El Capitán Juan Joseph [José] Fernández, vecino del pueblo de San Juan Quescomatepec [Coscomatepec], otorga poder especial a don Francisco de Escudero y Caramés [Caramur], vecino de esta villa, para que en su nombre y representación demande y cobre del Regidor Joseph [José] de Leyba[Leiva], Ysidro [Isidro] Sánchez de la Llama, [Antonio] Sebastián Pérez Padrón y Lorenzo de Guzmán, vecinos de esta villa, la cantidad de pesos que cada uno de ellos le debe al otorgante como fiadores y pagadores que se constituyeron de Antonio de Orantes [Dorantes], vecino que fue de esta villa, como consta por escritura fechada en 1688. Para lo cual haga pedimentos, requerimientos, embargos, y en prueba presente testigos, por lo que se le da el presente con libre y general administración para todo ello.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOSAN JUAN COSCOMATEPEC, PUEBLO DE
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Juana Moreno, mujer de Melchor de Lezama [Lizama], y Luis Moreno, hermano de la referida, [como hijos] de Inés María y Juan Moreno, difuntos, de quienes fueron herederos con beneficio de inventario, [vecinos] en términos del pueblo de Santa Ana Sacan [Zacan], mayores de veinticinco años; en voz propia y en la de Juan Moreno, hermano de ellos, [venden] a Manuel de Piña, vecino de esta villa de Córdoba, un solar de [roto] varas en cuadro, en la calle que va [de la] plaza [al] pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], linde por la parte del oriente con solar y casa de Josepha [Josefa] de la Cruz, viuda de Juan de [Espinosa]; por la del poniente a la esquina, con solar y casa de la viuda de Blas Domínguez, calle en medio; y por el norte que hace espalda, con solar y casa de los herederos de Nicolás de Orduña, asimismo, casa de por medio. Propiedad que quedó por bienes del dicho su padre, quien la compró del dicho Blas Domínguez. La venta se hace al precio de [roto].
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Capitán Juan de Alfaro, vecino de la ciudad de los Ángeles, y Joseph Gómez Dávila, Regidor y vecino de esta villa de Córdoba, dueño de trapiche de hacer azúcar, dijeron que por convenio que tienen hecho, el Capitán Alfaro vende al Regidor Gómez Dávila un herido de molino y 4 caballerías de tierra que están en la punta de Guatusco [Huatusco] en el [halda] de una sierra que los naturales llaman Tlancayac, donde sale [un] ojo de agua que nombran Tesiatl, en precio de 400 pesos. El Capitán Alfaro declara que las 4 caballerías de tierra son las mismas que recibió en donación del Alférez Pedro de Trujillo [Villavicencio] y doña Josepha [Josefa] de Atienza Palacios, [su legitima mujer], por escritura hecha en la hacienda de Nuestra [Señora] de la Candelaria el 22 de febrero pasado. Y según lo convenido, el Regidor Gómez Dávila le entrega en venta y forma de pago un negro esclavo nombrado Manuel, natural de la Nueva Veracruz, que hubo y compró a don Bernardino de Villaraus [Villarauz], vecino de Orizaba, apoderado de Pedro González, vecino de la ciudad de la Concepción de Salaya [Zalaya], en precio de trecientos treinta… [roto] y 79 pesos de resto de 90 pesos que le [debe] María de Guadalupe, mulata libre y mujer de dicho [esclavo]. El Capitán Alfaro declara que este sitio y demás tierras que el Alférez Pedro de Trujillo tiene y posee en las jurisdicciones de esta villa de Córdoba, Taliscoya [Tlalixcoyan], [nueva y vieja Veracruz] y otras partes, están afectas con 2 000 pesos de principal pertenecientes al convento de Santo Domingo de la ciudad de Guaxaca [Oaxaca], los cuales se han de cargar sobre los sitios de la Mata del Botón, el Novillero, el de la Cerca, [y el ] potrero que llaman la Peregrina [roto], cuyos sitios están ajustados para su venta a doña [Micaela Ramos], viuda del Capitán Marcos Blanco, vecina de San Juan [Coscomatepec], de lo cual aún no se ha celebrado escritura. Asimismo, declara que sobre dicho herido de molino y las 4 caballerías de tierra no queda ningún gravamen.
ANTONIO JIMÉNEZ DE GUZMÁN, ESCRIBANO REALJuan Joseph [José] Fernández, Capitán de la Compañía de Infantería de este pueblo, otorga poder especial al Capitán don Antonio Orejón de la Lama, Caballero de la Orden de Santiago y Alcalde Mayor del partido de San Antonio Guatusco [Huatusco], villa de Córdoba y Coscomatepeque [Coscomatepec] por Su Majestad, y estante en la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre cobre judicial o extrajudicialmente de los bienes, albaceas o herederos de don Diego de Morales, Maestresala que fue del Ilustrísimo Señor Conde de Galve, Virrey que fue de esta Nueva España, la cantidad de [150] pesos resto de mayor cantidad.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOMiguel García de Monzaval, maestro del arte de boticario y vecino de esta villa de Córdoba, vende a Alejo José, vecino de esta villa, medio solar de tierra que está en esta villa; ubicado en la calle que sale de la plaza Pública para el pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] de esta jurisdicción, de 25 varas de frente y 50 de fondo; hace esquina con casa de Diego Márquez, por la frente con casa y solar de Miguel González, calle en medio, y por el fondo con unos paredones de Marcos Zacarías y calle que va al Calvario; y linda por la otra parte con solar de José Martín. Dicho medio solar y una casa de piedra los compró del Bachiller don Andrés de Meza y Mendoza, Presbítero y vecino de esta villa, y estaba hipotecado con un censo a favor del dicho Bachiller don Andrés de Meza, de su consentimiento se ha hecho esta venta por convertirse su efecto y producto en aumento de la posesión de casa que está labrando donde ha de quedar dicho censo permanente. Lo vende al precio de 75 pesos de oro común en reales que tiene recibidos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Manuel de Garaita, vecino y mercader de esta villa de Córdoba; doña María Álvarez Ricardo, su mujer; doña Ángela Ricardo, mayor de veinticinco años; y dicho don Manuel, en representación de doña Josefa Ricardo, doncella y mayor de veinticinco años; todas hijas del Capitán don José Álvarez Ricardo y de doña Isabel Noroña y Palacios, difuntos, otorgan poder a don Dionisio Serrano y Perea, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepc] de esta jurisdicción, para que en nombre y en representación de sus personas pueda vender al contado o al fiado y por el precio que ajustare, un sitio de tierra de ganado mayor que poseen en jurisdicción de la Antigua Veracruz, propiedad que heredaron de sus padres.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REALEl Bachiller don José García de Zepeda, Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles y Vicario de la parcialidad de Santiago Guatusco [Huatusco] de esta doctrina de la villa de Córdoba, otorga poder a don Dionisio Serrano y Perea, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec], para que nombre y representación de su persona demande y cobre judicial o extrajudicialmente de Manuel de la Paz, vecino de la ciudad de la Antequera, valle de Oaxaca, de sus bienes, albaceas y herederos y de quien con derecho hubiere los réditos de una capellanía que gozó y está fundada sobre finca del susodicho, cuyo plazo se cumple el 17 de marzo del presente año. También, para que en caso de no cobrar los réditos pueda demandarle y quitarle la finca y darla en arrendamiento a la persona o personas que le pareciere, otorgando la escritura necesaria con las cláusulas que para su validación se requieran.
El Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de azúcar en su jurisdicción, vende a doña Nicolasa Blanco, vecina del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec] de esta jurisdicción, mujer de don Dionisio Serrano y Perea para la susodicha, herederos y sucesores, un negro nombrado Miguel, de edad de veinte años de edad poco más o menos, criollo que nació en su casa y compañía. Lo vende por libre de deuda, empeño, enajenación e hipoteca, al precio de 300 pesos de 8 reales de plata cada uno.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REALRosa Solís, vecina del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], jurisdicción de la villa de Córdoba, viuda de Lucas Fuentes, dijo que tiene por hijo a Sebastián de la Cruz, niño que será de catorce años de edad poco más o menos, al cual pone de aprendiz de sastre con Francisco Ramírez, vecino de la villa de Córdoba, por tiempo de cuatro años que empezarán a contarse desde hoy día de la fecha en adelante. Estando presente el maestro Francisco, aceptó y dijo le dará de comer, beber, vestir y curarle sus enfermedades, y concluido el tiempo señalado le entregará un vestido, casaca, calzones, medias, sombrero, capa, y las herramientas necesarias. En caso de que no aprenda en el tiempo pactado, se ha de poner [roto] maestro para que lo aprenda y éste le pagará a Sebastián lo mismo que otro oficial podría ganar. Si durante este tiempo el aprendiz huyera, el maestro y su madre lo ubicarán y pondrán en prisión [roto] y volverá a poder del maestro, sin que se le pueda quitar por su madre u otro maestro hasta que se cumpla el tiempo convenido.
ANTONIO DE ACOSTA PADRÓN, JUEZ RECEPTORDon José Juan, Gobernador electo del pueblo de San Antonio Guatusco [Huatusco]; don Juan Baltazar, Gobernador actual; don Diego de Morales, don Nicolás Pacheco, don Martín de Mendoza, don Martín López, don Pascual de Mendoza, don Esteban Marcos, don Domingo [roto], don Mateo de la Cruz, don Cristóbal de Vega, don Marcos [roto] y don Juan Martín, indios principales de dicho pueblo, con licencia expresa que tienen del Señor Capitán de Artillería Jerónimo de Acosta, Alcalde Mayor; se obligan de pagar al Capitán don Gaspar Rendón, vecino de la villa de Córdoba, y a quien en su poder y causa hubiere, [490] pesos de oro común, cantidad que les prestó para acabar el colateral de la capilla mayor de dicho pueblo, advocación del Señor San Antonio, misma que pagarán de la fecha de esta escritura, la mitad que son 245 pesos y 4 reales para fin de marzo del año de 1716 y los otros 245 pesos y 4 reales para fin de agosto del mismo año.
ANTONIO DE ACOSTA PADRÓN, JUEZ RECEPTOR