Don Antonio Alonso Solano, Gobernador, Antonio Miguel, Juan Cristóbal y José Ignacio, Alcaldes, Pedro Jiménez y José Lucas, Regidores, Andrés García, Escribano, indios ladinos y miembros del cabildo del pueblo de San José Miahuatlán, otorgan poder general a don Lucas José Barradas, vecino del pueblo de Jalapa, para que los represente en todos sus pleitos, causas y negocios civiles, criminales y ordinarios que tengan con cualquier persona.
SAN JOSÉ MIAHUATLÁN, PUEBLO DE
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Don Antonio Alonso Solano, Gobernador, Antonio Miguel, Juan Cristóbal y José García, Alcaldes, Pedro Jiménez y José Lucas, Regidores, oficiales de república y naturales del pueblo de San José Miahuatlán, otorgan poder general al Licenciado Cristóbal María de Larrañaga, vecino de la Ciudad y Corte de México para que los represente en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles, criminales.
Don Andrés Alonso, Gobernador; Andrés Diego y don Julián García, Alcaldes; Santiago Martín y Lucas Rodríguez, Regidores; e Hilario Miguel, Escribano; miembros del cabildo de San José Miahuatlán, en sus nombres, el de los principales y naturales de dicho pueblo, otorgan poder general a don Gregorio Hernández, vecino del mismo pueblo, para que los defienda y demande en todos sus pleitos, causas y negocios civiles, criminales, eclesiásticos y seculares que tengan.
Don José Martín, Gobernador, don Francisco de la Cruz y Andrés García, Alcaldes, Tomás Francisco y Antonio Francisco, Regidores, Antonio Domínguez, Escribano, en nombre del demás común y naturales del pueblo de San José Miahuatlán dijeron que por cumplimiento de Real Cédula que dispone la fundación de escuelas con maestros que enseñen a los indios la lengua castellana, aprendan en ella la doctrina cristiana, a leer y escribir, se obligan a pagar a Diego de Uraeza, 85 pesos por año, 2 fanegas de maíz, chile, sal, frijoles, dos huevos o lo que pudieren.
Don Francisco Alonso, Gobernador del pueblo de San Juan Miahuatlán, Antonio Martín, Juan García y José García, Alcaldes; Andrés Melchor y Juan Martín, Regidores, y Sebastián Juan, Escribano, dijeron que en cumplimiento de lo mandado acerca de que haya escuela en todos los pueblos, se obligan a pagar durante 2 años a Pedro Sánchez Lobato, vecino de la jurisdicción de Jalapa, 90 pesos en cada uno, más una fanega de maíz en cada mes, un huevo cada viernes por muchacho, y él se compromete a enseñar la lengua castellana, a leer y escribir, a las muchachas desde los 5 años hasta los 10 y a los muchachos hasta que se casen.
Don Antonio Jiménez, Gobernador de San José Miahuatlán, jurisdicción de Jalapa, Diego Gaspar, Regidor y Baltazar José, Alguacil Mayor, nombran como Maestro de escuela a Diego de Heredia, mestizo, por el periodo de 2 años con una paga de 60 pesos en cada año.
Don Miguel Martín, Gobernador del pueblo de San José Miahuatlán; Francisco Juan, Diego Baltazar, Antonio Francisco, Alcaldes, Miguel Andrés y José García, Regidores, dijeron mediante Andrés Pérez, intérprete, que en cumplimiento a lo mandado acerca de que haya escuela, han convenido en dar y pagar durante 2 años a Julián Vázquez, vecino de la Nueva Veracruz, 60 pesos, más 12 fanegas de maíz por año y un huevo cada semana por muchacho y el maestro se obliga a enseñar la lengua castellana, la doctrina cristiana, a leer y escribir.
Don Juan Martín, gobernador de San José Miahuatlán, sus alcaldes José Francisco y Agustín Diego; sus regidores Andrés Ramírez y Diego Juan; y el escribano Pedro Muñoz, se convinieron con el gobernador y común del pueblo de San José Miahuatlán, en pagarles 30 pesos de oro común por los daños que recibieron en sus chilares y milpas.