REGIDORES

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              MX UV.USBIX ANC-P-0033-PC_0033_0046 · Item · 1698/04/29
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Balthazar [Baltazar] González de Velilla Blanco, Regidor perpetuo y Depositario General de esta villa, como Procurador nombrado por la Justicia, Cabildo y Regimiento de ella, dijo que por cuanto los naturales del pueblo del Naranjal, jurisdicción de Orizaba, han aprehendido posesión de tierras en la jurisdicción de esta villa de Córdoba en grave perjuicio de dicho Cabildo, por ser dichas tierras de las que le tocaron en su fundación a sus primeros pobladores. Y hallándose imposibilitado para ir personalmente a la ciudad de México donde está radicado este juicio, otorga poder al Regidor [roto], quien se halla en la [ciudad de Mé]xico, y a Domingo de Córdoba, Procurador [roto] de la Real Audiencia de esta Nueva España; para que puedan parecer ante Su Alteza y Señores de la Real Audiencia de esta Nueva España y hagan los pedimentos, requerimientos, citaciones, alegaciones, protestas suplicas, presenten escritos y demás pruebas, hasta lograr que los poseedores de dichas tierras lo están en quieta y pacifica posesión de ellas.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0033-PC_0033_0051 · Item · 1698/05/24
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Marina Gómez Dávila, vecina de esta villa, viuda del Capitán Juan Rodríguez Durán, su albacea testamentaria y tenedora de bienes nombrada en poder que para testar otorgó en esta villa el 6 de junio de 1691; dijo que por lo que le toca en el juicio y división que entre ella y su hijo Nicolás Rodríguez Durán, menor y heredero, se hizo de los bienes de dicho su marido ante la Real Justicia de esta villa, de su dote, arras y mitad de multiplico [roto], vende a don Gregorio [Martínez] de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa, una casa de cal y canto, cubierta de teja, en la esquina [roto], que está fundada en medio de un solar [roto] varas de frente y 25 de fondo, que por una parte linda con casa de Francisco de Barrios; por la otra hace frente, calle en medio, con casa de los herederos de doña [María] Andrea Rodríguez [de Ortigosa]; y por el fondo con casa de Diego de Rojas. La vende en precio de 1 000 pesos de a 8 reales casa uno de oro común.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0024 · Item · 1699/04/22
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Juan Valero Grageda, Regidor perpetuo por su Majestad de esta villa, otorga poder especial a su hermano el Bachiller don José Valero Grageda [Grajeda], Clérigo Subdiácono, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre ajuste cuentas con el Capitán don Joseph [José] de Segura [y] Sevallos [Ceballos], vecino de esta villa, relativas a lo que ha recibido hasta hoy día de la fecha y que debe pagarle al otorgante de la legítima que le toca de los bienes que quedaron por muerte del Capitán Joseph [José] Blanco, su abuelo, en cuyo poder tiene y le debe entregar como obligado que está a ello.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0036 · Item · 1699/05/18
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don José de Leiva y Esparragosa, vecino de esta villa, dijo que por cuanto al presente se halla por dueño de un rancho que está en esta jurisdicción nombrado San Diego, “que éste está al principio de su fundación y principiado por mano y disposición” de don Balthazar González de Belilla [Velilla] Blanco, Depositario General y Regidor perpetuo de esta villa por Su Majestad, a quien viendo pobre y atrasado y con crecidas obligaciones ha solicitado ayudar como lo hizo en el fomento de dicho rancho, debajo del concierto y ajuste que tuvieron para ello como consta de los instrumentos que uno a otro se otorgaron para su mayor claridad; y respecto de que al presente se halla “muy a los principios la dicha fundación” en que tiene gastadas muchas cantidades de pesos de su caudal, sin que haya puesto[roto] reales el dicho depositario [roto] por cuya razón se halla dueño de dicho rancho. Por otra parte dijo que de presente ha comparecido en esta villa la parte del Doctor don Diego Peláez Sánchez, Canónigo de la Santa Iglesia Catedral, pidiendo y demandando cantidad de pesos al dicho don Balthazar González de Velilla Blanco, y en virtud de Real Provisión que presentó ante la justicia ordinaria de esta villa se ha pasado a la ejecución de todos sus bienes, y considerando ser suyo dicho rancho se pasó también a trabar dicha ejecución, a pesar de haber presentado dichos instrumentos, con petición en que alega el derecho que le asiste, se procedió a la ejecución por la parte que le puede tocar a dicho depositario general; mandando dicho juez que ocurriese a representarlo a la audiencia de la ciudad de México. Y para poder representarlo otorga poder a don Juan [Matías] de Rivera y Nava, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre parezca ante Su Alteza y señores de la Real Audiencia de México y en razón de lo referido y presentando dichos instrumentos que para dicho efecto le remita, pida se le declare tocar y pertenecer dicho rancho al otorgante, sin que de ninguna manera quede perjudicado por las diligencias hechas por la justicia ordinaria de esta villa, en orden de lo pedido por el Doctor don Diego Peláez.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0098 · Item · 1699/12/27
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Los Capitanes don Miguel de Valero Gragera, Alférez Mayor; don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor; Don Diego Valero [Grajeda], Francisco de Aguilar, don Baltazar González de Velilla Blanco, don Miguel de Leiva [Esparragosa], don Gaspar Carvajal, don Juan Valero Grageda, Regidores y en nombre de la vecindad de esta dicha villa, otorgan poder especial al Capitán don Juan Matías de Rivera y Nava, vecino de la ciudad de México, para que en nombre de la vecindad de esta dicha villa, parezca ante dichos señores, contador general y jueces oficiales reales de la ciudad de México, y pida que se haga el remate de dichas Reales Alcabalas de esta villa, su jurisdicción y partido de San Antonio Guatusco [Huatusco], en la cantidad de 1 100 pesos en que se le había rematado al Alférez Juan Jiménez por el tiempo de nueve años los cuales se expresan en dicho remate, obligando a este Cabildo a la paga de ello en la misma manera y cantidades de exhibición y contado.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0015-PC_0015_0009 · Item · 1679/05/05
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez [Nicolás] Rodríguez, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder al Capitán Francisco de las Casas, vecino de la ciudad de México, para que en su representación parezca ante el Excelentísimo Señor Arzobispo de México, Virrey de esta Nueva España, señores oficiales reales de la Real Hacienda de México, donde pida y suplique se saque a la almoneda el oficio de depositario general y regidor perpetuo de esta villa, que fue del Capitán Pedro [de] Gatica, y que por su muerte está vacío, al cual en nombre del otorgante y para él haga la postura en la cantidad que le parezca, con cargo y calidad que ha de gozar de las mismas condiciones que gozó como depositario general y regidor que fue de la Nueva ciudad de la Veracruz, don Diego Felipe de Estrada, por razón de dicho su oficio. Y haciéndose dicho remate, lo acepte en su nombre y pida se le despache título real en forma.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0016-PC_0016_0014 · Item · 1680/07/26
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Gaspar González, vecino y natural de la villa de Córdoba, hijo legítimo de Gaspar González y de Francisca de Chávez, otorga su testamento donde declara estar casado con doña Ana de Meza [Solano], con quien no tuvo hijos. Declara por bienes una hacienda de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción de la villa de Córdoba, nombrada San Miguel, una casa en esta villa y un solar a la linde de ella, en la calle que sale de la plaza para el pueblo de San Juan Cuezcomatepec [Coscomatepec]. Nombra como albaceas al Regidor Joseph [José] de Leiva, su tío, y al Capitán Joseph [José] Blanco, vecinos de esta villa de Córdoba, y como heredera universal a su mujer.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0017-PC_0017_0003 · Item · 1681/02/10
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Catalina de Esparragossa [Esparrogosa], mujer legítima de José de Leyva [Leiva], vecino y Regidor de esta villa, con expresa licencia de su marido, dijo que por cuanto su marido y ella poseen en la jurisdicción de esta villa de Córdoba, un trapiche de hacer azúcar, cuyas tierras lindan por el oriente y parte del norte con tierras del trapiche que fue de Gaspar González, por lo restante del norte con tierras de los herederos de José de Brito; por el poniente con baldíos de esta villa; y por el sur con tierras del Capitán Nicolás Blanco. Asimismo, señala que tiene en esta villa una casa de vivienda con las paredes de cal y canto, cubierta de teja; sobre dicha hacienda de trapiche y casa tienen impuesto y cargado 1 000 pesos de principal de un censo a favor de la obra pía para casar huérfanas, que mandó instituir y fundar de sus bienes el padre Juan Francisco Ricardo, difunto, Cura Beneficiario que fue del partido de Tlacotepec; y para aumentar dicha hacienda de trapiche pretenden imponer y cargar sobre ella a censo principal redimible otros 500 pesos de oro común, los cuales para dicho efecto les da y tiene [roto] el padre Diego Jaymes [Jaimes] Ricardo [Villavicencio], actual Cura Beneficiado, Vicario y Juez Eclesiástico de dicho partido de Tlacotepec y patrón de dicha obra, para que a favor de ella hagan la imposición sobre dicha hacienda de trapiche y casa. Para cumplimiento de lo anterior otorga poder a dicho Regidor José de Leiva, su marido, para que en su nombre y juntamente imponga y cargue sobre sus personas y bienes el dicho censo de los 500 pesos, y la obligue a la paga y satisfacción de sus réditos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0023-PC_0023_0001 · Item · 1688/07/23
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez Nicolás Rodríguez, Alcalde Ordinario de primer voto por ausencia del Alcalde Mayor de esta villa; el Alférez Mayor Miguel Valero [Grajeda]; Francisco de Solís, Alguacil Mayor; Joseph [José] de Leyva [Leiva] y Francisco de Aguilar, Regidores perpetuos que actualmente tiene esta villa, otorgan poder al Capitán y Sargento Mayor Francisco de Contreras Chávez, Caballero de la Orden de Calatrava, Alcalde Mayor y vecino de la ciudad de Sevilla y Prior de Consulado; a Pedro de Castro y al Capitán Joseph [José] de Castro, vecinos de la ciudad de Sanlúcar de Barrameda, para que en representación del Cabildo, parezcan ante el Rey y Real Consejo de Indias y pidan se confirme y apruebe la sentencia dada y pronunciada el año pasado de 1687 por los señores presidentes y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, en el pleito que contra esta villa, sobre sus [privilegios] y tierras [roto], siguió el Doctor Martín de Solís Miranda [roto] Consejo de Su Majestad y su Fiscal en dicha Real Audiencia; asimismo, se confirme a dicha villa el título de su fundación y erección dado por el Excelentísimo señor Marqués de Guadalcázar siendo Virrey de esta Nueva España por el año de 1617; y también pidan se le conceda a esta villa todo lo que fuera para su mayor utilidad y aumento como si cada cosa fuese especificada en este poder. Por otra parte, si en atención a que por dicha sentencia se manda, se remita testimonio de esta sentencia y de los autos en dicho pleito hecho al Supremo y Real Consejo de las Indias y que según sea entendido por este Cabildo, aunque dicho testimonio esté sacado no sea remitido en la flota que está surta en el puerto de Veracruz para salir al Reino de Castilla, que pidan a su Majestad y Real Consejo de Indias se sirvan de que se les despache Real Cédula para que dichos señores de esta Real Audiencia manden que dicho testimonio se despache a dicho Real Consejo como está mandado, respecto de haberlo podido hacer este Cabildo. También dan este poder para que el ajuste de gastos de lo contenido en este poder y de lo que por [roto] de dicho Alguacil Mayor Francisco [de] Solís como Procurador Mayor que es de esta villa a los susodichos se les debiere, saque los pesos de oro, reales y maravedís de cualesquier personas que se los quieran dar, obligándolos a pagarlos con los premios e interese que corrieren, y para todo lo referido y su dependiente en cualquier manera dan este poder con libre y general administración.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0023-PC_0023_0010 · Item · 1688/07/07
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan de Betancur [Letancur], vecino de esta villa de Córdoba, a nombre propio y en el de sus hijos y herederos, otorga que vende a Antonio Muñoz, vecino de esta villa, medio solar de tierra que posee en esta villa, ubicado en la calle Real, que por la parte del oriente linda con casa y solar suyo; por la del poniente con otro medio solar y casa de Ana García; por el sur con casa y solar de don Gaspar del Monxe [Gaspar del Monge y Mendoza], la calle Real en medio; y por el norte con casa y solar del Regidor Joseph de Leyva [José de Leiva], calle Real en medio. Dicho solar hubo y compró de Fernando Nieto [Solano], vecino de la ciudad de Teguacan [Tehuacán], el cual es libre de censo, empeño e hipoteca. Lo venden en precio de 30 pesos de oro común, que tiene recibidos a su satisfacción.

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