oro, reales y maravedís de cualesquier personas que se los quieran dar, obligándolos a pagarlos con los premios e interese que corrieren, y para todo lo referido y su dependiente en cualquier manera dan este poder con libre y general administración.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0001 · Pièce · 1678/02/10
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa de Córdoba de la Nueva España, en el obispado de la Puebla de los Ángeles, estando congregados en las salas del Cabildo, a saber el Alférez Nicolás Rodríguez, Alcalde Ordinario, por ausencia del Capitán don Lope de Yribas [Iribas], Alcalde Mayor de ella; don Miguel Valero Gargeda [Grajeda], Alférez Mayor; José de Leiva, Francisco de Aguilar, Regidores perpetuos; ausente de esta jurisdicción el Alguacil Mayor Francisco de Solís, Procurador General de esta Villa; por ellos y en nombre de los ausentes otorgan que dan su poder especial al Sargento Mayor don Francisco de Contreras [Chávez], Caballero de la Orden de Santiago, Prior del Consulado de la ciudad de Sevilla, para que ante el Rey en su Real y Supremo Consejo de las Indias, pida se apruebe y confirme la sentencia dada por los señores presidentes y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España a favor de esta villa, en la que se ampara la posesión de su jurisdicción, tierras, privilegio y lo demás que posee desde su fundación, en el pleito que esta villa y su Cabildo ha seguido en el superior gobierno y Real Audiencia de Nueva España, por el señor Doctor Martín de Solís Miranda, Caballero del Orden de Santiago del Consejo de Su Majestad. Asimismo, dan su poder a dicho Sargento don Francisco de Contreras [Chávez] para que pida de quien hallare los pesos de oro que hubiere menester para los costos de lo referido, obligando a esta villa a pagar con los intereses que corrieren.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0054-PC_0054_0024 · Pièce · 1718/04/21
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Teniente de Capitán General don Ignacio de Tembra y Simanes, vecino de esta villa de Córdoba y Regidor Perpetuo en ella, otorga poder general en primer lugar a don Ignacio de Castro, vecino de la ciudad de Sevilla y residente en esta villa, y en segundo a don Matías de Castro, vecino de la ciudad de Sevilla, para que en nombre y en representación de su persona, parezcan ante Su Majestad y Supremo Consejo de Indias y otro cualesquier tribunal donde con derecho puedan y deban, y pidan se le confirme el oficio de tal regidor de esta villa de Córdoba, que se le remató en Real Almoneda en la ciudad de México.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0025-PC_0025_0036 · Pièce · 1690/06/15
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Regidor Francisco de Aguilar, vecino de esta villa de Córdoba, se obliga a pagar a Joseph [José] de Mañas, quien hoy reside en esta villa, la cantidad de pesos que conste [roto] haber gastado [para lograr la confirmación] del oficio de regidor, para lo cual dio poder al Alcaide del Consulado [roto] de Sevilla, don Isidro Manuel de Rocaforte [Roccaforte], y a don Andrés [Pérez de Mancilla], Secretario de Gobierno, cuya cantidad pagará sin plazo una vez que tenga dicha confirmación. Para el seguro de la deuda hipoteca la parte que tiene de un trapiche en esta jurisdicción.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0042 · Pièce · 1702/05/26
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa de Córdoba, estando congregados en el ayuntamiento a saber el Pagador don Juan de Buendía, Alcalde Mayor y Teniente Capitán General de esta villa y partido de San Antonio Guatusco [Huatusco] por Su Majestad; don Miguel Valero Grajeda, Alférez Mayor y Alcalde Ordinario; el Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor; y los Regidores don Diego Valero Grajeda, don Baltazar González de Velilla Blanco, Depositario General, Francisco de Aguilar y don Juan Valero Grajeda, Regidores; por ellos y en nombre de los demás capitulares y vecinos de esta villa, por quienes prestan voz y caución; otorgan poder en primer lugar al Capitán don Miguel Vélez de la Rea, Caballero de la Orden de Santiago y Diputado Mayor del Comercio de esta Nueva España; en segundo lugar al Capitán don Francisco Vélez de la Rea, Caballero de la Orden de Santiago, vecino de la ciudad de Sevilla; y en tercer lugar al Muy Reverendo Padre Predicador Fray Juan de Ayeta, de la Orden del Seráfico Padre San Francisco, residente en la villa de Madrid; para que en sus nombres y el de los vecinos y moradores de esta villa y su jurisdicción, comparezca ante el Rey Nuestro Señor en su Real y Supremo Consejo de Indias y sigan, prosigan, fenezcan y acaben cualesquier pleitos y negocios que este cabildo y vecinos tuvieren, con cualesquier persona de cualquier estado y calidad que sean; y especialmente, pidan se guarde y cumpla lo determinado por la Real Audiencia de la ciudad México, en los autos que este cabildo, regimiento y vecinos han seguido con el Señor Oidor don Baltazar de Tovar, Juez Privativo para las Medidas y Composiciones de Tierras en esta Nueva España, sobre lo intentado por el Capitán Juan López Mellado y lo demás que se contiene en los autos que este cabildo y regimiento remiten a Real y Supremo Consejo de Indias, para que vistos en dicho consejo se pida se mande guardar, con graves penas, la Real Cédula ejecutoria despachada a favor de esta villa en el pleito que siguió con el fiscal de Su Majestad, sobre la jurisdicción de sus alcaldes ordinarios y sobre la propiedad de las tierras de esta villa, sobre sus límites y linderos desde el principio de su fundación, que son los mismos que contienen las cuatro leguas en cuadro, dos por cada viento, según lo contenido en la Real Cédula de Nuevas Poblaciones. Asimismo, para que pidan se ponga perpetuo silencio a don Gaspar de Rivadeneira y a don Juan López Mellado, para que no inquieten ni perturben a esta villa y sus vecinos en la pacifica posesión de las tierras que Su Majestad les concedió. También, para que se declare esta villa exenta de medirse y componer sus tierras, por haberlo hecho ya en diferentes ocasiones.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0074-PX_0074_0157 · Pièce · 22/10/1810
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Francisco Muñoz Estepa, Alcalde Ordinario de primera elección, Capitán del Ejército agregado a la Columna de Granaderos, natural de la Ciudad de Sevilla, hijo legítimo de don José Muñoz Estepa y de doña Petrona Bravo, otorga su testamento, en el que ordena que a las mandas forzosas se le den 4 reales de plata; de sus alhajas y ropa se tomen 100 pesos y se distribuyan a beneficio del alma de don Ángel Ciris; a Josefa Montes se le den 300 pesos por lo bien que le ha servido; debe a Juan Manuel de Revuelta, del comercio de Veracruz; tiene entre sus bienes 3 casas de edificio alto y bajo en la Nueva Veracruz; declara tener a un niño huérfano de 5 años; contrajo matrimonio con doña María Ramona Alba, a quien nombra albacea y a don Martín María de Cos, Regidor de la Veracruz y en tercer lugar a don José Ignacio Bravo.