Gertrudis de Córdoba, vecina del paraje y rancho la Joya, dueña de un sitio para ganado menor, el cual heredó de su difunto padre, Antonio Díaz de Córdoba, vende a los pueblos de San Salvador y Tlacolula, representados por don Miguel San Gabriel, Gobernador de Tlacolula y San Salvador, los Alcaldes don Esteban de Mendoza, don Jacinto de Mendoza, don Francisco Méndez y don Bartolomé San Gabriel, los Regidores Antonio Sánchez, Julio Jiménez y Félix Martínez, las citadas tierras, las cuales lindan al norte con tierras del rancho la Joya, al oriente con tierras del pueblo de San Salvador, al poniente y sur con tierras del pueblo de Tlacolula, en la cantidad de 550 pesos.
REGIDORES
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El Cabildo y República de los naturales del pueblo y cabecera de Tlacolula, representados por el Gobernador don Juan Jiménez; don Victorino de la Cruz, don Ambrosio Hernández y don Antonio Ortiz, como alcaldes; y don Francisco Sánchez y don Miguel Gabriel, regidores; otorgan poder especial a don Pedro de Senande, vecino en este pueblo, y a don Manuel Caro del Castillo, de la Real Audiencia de México, para que los represente en todos sus pleitos, causas y negocios civiles, criminales o eclesiásticos.
Don José Sánchez, Gobernador actual del pueblo de Santa María Asunción Tlacolula, don Juan Nicolás y don Antonio Martínez, Alcaldes, Domingo Mendoza y Domingo de Santiago, Regidores, y Salvador de la Cruz, Escribano, otorgan poder a don Domingo Manuel Cortés, vecino de esta Villa de Xalapa, para que cobre todas las cantidades que se les deban o debieren a través de escrituras, vales, o de otra manera, así para que los represente y defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, eclesiásticos y seculares.
Don Sebastián Hernández, Gobernador, don Domingo Rodríguez y Joaquín de la Cruz, Alcaldes, Esteban García y Diego Hernández, Regidores, Agustín de la Cruz, Escribano, en voz y en nombre de los naturales del pueblo de Tlacolulan, por medio de Andrés Pérez, intérprete, dijeron que en cumplimiento de Real Cédula que dispone la fundación de escuelas con maestros que enseñen a los indios la lengua castellana, aprendan en ella la doctrina cristiana, a leer y escribir, se obligan a pagar a Pedro Sánchez Lobato, para que asista en el ministerio por el tiempo de cuatro años con un pago de 108 pesos, 12 fanegas de maíz, agua, leña que fuere menester y dos huevos que ha de dar cada muchacho por semana.
Don Juan de la Cruz, Gobernador, sus Alcaldes don Juan de la Cruz, José Suero y Martín de la Cruz, Andrés Sánchez, Regidor y demás oficiales de Tlacolula, quienes junto con don José Sánchez Alcalde y José Juan, Escribano de San Miguel de las Vigas, informan que el Gobierno de Tlacolula otorgo poder a don José de la Calle, empleado de Alcalde Mayor de Tulancingo, y por tal razón y por haberse seguido autos sobre las tierras de las Vigas contra Los Farfanes y viendo que se quieren introducir en ella, y para que esto no suceda, otorgan poder especial a don Pedro de Senande, vecino del pueblo de Jalapa, para que los defienda en dicho litigio.
Lázaro Farfán, junto con su hijo legítimo Lázaro Farfán y Bernabé Farfán, dueños de las tierras que integran San Miguel de las Vigas, pactan un acuerdo con don Miguel de San Gabriel, Gobernador del pueblo de Tlacolula, Juan y Miguel de la Cruz, Alcaldes, José Pérez, Regidor, a permitir la reedificación del pueblo de Juan Miguel de las Vigas, el no uso del paraje Sedeño para el empleo de recuas, reconocer que el paraje de Tenepanoyan pertenece a sus naturales y mantener la vigilancia en no permitir que cualquier persona siembre o introduzca ganado en el paraje de Tenepanoyan a menos que tenga el permiso del gobernador.
Don Santiago Velasco, Gobernador; don Francisco Sánchez y don Andrés Aparicio, Alcaldes; don Antonio de la Cruz y don José de la Cruz, Regidores; y Francisco Jiménez, Escribano; naturales y miembros del cabildo del pueblo de Tlacolulan, jurisdicción de Jalapa, otorgan poder general a don Francisco de Riofrío, Procurador del Número de la Real Audiencia de México, para que los represente y defienda en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales que tengan.
Don Gabriel Durán, Gobernador; don Antonio Hernández y don Miguel Pérez, Alcaldes; don Francisco de la Cruz y don Antonio Hilario, Regidores, don Pedro de la Cruz y don Nicolás Gabriel, también Regidores; don Miguel Antonio Ceballos, Alcalde; don Diego Hernández y don Miguel Ceballos, Escribano Interino de Cabildo, los primeros del pueblo de Tlacolula y los segundos de San Salvador, otorgan poder general a don Domingo Manuel Cortés, vecino de Jalapa, para que defienda a dichos pueblos en todos sus pleitos, causas y negocios civiles o criminales.
Don Francisco de Mendoza, Gobernador del pueblo de Tlacolula; Miguel Rodríguez, Esteban García, Alcaldes; Pedro Durán y Pablo Sánchez, Regidores; y Francisco García, Escribano, dijeron mediante intérprete que en cumplimiento de lo mandado para que en todos los pueblos haya escuela, se obligan a pagar a Francisco de Buendía, residente en esta jurisdicción, durante 3 años que han de correr desde el 1 de mayo, 108 pesos por año, más 12 fanegas de maíz, agua y leña, que le muelan las tortillas, un huevo por muchacho cada semana con cargo y calidad de enseñar la lengua castellana, a leer y escribir a los muchachos desde los 5 años hasta que se casen y a las muchachas hasta los 10 años.
Don Francisco de Santiago, gobernador actual del pueblo de Santa María Ascensión Tlacolula; sus alcaldes Don Diego de Mendoza y Don Pedro Santiago; alguacil mayor Diego García; regidores Nicolás Juárez y Miguel Sánchez; escribano de Cabildo Don Juan Gómez, dijeron que por real cédula de Su Majestad se mandó poner escuelas en los pueblos de esta jurisdicción, y en su cumplimiento, la justicia de Jalapa les señaló por tal maestro a José de Molina, español, vecino de Naolinco; el cual lo concertaron por cuatro años, a partir del 1 de agosto del presente año, en el precio de 140 pesos de oro común anuales, una fanega de maíz cada mes, y un huevo el viernes y otro el sábado, por cada muchacha o muchacho a la semana, lo que pudieren dar de frijoles, sal y otras cosas de sustento.