Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, en voz y nombre del Bachiller don Sebastián de Torija Ortuño, Presbítero, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, en virtud de su poder general otorga que vende al Alférez don José Gómez Dávila, su sobrino, vecino de esta villa, el paraje que llaman el Potrerillo, con 4 caballerías de tierra y herido de molino, que por la parte del norte está entre el río de Atoyaque [Atoyac], y por la parte del sur con el río de Tleapa, que es el mismo que se le remataron a dicho su parte entre 57 sitios de tierra, en el juzgado general de bienes de difunto de esta Nueva España por bienes de Pedro Barrero. Las vende en precio de 500 pesos que han de quedar a censo principal redimible.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOREMATES
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Los Capitanes don Alonso López de Sagade Bugueiro y don Manuel José de Rosas y Zorrilla, Caballero de la Orden de Calatrava, dueños de hacienda del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, junto con don Gaspar Rendón, vecino de esta villa; dijeron que por cuanto el 10 de diciembre pasado, en la masa capitular de la santa iglesia Catedral de la ciudad de los Ángeles, se le remataron a don Francisco Pibot y Tapia, residente en esta villa, los diezmos de ella y del pueblo de Orizaba, de azúcares, mieles, ganado y todo género de semillas, en cantidad de 7 810 pesos anuales por tiempo de cinco años; por lo cual, otorgan se constituyen como fiadores de dicho don Francisco Pibot, obligándose a pagar a los señores de la masa capitular 1 000 pesos cada uno de ellos en caso de ser alcanzado el susodicho en el principal de dicho remate.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOLos Capitanes don Juan Gómez Dávila, como principal, y don Diego de Altamirano y don Alonso Gómez Dávila, vecinos de esta villa de Córdoba y dueños de haciendas del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, como sus fiadores y principales pagadores; se obligan a pagar a don Juan Díaz de la Concha, residente en esta villa y vecino de la ciudad de México, a saber 1 920 pesos, cuya cantidad es la misma que don Juan Gómez Dávila se había obligado a pagar, 1 300 de ellos, a favor del Doctor don José de Morales, Abogado que fue de la Real Audiencia de esta Nueva España, y los 620 pesos restantes por sus réditos hasta hoy día y otros gastos, sobre los que se siguió litis y está pendiente ante el Señor Doctor don Juan Díez de Bracamonte, del Consejo de Su Majestad, su Oidor en dicha Real Audiencia y Juez General de Bienes de Difuntos en esta Nueva España, de que se había hecho despacho para hacer trance y remate de los bienes de Gómez Dávila. Asimismo, don Juan Gómez Dávila dijo que contradijo dichos pregones que se hacían, por no poder pagar los 1 300 pesos y sus réditos, pues estaba obligado a la paga de ellos a favor del Bachiller don Sebastián de Torija Ortuño, Presbítero, vecino de la ciudad de los Ángeles, quien compró las tierras sobre las que está dicho débito en el Juzgado de Bienes de Difuntos, y quien se las vendió al otorgante. “Y compulso y apremiado y por redimir su vejación sin perjuicio del derecho deducido que protesta continuar luego que este pagado este débito, porque hasta entonces no ha de poder usar de sus derechos contra quien le convenga, sobre no deberse a la parte de don José de Morales tal crédito, y para evitar lo ejecutivo que a su favor se resolvió tiene hecho ajuste” y esta escritura con sus fiadores, obligándose a pagar dicha cantidad a don Juan Díaz de la Concha para el día fin de mayo de 1712.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Juan Hurtado de Mendoza, residente en esta villa de Córdoba y vecino de su jurisdicción, como tutor y curador ad bona de las personas y bienes de don Juan Ignacio y don José Antonio Cruzado, sus sobrinos menores; y don Francisco Javier Cruzado, mayor de veinticinco años, casado, hijos y herederos del Capitán don Francisco Cruzado, Provincial de la Hermandad y Regidor de perpetuo que fue de la Nueva Veracruz; dijeron que por bienes de don Francisco Cruzado quedó una hacienda del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, nombrada Santa Cruz de las Palmillas. Asimismo, dijeron que el 6 de junio de 1706, doña María Hurtado de Mendoza y Arriola, su tía y hermana de los otorgantes, como albacea y tenedora de bienes de don Francisco Cruzado, y como tutora y curadora ad bona de dichos menores solicitó efectuar los inventarios y avalúos de los bienes del difunto, los cuales importaron la cantidad de 29 560 pesos. También dijeron que el 2 de marzo de 1707, ante el General don Francisco Sigler del Rebollar, Alcalde Mayor que fue de esta villa, se solicitó remate de dicha hacienda, sin que hubiera posturas a ella; asimismo, el 4 de junio de 1707 se sacó a otro remate sin que hubiera postor, y para evitar la ruina de las cañas y otros gastos se le adjudicó a don Francisco Javier Cruzado; pero por el mes de julio del mismo año, uno de los fiadores de don Francisco Javier Cruzado, le pidió lo retirara de dicha fianza y pusiera a otro en su lugar, y no habiendo encontrado otro fiador y porque no se le reconoció ningún menoscabo en dicha hacienda, consintió sacarla nuevamente al pregón, lo cual se efectuó el 5 de abril de 1709, siendo también pregonada en la Nueva Veracruz. Finalmente, el 27 de junio de dicho año don Francisco Pibot y Tapia, residente en esta villa, ofreció por dicha hacienda de Santa Cruz, alias Palmillas, 22 000 pesos, 3 000 pesos de contado dos años de hueco y después a pagar 3 000 cada un año, con obligación a favor de los acreedores y reconocimiento de las tutelas de los menores, los censos y sus réditos, y afianzar dichas cantidades; lo cual fue aceptado y se le remató el 28 de junio de 1709. Asimismo, dijeron que el 11 de septiembre de 1709 se presentó una Real Provisión despachada por los señores presidente y oidores de la Real Audiencia, en la cual doña María Hurtado apela todos los autos y el perjuicio del remate y pidió restitución del término de pujas; cosa que fue concedida por los señores de la Real Audiencia, solicitando que la susodicha exhibiera los 3 000 pesos y hacer las demás pagas en los mismos plazos y cantidad que ofreció Pibot y Tapia, siendo adjudicada dicha hacienda a los menores por la dicha cantidad de 22 000 pesos; cosa que fue apelada por don Francisco Pibot y Tapia, pues le perjudicaba, proveyendo los señores de la Real Audiencia auto de revista y mandaron correr el remate hecho en Pibot y Tapia. Y posteriormente, habiendo presentado Francisco Pibot y Tapia una escritura de concierto otorgada por don Juan Hurtado de Mendoza, como tutor y curador de los menores, en la cual Hurtado de Mendoza se obliga a pagar los 22 000 pesos a los acreedores y menores, en virtud de la cesión que hizo de dicha hacienda don Francisco Pibot y Tapia; y habiéndose pasado los autos nuevamente a esta villa y seguido el juicio divisorio y pago de acreedores; don Juan Hurtado de Mendoza y don Francisco Javier Cruzado, declaran que atendiendo a que los pleitos y discordias son difíciles y sus fines dudosos, y porque los susodichos, han tenido discordias causadas por los malos informes que se les han hecho del tiempo en que dicha hacienda estuvo en poder de don Francisco Javier Cruzado y después de doña María Hurtado, de que hubo pérdidas causadas por el poco cuidado de sus mayordomos y no de parte de ellos, otorgan por la presente transacción, compromiso y concierto con las condiciones y calidades que se mencionan en esta escritura y con la licencia del alcalde mayor, quedando finalmente dicha hacienda en poder de don Juan Hurtado de Mendoza.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán Juan Antonio Benítez, residente en el pueblo de Jalapa, vecino de la Ciudad de México, arrendatario de las reales alcabalas, juez recaudador y administrador en esta provincia, la de Jalacingo, San Juan de los Llanos, Papantla, Teziutlán, Atempa y Tetela, comprendidas en el remate que se le celebró en la Real Almoneda en la Ciudad de México, por tiempo de 5 años, por una parte; y por la otra los Capitanes Bartolomé de Castro y don José Robledano de Cardeña, de mancomún; el primero dijo que en atención a no poder atender personalmente la recaudación de dichas alcabalas y ser necesario poner personas de confianza que lo hagan, ha convenido con los mencionados capitanes en traspasar la recaudación de la provincia de Jalapa con las calidades con que se le hizo el remate, bajo las condiciones que se suscriben.
Francisco de Castro, vecino de la jurisdicción de Jalapa, otorga poder general a Francisco Félix Hidalgo, Procurador del Número de la Real Audiencia de México, para que lo represente en todos sus pleitos, causas, negocios civiles y criminales, demandando y defendiendo de cualesquier comunidades o personas particulares, y en especial para que se oponga en su nombre en el Tribunal de la Santa Cruzada de este Reino a la ejecución y remate a la casa de Francisco de Thormes, sita en este pueblo, por 1, 000 pesos que le debe asentados en escritura.
Juan Francisco Palacios, cargador de flota, residente en el pueblo de Jalapa, dijo que el 18 de marzo pasado se remató en este pueblo en pública subasta un negro esclavo que fue del ingenio de Almolonga, nombrado Francisco Papela que será de 15 años, en 225 pesos, al cual lo sacó para don Juan de Barona Velázquez, Alguacil Mayor de la provincia de Tepeaca, quien exhibió y pagó dicha cantidad, por tanto declara pertenecerle y contar con el instrumento de propiedad que de él se le dio por testimonio del presente escribano.
El Capitán Bartolomé de Castro, mercader vecino del pueblo de Jalapa, dijo que el 18 de marzo pasado se le remató en pública subasta en este pueblo un negro esclavo nombrado Jerónimo de 12 años, que fue del ingenio de Almolonga, en 200 pesos de oro común, el cual lo sacó para don Francisco Vasconcelos, vecino de la Ciudad de la Puebla, quien exhibió y pagó dicha cantidad, en cuya virtud declara pertenecerle como suyo, del que puede disponer libremente a su voluntad y para ello lo transfiere en don Francisco Vasconcelos.
El Licenciado Bernardo Rodríguez de Molina, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico de la Doctrina de Naolinco, vende a Salvador de Acosta, de esa vecindad, una esclava negra nombrada Juana Macabeo de 38 años, que hubo conjuntamente con Jacinta Hilaria por mano de Pedro Velásquez de la Cadena, quien la sacó en remate público. La vende sin asegurarla de ningún vicio, defecto ni enfermedad pública ni secreta en 280 pesos de oro común que por ella le ha dado.
Don Luis Ruz y Sotomayor, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Manuel de Miranda, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre parezca en el juzgado de Reales Tributos y ante la Real Almoneda que se haga de la casa de don Francisco Manzanilla, embargada por mandato del contador y sea sacada a pregón, sobre la que tiene hecha postura y en caso de que se le haga remate la acepte y lo obligue al cumplimiento de dicha postura.