SAN JOSÉ PAXTEPEC, PUEBLO DE

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              MX UV.USBIX ANX-P-0098-PX_0098_0164 · Stuk · 1840/12/18
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Los ciudadanos Miguel Eugenio, Agustín Ramírez y Juan Mateo, juez de paz el primero y vecinos los otros dos del pueblo de Chapultepec; Domingo José, José Francisco Álvarez y Tomás Bonilla, el primero juez de paz suplente y los otros dos vecinos del pueblo de San José Pastepec; dijeron que por sí y en nombre de todo el común de los citados pueblos de Chapultepec y San José Pastepec, otorgan poder a don Manuel Patiño, de esta vecindad, para que en representación de las acciones y derechos de cada uno de dichos pueblos, los defienda en todos los asuntos y negocios que haya pendientes o que se muevan en adelante, ya sobre tierras o sobre cualesquier intereses, propiedades o acciones que les pertenezcan.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0096-PX_0096_0056 · Stuk · 1838/12/24
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Wenceslao Alfaro y Díaz, vecino en la actualidad del pueblo de San José Pastepeque [Pastepec] de este partido, y don Antonio Guerrero, que lo es del rancho de Juchique en partido de Misantla, residentes hoy en este suelo, mayores de veinticinco años de edad; dijeron que Guerrero tiene contratado la compra de un terreno en el mismo Juchique, en el que se avecindó desde el año pasado, después de formalizado el inventario en noviembre del mismo año, el cual ascendió a la suma de 730 pesos, que deberá satisfacer en el término y plazos que adelante se expresan, luego que se le formalice la correspondiente escritura de venta con los requisitos necesarios en esta ciudad o en el pueblo de Misantla. Que en consecuencia de la posesión que se le transfirió a Guerrero por Alejandro Castellano, dueño que dice ser de dichas tierras, procedió Guerrero a hacer una pequeña siembra de caña y a preparar otros terrenos para las demás labores, pero no alcanzándole su principal a cubrir estos gastos, deseando que su empresa siga adelante para cubrirse de ellos y sacar las ganancias que se propuso, ocurrió al señor Alfaro para que como refaccionario o como compañero lo auxiliase en ella. Y habiendo accedido a su solicitud, establecen desde este día, una compañía industrial de labores de tierras de palenque y otras negociaciones, bajo los términos y condiciones siguientes: 1ª. Que es de cuenta de Guerrero satisfacer los 730 pesos, importe del terreno y demás comprendidas en dicho inventario, entregando al dueño que fue de él, Alejandro Castellano, los 200 pesos que debió haber percibido el 20 de noviembre pasado, 130 pesos en julio de 1839 y 400 el 20 de noviembre de 1840. 2ª. Que esta compañía deberá duran por término preciso de 4 años, contados desde la fecha de esta escritura. 3ª. Que por ningún motivo se permite que alguno de los dos socios tenga comercio o negociación por separado que no sea de beneficio y para la finca; entre otras condiciones que se mencionan en el acta. Por la presente confiesan que es cierto y verdadero lo que tienen establecido y otorgan que aprueban, confirmar y ratifican dicho contrato y se obligan a cumplirlo como queda expresado.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0096-PX_0096_0057 · Stuk · 1838/12/29
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Los ciudadanos Lucas de la Cruz, José Gregorio, Miguel Lozano, Agustín Ramírez y Juan Reyes, los dos primeros jueces de paz del pueblo de San Juan Chapultepeque [Chapultepec] de este partido y los tres segundos vecinos del mismo; Miguel Francisco Álvarez, Domingo Francisco, Tomás Bonilla, José Francisco Álvarez y Gaspar Bonilla, los dos primeros jueces de paz del pueblo de San José Pastepeque [Pastepec] y los tres restantes vecinos del mismo, colindantes unos de otros; dijeron que el 20 de agosto y 22 de octubre del año que finaliza, confirieron sus poderes generales al licenciado don José María Aparicio, de esta vecindad, por los cuales ha estado representándolos, pero impidiéndoselo ahora el nombramiento que le han dado de juez letras segundo de lo criminal del distrito, ha hecho formal renuncia de ellos, pidiéndoles lo releven de este encargo. Por lo cual, otorgan poder general a don Carlos María de Terán, vecino de esta ciudad, para que en nombre y representación de los comunes de ambos pueblos, los defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles o criminales, movidos o por mover que al presente tengan o en adelante tuvieren.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0095-PX_0095_0045 · Stuk · 1838/05/08
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              El ciudadano Miguel Francisco, actual juez de paz del pueblo de San José Paxtepec, en nombre de los indígenas de dicho pueblo, otorga poder general al ciudadano Manuel Patiño, de esta vecindad, para que en nombre y representando a todos los vecinos de Paxtepec, los defienda en todos su pleitos, causas y negocios civiles o criminales. Asimismo, para que cobre todo lo que le deban a dicho pueblo de Paxtepec.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0095-PX_0095_0068 · Stuk · 1838/08/20
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              El ciudadano Miguel Francisco, juez de paz del pueblo de San José Pastepec [Paxtepec], y los ciudadanos Domingo Francisco, Tomás Bonilla y José Francisco Álvarez, de la misma vecindad, prestando voz y caución por la demás vecindad, dijeron que revocan el poder que tenían otorgado a don Manuel Patiño y otorgan poder general a don José María Aparicio, para que en nombre de los vecinos de San José Pastepec [Paxtepec], los defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales. Para que haya, perciba, demande y cobre todo lo que le deban a dicho pueblo. Para que apee, deslinde y amojone no solo los términos del expresado pueblo, sino también los que recaigan en él y todos los bienes raíces que posee el pueblo. Para que descubra y aclare los bienes que le tengan usurpados y consten en archivo, echando a los extranjeros y administrándolos como suyos.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0085-PX_0085_0050 · Stuk · 1828/04/30
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Darío García, de esta vecindad, por el presente [otorga poder para que demande o lo defiendan] y en especial en el litigio que sobre tierras siguen los pueblos de San Juan Chapultepec y San Juan Paxtepec, perciba la conciliación en los tribunales, presente escritos, testigos y cuantos actos, agencias y diligencias sean necesarios.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0085-PX_0085_0052 · Stuk · 1828/05/08
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Benito Ortiz, síndico del pueblo de Santa María Tlacolula, y Francisco Antonio, del de Santiago Coacoatzintla, otorgan poder a don Juan Antonio Sánchez, de esta vecindad, para que en representación de su persona, derechos y acciones como síndicos personeros de los citados pueblos, los defienda de los pleitos que tengan o en adelante tuvieren, por cualquier razón, título o derecho; en especial, del litigio que sobre tierras se sigue con los pueblos de San Juan Chapultepec y San José Paxtepec. Para lo antes mencionado, preceda la conciliación, haga pedimentos, alegatos y cuantos actos, agencias y diligencias que se requieran, por lo que le conceden éste con libre y general administración y facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0032 · Stuk · 1831/02/17
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Los ciudadanos José Sánchez y José Antonio Francisco, alcalde el primero, y síndico el segundo, en el pueblo de Tlacolulan de este cantón, dijeron que en este pueblo tienen en propiedad las tierras que comprenden los linderos siguientes: tomando desde el punto de Tlatepanoya, que es por el oriente, se toma para el sur hasta el paso de Sedeño, donde se da vuelta para el poniente, por los linderos nombrados Tacotomaloyan, Paderones, Huilotepec, Atopan, y Pescadillos hasta el Cofre, donde da vuelta, tomando la línea de sur a norte, por Cruz Blanca hasta el punto de Atzalan, y de ahí, dando vuelta hacia al oriente por los linderos de Misantla el viejo y Chapultepeque [Chapultepec] hasta el punto de Cuacuazintla [Coacoatzintla], donde da vuelta por Ixcatlan, a cerrar en el punto Tlatepanoyan, de donde se partió. Cuyas tierras deslindadas, dan en arrendamiento al ciudadano Mateo Sayas, bajo las siguientes condiciones: 1°, dicho arrendamiento será por tiempo de cuatro años forzosos, que empiezan a contarse desde esta fecha y concluirá en igual día del año de 1835. 2°, Sayas, pagará 300 pesos anuales. 3°, en el arrendamiento se excluyen las tierras que ocupan los pueblos de Cuacuatzintla [Coacoatzintla], San Salvador y San Pedro Tlatatila, un pedazo que está en el paraje de Atzalan, otro en Pastepeque, y otro en Chapultepec. 4°, Sayas, podrá cobrar y quedarse con lo que actualmente adeudan los anteriores arrendatarios, con arreglo a la lista que le ministrarán, sin que por ello se le descuente de los 300 pesos que debe pagar integro, cobre o no las expresadas deudas. 5°, Sayas podrá celebrar contratos de subarrendamientos a su cuenta y riesgo, sin exceder el tiempo que se le ha prefijado, procurando que quienes lo tengan en posesión no los destruyan, y sólo lo utilicen para cultivos. Ambas partes, señalan que se obligan a cumplir y pagar la presente escritura.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0027 · Stuk · 1827/08/27
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Lucas de la Cruz y Domingo Juan, síndicos procuradores de los pueblos de San Juan Chapultepec y Paxtepec, en jurisdicción de este cantón, dijeron que una de las facultades de que se hayan investidos, por sus respectivas representaciones para defender los intereses de sus pueblos y promover cuanto a ello pueda serles útil, han deliberado conferirle sus poderes general a don Manuel Patiño de esta vecindad, para que en representación de los pueblos demande y cobre de todas personas las cantidades de dinero, oro, plata, bienes muebles. Asimismo, se lo confieren especial para que continúe el artículo que dichos pueblos [tienen] sobre tierras y linderos con los de Tlacolulan, Coacoatzintla y San Salvador, y para ello practique lo conducente hasta su conclusión.

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