Don Juan Martín, don Antonio Hernández y don Miguel Francisco, Alcaldes, Antonio Francisco y Esteban Hernández, Regidores, Mateo Martín, Escribano, por sí y en nombre del común y naturales del pueblo de San Pablo Coapan, a través de Andrés Pérez, intérprete, dijeron que en cumplimiento de Real Cédula que dispone la fundación de escuelas con maestros que enseñen a los indios la lengua castellana, se obligan a pagar a Manuel de Zárate, vecino de la jurisdicción de Jalapa, 80 pesos de oro común en cada año, 12 fanegas de maíz y un huevo que ha de dar cada muchacho por semana y él ha de ser obligado a asistir la enseñanza.
SAN PABLO COAPAN
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Los Oficiales del pueblo de San Pablo Cuapan, dijeron a través del intérprete Francisco Montero, que en cumplimiento a lo mandado por Su Majestad para la fundación de escuelas de lengua castellana en todos los pueblos, se obligan a pagar a Fernando Antonio de Ortega, 70 pesos anuales, pagados por meses, enseñando la doctrina cristiana, a leer y escribir la lengua castellana, las muchachas desde los 5 a 10 años y los muchachos desde dicha edad hasta que se casen.
Las autoridades y oficiales actuales y pasadas de los pueblos de San Pedro Tonayan y San Pablo Coapan, por sí y en nombre del demás común y naturales de dichos pueblos, dijeron ante Vicente de Toledo y Viveros, Capitán Graduado y de Guerra y Alcalde Mayor de este pueblo, que a causa de los pleitos que han sostenido estos pueblos por la pretendida separación de tierras y por los excesivos gastos de las demandas impuestas; acuerdan que siguiendo los linderos, desde siempre establecidos, las tierras de la derecha serán de Tonayan y las de la izquierda serán de Coapan, también serán establecidos diversas cruces que servirán de limites, obligándose ambos pueblos a pagar todos los derechos parroquiales y a someterse a multas sino cumplen lo aquí decretado.