Joseph [José] de Leiva Esparragosa, Capitán de Infantería Española de Su Majestad, de esta villa de Córdoba, otorga poder a don Diego [de] Dávila Barrientos, vecino de esta villa y residente en la ciudad de México, para que en su nombre y representación comparezca ante el Excelentísimo Señor Virrey de esta Nueva España, y presente el nombramiento que se le hizo de capitán, por toda la infantería, y posesión que se le dio por virtud de mandamiento del Capitán Antonio Orejón de la Lama, Alcalde Mayor por Su Majestad y Teniente de Capitán General de ella y sus partidos. Para lo cual, muestre la lista de gente que baje [roto] suplique a dicho Excelentísimo aprobar y confirmar dicho nombramiento y posesión. Asimismo, luego que lo haya conseguido, haga demostración del mandamiento despachado a la vecindad y compañías de Xalapa [Jalapa] “por el Excelentísimo Señor Conde de Paredes Marqués de la Laguna, Virrey que fue de esta Nueva España, su data en México 17 de junio de 1686, firmado de Su Excelencia y refrendado por don Pedro Belazquez [Velázquez] de la Cadena, Escribano que fue de la gobernación de este reino, en orden a que dicho escribano, gobernador de las armas de la ciudad de la Nueva Veracruz, guarde, cumpla y ejecute el parecer que en él se halla inserto, y lo ejecute asimismo el alcalde de esta villa […] para que por el consiguiente suplique a dicho Virrey lo refrende y mande guardar según y en él se contiene por lo que mira a esta dicha villa, atento a que sucede que cuando se pide la gente de ella a fuerza se hace bajar aquella que no se necesita, quedando esta villa sin el resguardo necesario, mayormente estando cercada de gente y negros de que puede resultar en ella grave daño, quedando tan solamente en poder de las mujeres. Asimismo, para que todas las veces que se ofreciere bajar con orden a dicha ciudad mande Su Excelencia al gobernador y naturales del pueblo de Santiago Huatusco y otros, le den a la gente que hubiese menester, pagándoles su valor, así bastimentos como de bestias, sin que puedan poner de excusa alguna”.
Zonder titelSANTIAGO HUATUSCO, PUEBLO DE
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El Bachiller don Pedro de Zamora, Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo de Santiago Guatusco [Huatusco], de la doctrina de la villa de Córdoba y sus agregados, otorga poder general al Bachiller don Francisco Javier de Zamora, su hermano, Clérigo de Menores Ordenes, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre pueda parecer ante el Ilustrísimo Señor don Pedro de Nogales Dávila, de la Orden de Alcántara, del Consejo de Su Majestad y Obispo de la Puebla de los Ángeles, y ante su provisor y vicario general y donde más convenga, se oponga a todos los curatos vacos de que están puestos edictos en propiedad e interinos, en lo presente como en lo venidero, y hasta que lo consiga haga todos las suplicas, pedimentos, autos y demás diligencias necesarias.
Zonder titelDon Francisco Nicolás de Rivadeneira, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la provincia de Tepeaca, uno de los albaceas y herederos del Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira, difunto, en voz y nombre de su madre doña Francisca de Guzmán y Medina, mujer que fue del dicho difunto, en virtud de poder que otorgó en el pueblo de San Andrés Chalchicomula, otorga sustituye dicho poder, en lo referente a [pleitos] y no más, en don Juan de Valderrama, Procurador del Número de la Real Audiencia de esta Nueva España, asimismo, en su nombre y en nombre de su madre le otorgan poder general para que se presente ante el Rey Nuestro Señor y ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de Nueva España u otro tribunal que convenga donde oponga demandas, querellas y acusaciones que los bienes de su difunto padre tengan con cualesquier personas, por razón de sitios de tierra y otras cosas. Además, para que pida se apruebe la restitución de las tierras que se le hizo por la justicia de esta villa de Córdoba, las cuales poseyeron los naturales del pueblo de Santiago Guatusco [Huatusco] de esta jurisdicción.
Zonder titelDon Joseph [José] de Leiva y Esparragosa, Capitán de la Infantería española de esta villa de Córdoba, otorga poder al Capitán Diego Dávila Varrientos [Barrientos], estantes en la ciudad de México, para que en su nombre y representación, comparezca ante el Excelentísimo Señor Virrey [roto] para que éste se sirva [roto] mandando se le guarden todas las honras, franquezas, libertades, inmunidades y todo lo que como tal capitán de infantería deba haber y gozar. Asimismo, para que demuestre las certificaciones donde consta ser capitán, para que dicho Señor Excelentísimo le confirme y apruebe por tal. Igualmente demuestre los dos mandamientos, el uno despachado a la vecindad y Compañías de Galapa [Jalapa] su data en México el 17 de junio de 1689 y el otro despachado por el Virrey de Moncloa [Monclova], ambos refrendados por Pedro Belasques [Velázquez] de la Cadena. Por lo que se le da éste con libre y general administración.
Zonder titelEl Licenciado don Pedro [de] Suárez de Soussa [Sousa] y Zúñiga, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico de esta villa de Córdoba, Santiago Huatusco y sus sujetos, Comisario de los Santos Tribunales de la Inquisición y Cruzada, otorga que da su poder a don Alonso Arias de Taboada y a don Francisco de Castañeda, vecinos de la ciudad de México, para que en su nombre parezcan ante los señores jueces oficiales reales de la Real Hacienda y Caja, a solicitar los pesos de oros minas que en dicha caja se le están debiendo del tiempo que fue cura beneficiado del pueblo y partido de San Francisco Zongolica, así como los que en adelante se le debieren por razón de cura beneficiado de la presente villa.
Zonder titelEl Licenciado don Pedro Suárez de Zúñiga y Sousa [Suárez de Sousa y Zúñiga], Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico de esta villa de Córdoba y su partido, Comisario de los Santos Tribunales de la Inquisición y Cruzada, otorga poder al Capitán Francisco de las Casas, vecino de las ciudad de México, para que en su nombre cobre de los bienes, albaceas y herederos de don Alonso Arias de Rivadeneyra [Rivadeneira], difunto, vecino que fue de dicha ciudad, los pesos de oro que haya cobrado el susodicho de la Real Caja de México, como apoderado del otorgante, por razón de los que devengó por su salario de cura beneficiado que fue del partido de San Francisco Zongolica, desde el 1 de agosto de 1679 hasta finales de agosto de 1681, año en que tomó posesión del curato de esta villa y de Santiago Guatuzco [Huatusco], asimismo, reciba las Reales Provisiones y títulos de dichos dos beneficios y los demás instrumentos que para dicha cobranza remitió al difunto y paraban en su poder. Igualmente, otorga poder para que cobre y reciba de dicha Real Caja y de los señores jueces y oficiales reales de la Real Hacienda de esta Nueva España, los pesos de oro que le deben por su salario de cura beneficiado de esta villa y San Antonio Guatuzco [Huatusco].
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