REMATES

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              436 Archivistische beschrijving results for REMATES

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              MX UV.USBIX ANC-P-0012-PC_0012_0024 · Stuk · 1676/10/26
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Blas Domínguez, vecino de esta villa de Córdoba, declara que Pablo de los Reyes fue condenado a venta con prisión en una panadería o trapiche donde sirva por tiempo de dos años en precio de 50 pesos, por querella de Francisco de la Cruz español; debido a lo anterior fue puesto a remate público por la citada cantidad, la cual fue pagada por el presente compareciente para que se le entregara el citado mulato y le sirviera. No obstante el mulato se dio a la fuga y después de varios días lo encontró en el monte de Totutla, debido a ello fue puesto nuevamente en prisión. Y respecto a que no tiene en que ocuparlo acordó con el Alférez Nicolás Rodríguez, vecino de esta villa, en traspasarle el derecho y acciones sobre dicho mulato a cambio de los 50 pesos que pagó. Finalmente para mayor validación del acuerdo, otorga que cede y transfiere al Alférez Nicolás Rodríguez, los derechos y acciones que por dicho remate tiene de Pablo de los Reyes, para que a partir de esta fecha y por tiempo de dos años le sirva en su trapiche.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0049-PC_0049_0089 · Stuk · 1713/12/09
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Diego de Altamirano, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, y Juan Rodríguez Bazán, mercader, vecinos de esta villa, dijeron que el día de hoy el alcalde mayor de esta villa pronunció sentencia para que se remate la casa que posee el Capitán don Nicolás Rodríguez, vecino de esta villa, sobre el principal y réditos que está debiendo a los menores hijos y herederos de doña Gertrudis Jaimes Navarro, difunta; habiendo dado el Capitán don José de Carvajal y Contreras la fianza de Ley Real de Toledo, para que si apareciera un acreedor de mejor derecho a dicha casa o se revocara dicha sentencia y se le mandara devolver la cantidad en que se le remató, lo haga luego que sea requerido; y porque el Capitán don José de Carvajal les tiene pedido otorguen dicha fianza, haciendo como hacen de caso y negocio ajeno suyo propio y sin que contra dicho señor sea hecho ni se haga diligencia ni ejecución de fuero ni de derecho a cuyo beneficio expresamente renuncian, por la presente lo hacen y se constituyen fiadores de dicho capitán, en tal manera que si le mandaran devolver dicha cantidad, lo harán llanamente y sin pleito alguno pena de la ejecución y costas de la cobranza.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0111 · Stuk · 1714/10/20
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Francisco Pibot y Tapia, vecino de esta villa, otorga poder general a don Francisco Jerónimo Fernández de Córdoba, Procurador del Número de la Real Audiencia de la ciudad de México, para que en nombre y representación de su persona siga y acabe cualesquier pleitos, causas negocios civiles y criminales que al presente tenga y en adelante tuviere. Asimismo, para que comparezca ante los señores inquisidores de esta Nueva España y pida se le apruebe el remate que se le hizo del rancho y tierras del Piñal, que quedó por bienes del Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda, que se le adjudicó en pública subasta. También, pida se le dé aprobación y traspaso de la hacienda hacer azúcar nombrada San Joseph y San Juan [Hacienda San José y San Juan Bautista] y tierras de Santa Theresa [Teresa], que posee don Juan Valero Grajeda, Regidor perpetuo de esta villa, obligándolo a los 14 000 pesos de principal que tiene a censo dicho tribunal sobre la citada hacienda y tierras, y la de San Miguel y Santiago [hacienda Santiago y San Miguel] que fueron del difunto alférez mayor, quedando ésta y los demás bienes del Regidor don Juan Valero libres de dicho gravamen; y el otorgante obligado a afianzar al tribunal, como lo ofreció en escrito presentado ante el comisario de esta villa el nueve del corriente.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0051-PC_0051_0032 · Stuk · 1715/03/12
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Alonso Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de trapiche de hacer azúcar en su jurisdicción, vende a don Francisco José Bayro, residente en esta villa de Córdoba, una casa baja de piedra y madera, cubierta de teja, en solar de 50 varas en cuadro que está en la calle que va del convento del Señor San Antonio para la Lagunilla, en esquina que linda por una parte casa que poseen los herederos de Antonio de Olivera; por el otro lado, calle en medio, con casa del Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís; hace frente, calle en medio, con casa de don José de Segura Ceballos; y por el fondo con casa de don Diego de Altamirano; misma que hubo y compró en remate público por bienes de don Nicolás de Olivera, difunto. La vende con todas sus entradas, salidas, usos, costumbres, derechos, servidumbres, con su pozo de cal y canto, por libre de deuda, empeño e hipoteca en precio de 1 500 pesos, los 1 000 de ellos que tiene recibidos y los 500 pesos restantes que quedan sobre la casa y solar de principal de censo redimible a favor de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, sita en la iglesia parroquial de esta villa, y de que se ha de obligar a pagar su réditos anuales de hoy día de la fecha razón de 5 por ciento, mientras no los redima ha de hacer reconocimiento del principal a favor de la cofradía.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0011 · Stuk · 1716/02/07
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, vende al Capitán don José de Carvajal y Contreras, 5 caballerías y media de tierra que corren desde el camino Real, que parte por el pueblo de San Juan de la Punta de esta jurisdicción para la parte del sur; que para la parte del norte linda con tierras suyas; por la parte del oriente con tierras del comprador, que compró a don Francisco Nicolás de Rivadeneira; por la parte del poniente con tierras de los herederos del Provincial don Francisco Cruzado, difunto; y por la del sur con tierras del Capitán don Alonso López de Sagade Bugueiro, que compró de don Miguel de Medina y Guzmán como apoderado de don Francisco Nicolás de Rivadeneira. Tierras que hubo y compró en pública almoneda de los bienes que quedaron de don Nicolás de Olivera, difunto, las cuales le vende con todas sus entradas y salidas, usos y costumbres, derechos y servidumbres, montes, aguas, pastos, abrevaderos y demás que le pertenecen, en precio de 2 000 pesos que han de quedar sobre dichas tierras a censo redimible, y el comprador se obliga a pagar sus réditos a razón de 5 por ciento anuales, que empiezan a contar desde hoy día de la fecha.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0127 · Stuk · 1716/11/21
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Lope Antonio de Iribas y doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, su mujer, vecinos de esta villa de Córdoba y dueños de haciendas de beneficios de hacer azúcar en su jurisdicción, ella con licencia del susodicho, ambos en mancomún ratifican el poder general que otorgaron al Capitán don Sebastián de Guevara y Lucio, su primo y compadre, vecino de la ciudad de los Ángeles. También, ratifican y aprueban el remate que hizo del trapiche nombrado San Joseph [San José] de Omealca, que está en jurisdicción de la Antigua Veracruz en términos y pueblo de San Antonio Tenexapa, que quedó por bienes del Alférez don José Gómez Dávila, en cantidad de 25 000 pesos pertenecientes a la obra pía que para dote de religiosas dejó fundada el Señor Maestre de escuela Licenciado don Diego Peláez Sánchez. Asimismo, para que con todas las calidades y condiciones en que se hizo el remate los obligue a que pagarán dentro de ocho años que empezarán a correr desde el día de la aprobación y confirmación del mismo, enviándose su mitad dentro de cuatro años, y la otra dentro de otros cuatro años, y en el ínterin pagará sus réditos anualmente adelantados, y el primero que son 1 200 más 50 pesos con las costas de su cobranza. Ambos otorgantes se obligan a que en el término de tres meses presentaran la tasación de sus haciendas para que se reconozca su importe y se rebajen los censos e hipotecas que sobre ellas están y se asegure la obra pía y sus réditos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0073 · Stuk · 1717/08/09
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              José Beltrán, mayordomo de la cofradía de Nuestra Señora de la Soledad, y el Alférez Francisco López de la Rosa, mayordomo de la cofradía de Jesús Nazareno de las Tres Caídas, ambas de la parroquia de esta villa, vecinos de ella, acreedores a los bienes y trapiche del Capitán don Manuel Gómez Dávila difunto. Por la presente, otorgan poder especial al Licenciado don José López de Sagade Bugueiro, Presbítero, para que en nombre de dichas cofradías y representando su derecho, parezca ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España y pida a su alteza se sirva que del procedido del remate del dicho trapiche se les paguen a las cofradías los réditos que se estuvieron debiendo hasta el día del remate.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0077 · Stuk · 1717/08/12
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Nicolás Rodríguez Dávila, dueño de trapiche de hacer azúcar en jurisdicción de esta villa de Córdoba, y don José Manuel de Castro, vecinos de ella, dijeron que el día 7 del presente mes se le remató a don José Manuel el trapiche de hacer azúcar nombrado San Antonio de Padua, que quedó por bienes de don Juan Rodríguez Durán, padre de dicho capitán, mismo que poseía sin título don Manuel Gómez Dávila, más que con solo la administración de él; el cual se le remató en 29 159 pesos y 6 reales, y sobre cuya propiedad el citado Nicolás Rodríguez ha estado siguiendo artículo contra los albaceas del citado Manuel Gómez, su tío, sobre que presentaren el título de propiedad. Y respeto a “que somos mortales” y solicitan la paz, quietud y sosiego de sus hijos y herederos, se han comprometido y ajustado en lo siguiente: El Capitán Nicolás, dijo que hizo renuncia, cesión y traspaso en don José Manuel de Castro de todos los derechos que tiene sobre la hacienda nombrada San Antonio de Padua. Es condición que si el Capitán don Nicolás ganase en el litigio que sigue sobre el trapiche nombrado San Antonio y su propiedad, no le tiene que pedir a Castro más cantidad que en la que se le remató, en caso de declararse como suya y mandársele entregar por los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, y ha de ser obligado a mantenerlo en la propiedad de la hacienda como si por [él] en venta real se le hubiese celebrado escritura, quedando en la obligación de hacérsela buena y apartando a sus hijos y sucesores de la propiedad y derecho que a ella pudieren representar, dejándoles sólo el derecho de poder demandar la cantidad que quedase líquido pagado los acreedores que fueren o hubiesen sido del cargo de la hacienda del tiempo que la poseyó su padre. De cuya cantidad se le rebajarán 5 000 pesos que reconocerá a censo don José Manuel, los 3 000 a favor del convento de religiosas de descalzas de Santa Teresa de la ciudad de los Ángeles, 2 000 pesos a favor de la capellanía, cuyos cargos hoy se hallan sobre su hacienda nombrada Señor San José y cobrar como capellán el Bachiller don Nicolás de Barrios. Asimismo, 4 275 pesos que tiene a censo sobre las casas de su morada a favor de los menores hijos y herederos de don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, Regidor Perpetuo que fue de esta villa. Y José Manuel de Castro hará obligación y reconocimiento sobre la hacienda a favor de los menores y pagará sus réditos a finales de cada año, que empezaron a correr desde el día del remate; con declaración, de que si alguno de los menores se pusiese en estado dentro de dos años de la fecha del remate ha de ser de cuenta del Capitán don Nicolás Rodríguez Dávila el pagar la cantidad que cada uno tiene de principal sobre la casa, y pasados los dos años, no poniéndose en estado cualquiera de los menores, al siguiente año se pusiesen en estado de casado o tuviese la edad competente dispuesta por derecho o ser sacerdote, don José Manuel le ha de entregar sus legítimas llanamente sin pleito alguno. Estando presente don José Manuel de Castro, se obligó a reconocer a censo en la forma y manera que van expresados, y a pagar sus réditos, junto con los réditos de los 4 275 pesos a favor de los menores del Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, y que el principal con los 5 000 pesos antecedentes de la capellanía y religiosas, cargaría de principal sobre su hacienda nombrada San Antonio de Padua, y que si al tercer año se pusiesen en estado o tuviesen la edad competente entregará a los hijos y herederos del Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente sus legítimas por entero, y también se obliga a que entregará al Capitán don Nicolás Rodríguez, luego que se halla [roto] remate por los señores de la Real Audiencia de esta Nueva España, un cofre grande que tiene demás la hacienda y 18 piezas de esclavos y lo que quedare debiendo, según el avalúo liquidando la cuenta, incluyéndose en ella los censos arriba expresados, lo que restare a deber lo ha de reconocer a censo sobre dicha su hacienda y pagará sus réditos al Capitán don Nicolás Rodríguez o a los herederos, y los costos del litigio han de ser dé cuenta del dicho don José Manuel de Castro.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0054-PC_0054_0024 · Stuk · 1718/04/21
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Teniente de Capitán General don Ignacio de Tembra y Simanes, vecino de esta villa de Córdoba y Regidor Perpetuo en ella, otorga poder general en primer lugar a don Ignacio de Castro, vecino de la ciudad de Sevilla y residente en esta villa, y en segundo a don Matías de Castro, vecino de la ciudad de Sevilla, para que en nombre y en representación de su persona, parezcan ante Su Majestad y Supremo Consejo de Indias y otro cualesquier tribunal donde con derecho puedan y deban, y pidan se le confirme el oficio de tal regidor de esta villa de Córdoba, que se le remató en Real Almoneda en la ciudad de México.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0054-PC_0054_0069 · Stuk · 1718/09/20
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Teniente de Caballería don Esteban de Naval y Pintos; Juan Hernández; Sargento Juan Rodríguez Bazán; Diego de Palma y Marcos Fernández, vecinos y mercaderes de esta villa de Córdoba, dijeron que habiéndose rematado en la ciudad de México el derecho de Reales Alcabalas de esta villa y su jurisdicción en la vecindad de ella, por tiempo de nueve años y por precio de dos mil y más pesos anuales, y porque en una de las condiciones de dicho remate fue el afianzarlo. Por tal motivo, otorgan poder a don Francisco Félix Díaz Hidalgo, Procurador de Número de la Real Audiencia de esta Nueva España y vecino de la ciudad de México, para que en nombre y en representación de sus personas los obligue como fiadores y abonadores de la vecindad de esta villa. Señalando que cumplirán con las condiciones que se establecieron en el remate y enterarán a Su Majestad y en su Real Caja los dos mil y más pesos y en su defecto, ellos lo harán luego de que sean requeridos.

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