Don Antonio Gutiérrez, natural de los reinos de Castilla, vecino de la ciudad de Veracruz, residente en esta villa, hijo legítimo de don Manuel Gutiérrez y de doña Isabel Alonso, sus padres ya difuntos, estando enfermo en cama y en su entero acuerdo y buena memoria, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara ser casado con doña María Dolores Fernández, de cuyo matrimonio han tenido por hijos legítimos a doña María del Rosario viuda de don Manuel Santa Ana; a doña María Manuela casada con don Joaquín Vega; a don M. José Julián casado con doña Damiana Hidalgo; a doña María Lugarda casada con don Manuel Migoni; a don Antonio María que hoy es de veinticinco años de edad; a don Francisco de Paula de veintitrés; a don Manuel María de veintiuno; a doña Dolores de diecinueve; a doña Soledad de dieciséis a diecisiete; a doña Pilar de catorce; a doña Teresa de diez; a don Luis Gutiérrez y Fernández de ocho. Declara que cuando contrajo matrimonio tenía de capital cosa de 24 000 pesos y su nominada esposa no trajo ni introducido nada. Declara que sus bienes actuales consisten en una tienda de mercadería con capital de 10 a 12 000 pesos; 12 500 pesos que ha embarcado para correr riesgos de mar; 5 o 6 000 pesos en plata y oro que habrá en la tienda; una casa en la esquina de la carnicería en dicha ciudad de Veracruz, cuya finca le costó 10 000 pesos; otra casa grande que es donde vive su familia, en la misma ciudad referida; más esta finca no se contará con ella, porque ha dejado de pagar los rédito de siete años a causa de que no se le ha otorgado escritura; y los muebles que son notorios. Declara que en poder de don Ángel González tiene como 1 800 pesos, pero está ligada esta cuenta con las de su hijo político don Joaquín Vega, a quien le ha deber alguna cantidad, que no sabe cuál es por estar líquida la cuenta. Declara que sus deudas activas y pasivas constan de sus cuadernos que están en la tienda; ordena se recauden unas y se satisfagan las otras. Ordena que del quinto de los bienes se separen 500 pesos y se distribuyan por sus albaceas a los pobres de la repetida ciudad de Veracruz, de cuya suma le hace manda y legado. Ordena se manden decir por su alma cincuenta misas rezadas por la limosna de un peso cada una, quedando a elección de su albacea el templo donde hayan de celebrarse. Ordena que el remanente del quinto de sus bienes, deducidos los gastos de funeral y los 550 pesos de que hablan las dos cláusulas inmediatas, se le aplique a su esposa doña María Dolores Fernández a quien del importe que sea le hace manda y legado. Nombra por sus únicos y universales herederos a sus doce hijos citados. Nombra para tutor y curador ad bona de sus hijos menores a su esposa doña María Dolores Fernández. Y para cumplir y pagar su testamento nombra por su albacea a la citada su esposa. A todo lo anterior agrega, que de los bienes que ha declarado le son suyos 5 000 pesos que le debe don Anselmo Sorotusa. Que ha seguido compañía con su hijo don Francisco en una tienda de mercadería situada en Veracruz, distinta de la que se mencionó, a mitad de utilidades y que habiendo subido efectos el mismo don Francisco para realizarlos han quedado existentes en Puebla cosa de 1 500 pesos.
Zonder titelRIESGOS DE MAR
58 Archivistische beschrijving results for RIESGOS DE MAR
Don Miguel de Mendiburu e Irigoyen, del Comercio de España, residente en Jalapa, otorga que ha recibido de don Mariano de Nájera y don Juan Félix Dolarea, la cantidad de 9, 600 pesos en dinero de contado, mismos que se obligaron a pagarle en este reino, por habérselos suplido a riesgo de mar a don Juan Jacinto Palomo, como consta por escritura hecha en Cádiz el 13 de abril del presente año, por lo que hace cancelación de dicha escritura.
Don José Miguel de Iriarte y Lezeta, del Comercio de España, residente en Jalapa, exhibió copia de escritura hecha en Cádiz el 20 de abril de 1779, en la que consta haberse obligado don Juan Antonio Herrero y don Sebastián Herrero, vecinos de Cádiz, a pagar al otorgante la cantidad de 9, 855 pesos que le suplió a riesgo de mar don Juan Bautista Víctor, cuyo pago harían don Francisco Antonio Díaz y Herrero, y don Alberto Herrero, con la condición de que si antes del pago de dicha escritura había noticia de hostilidades o rompimiento de guerra entre España y alguna potencia marítima, se pagaría un 15 % de premio sobre el principal de dicha escritura, en cuyo caso hubo rompimiento de guerra; por lo que Iriarte otorga que ha recibido la cantidad mencionada más el 15 % convenido, que hace el total de 11, 205 pesos por lo que da cancelación de dicha escritura.
Don Miguel de Mendiburu e Irigoyen, del Comercio de España, residente en Jalapa, otorga que ha recibido de don José González de Meza, Alcalde Mayor de Xicayán, la cantidad de 1, 600 pesos en dinero de contado, mismos que le suplió a riesgo de mar, don Juan Jacinto Palomo y que se obligó a pagar al otorgante por escritura hecha en Cádiz el 6 de abril de 1780, de la cual hace cancelación.
Don Miguel de Mendiburu e Irigoyen, del Comercio de España, residente en Jalapa, otorga poder a don Francisco de Riofrío, Procurador del Número de la Real Audiencia de México, para que en su nombre demande y cobre judicialmente de don Narciso Montero, Alcalde Mayor de Misquiahuala y Tetepango, la cantidad de 3, 248 pesos que se obligó a pagarle en Veracruz, a los 40 días de vencido el riesgo, misma que le suplió a riesgo de mar don Santiago Iriarte; por lo que el otorgante ordena a su apoderado que cuando reciba dicha cantidad, la ponga a disposición de don Tomás Martínez o de don Tomás García, y de ella entregue recibo, finiquito y cancelación de la citad escritura, si por dicha cobranza fuese necesaria contienda de juicio, que la siga, pareciendo ante las autoridades correspondientes.
Don Antonio Tomati, del Comercio de España y residente en este pueblo de Jalapa, por ausencia de don José Ramos, otorga que ha recibido de don Juan José Domínguez, vecino de Cádiz, 567 pesos escudos mexicanos que le prestó don Tomás Núñez, de dicha vecindad y comercio, por escritura de riesgo de mar sobre 45 barriles de aguardiente, por lo que da por cancelada la escritura.
Don Juan de Bárcena, vecino y del comercio de Jalapa, otorga que ha recibido de don Juan Andrés Benito Muedra 7, 560 pesos, cuya cantidad es la misma que le suplió el otorgante a dicho Muedra por mano de don Juan López de Carvajal, vecino de la ciudad de Cádiz, sobre que otorgó escritura de riesgo el 21 de febrero de 1784, por lo que da por cancelada, rota y nula dicha escritura.
Don Pedro de Garay y Bea-Murguía, del Comercio de España y residente en el pueblo de Jalapa, otorga que ha recibido de don Juan Ignacio de Urmeneta, Capitán y Maestre de navío nombrado la Esperanza, 2, 070 pesos en dinero de contado, cuya cantidad es la misma que le prestó don Manuel de Llano por mano de don Juan Francisco de Bea-Murguía a riesgo de mar.
Don Manuel García Herreros, vecino y del comercio de la Ciudad de México, en representación de don Sebastián de Heras Soto, vecino y del comercio de México, exhibió 2 escrituras de riesgo de mar otorgadas por don Rafael de la Madrid y Lobiano, vecino y del comercio de Cádiz, la primera de 10,600 pesos que el prestó don Juan Antonio García y Vía, la segunda de 14,000 pesos que le prestó don Hipólito de Guerra, todos vecinos de Cádiz, sumando ambas con los premios de tierra importan 31,237 pesos, que ofreció pagar en este reino por mano de don Tomas Martínez al señor don Sebastián de Heras Soto, por lo que otorga ha recibido dicho principal y por consiguiente cancela las mencionadas escrituras.
Don Liborio Clausell, del Comercio de España y residente en el pueblo de Jalapa, otorga que ha recibido de don José Zenón y Castilla, la cantidad de 2, 500 pesos, a cuenta y orden de don Alejandro Ángel Martínez, vecino de Cádiz, quien se obligo a pagar a don Francisco de Aldasolo, de esa misma vecindad, correspondiente a un riesgo de mar, por lo que cancela la deuda.