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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0278 · Item · 1785/01/05
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan García de Malabear, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de fabricar azúcar en su jurisdicción nombrada San José de las Lagunas y San Francisco Toxpan, hizo exhibición de una escritura otorgada el día de ayer para que se registre en este libro, y de ella se manifiesta que don Francisco Mateos Navarro, vecino que fue del comercio de la ciudad de México, por él y en nombre de doña María Dávila Barrientos, vecina de ésta, viuda del Regidor don José Mateos Navarro, en virtud de su poder, se obligó y la obligó como dueños que eran ambos de dichas haciendas, a reconocer sobre la nominada San José de las Lagunas la cantidad de 8 500 pesos de principal, por escritura otorgada en 7 de junio de 1755, en favor de la obra pía de dotar huérfanas que se halla fundada en el Colegio de los Ex Jesuitas de la ciudad de Oaxaca, y a satisfacer sus correspondientes réditos de 5 por ciento en cada un año, por vía de depósito irregular, por tiempo de ocho años; y que habiéndose redimido hasta el presente los 6 500 pesos de dicho principal, han quedado existentes sobre la referida hacienda 2 000 pesos restantes, y en consecuencia de ella y de haber pasado al referido don Juan García el dominio de la mencionada hacienda, por remate que de ella se le hizo, ratificó en la citada escritura por lo tocante a dichos 2 000 pesos de principal y se obligó a reconocerlos sobre la referida hacienda de San José de las Lagunas en favor de la mencionada obra pía, y a darlos y pagarlos al Señor don José Moreno, Tesorero de la Santa Cruzada y Mayordomo del ilustrísimo señor obispo de dicha ciudad, y en ínterin sus réditos de 5 por ciento desde el año pasado de 1783, y para seguridad del principal hipotecó la expresada hacienda.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0063 · Item · 1708/06/25
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Francisco de Barrios, vecino de esta villa, padre y legítimo administrador de las personas y bienes de Magdalena y José, sus hijos legítimos, y de doña María Gómez de Gatica, difunta, dijo que por cuanto el 28 de abril de 1707 presentó escrito ante el alcalde ordinario, en donde pidió que se mandara que de los bienes de don Nicolás de Olivera, difunto, se le paguen 606 pesos que le debía a los de doña Jerónima de Gatica, su suegra, y en su representación a los dichos sus hijos menores, nietos y herederos de la susodicha; cuya cantidad se había rebajado por el contador en los autos del juicio divisorio de los bienes del dicho don Nicolás de Olivera, aplicados sobre los 36 000 que se debían del remate del trapiche nombrado San Francisco de Mesillas, que se le remató al Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís, y pidió que de los 2 000 y más pesos que paraban en poder de dicho Alguacil Mayor se le notificase entregase la referida cantidad. Y por auto proveído por el alcalde mandó se le notifique al citado alguacil mayor que con citación de don Juan de los Santos Cubillos, albacea del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa quien lo fue del dicho Nicolás de Olivera, pague al otorgante de los 2 000 y más pesos que paraban en su poder de resto de dicha hacienda, los 650 pesos que pedía en representación de sus hijos menores, nietos y herederos de doña Jerónima de Gatica; por lo que poniéndolo en efecto otorga haber recibido del dicho Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa, a saber 506 pesos y 6 reales de oro común, y aunque fueron 650 pesos, los 143 pesos y 6 reales el dicho alguacil los tiene gastados en el funeral de la citada Jerónima; asimismo, unos sarcillos grandes de oro y perlas, entre otros artículos que quedaron del remanente de los bienes e importaron 185 pesos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0105 · Item · 1708/09/24
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán de Pedro López del Castrillo, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de hacer azúcar y sitios de tierras en ella, otorga que vende a doña Gertrudis Jaimes Navarro, viuda del Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, 6 caballería de tierras al pago que llaman Tlacomulco, que lindan por una parte con sus tierras y por la otra parte con tierras del Capitán don Juan Gómez Dávila, las vende en precio 1 300 pesos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0107 · Item · 1708/09/16
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Licenciado don José Rodríguez de la Peña, residente en esta villa de Córdoba, natural de la Nueva ciudad de la Veracruz, hijo legítimo de Jerónimo Rodríguez de la Peña y de María Rodríguez de Abello, difuntos, estando enfermo del cuerpo y sano de la voluntad en todo su libre juicio, cumplida, buena memoria y entendimiento, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda que su cuerpo sea sepultado en la iglesia del convento de Nuestro Padre Señor San Antonio, sita en esta villa, ya que habrá tiempo de cuatro años que tiene patente del Reverendísimo Padre Provincial, para morir religioso de dicha orden, y pide humildemente al reverendo Padre Guardián del convento, se dé cumplimiento a dicha patente, para morir debajo de ella y gozar de todas las gracias que le fueren concedidas a la hora de su muerte. Es su voluntad se separen de sus bienes 300 pesos, que los hace manda a Isabel de Guzmán, su ahijada, hila legítima de Lorenzo de Guzmán y de Josefa Martínez Calzadilla. Declara que es capellán y patrón de una capellanía que instituyeron por sus almas Pedro Calderón y María de Arrati, vecinos que fueron de la Nueva ciudad de la Veracruz, de dotación de 4 000 pesos, y como patrón de ella declara que renunció a la propiedad de dicha capellanía, y nombró al Bachiller Miguel de Guzmán, su ahijado, hermano de la susodicha Isabel de Guzmán, y nombra por capellán a los Rectores que son y en adelante lo fueren del colegio de la Compañía de Jesús de dicha ciudad de la Nueva Veracruz, para que nombre capellanes de dicha capellanía. Declara por sus inquilinos sensuatarios de sus capellanías a don Agustín Bravo, a doña Dominga Lorenza de Villalba, Agustina de Otalora y Torres, vecinos de la Nueva ciudad de la Veracruz; a Pedro Trillo de Figueroa [roto] y al Regidor don Baltazar González de Velilla Blanco, vecino de esta villa, cuyas personas le han pagado los réditos de las capellanías. Declara que doña Dominga Lorenza de Villalba le está debiendo 100 pesos de los corridos de un año de capellanía. Declara que es hermano de la concordia de Nuestro Padre San Felipe, sita en la ciudad de la Puebla de los Ángeles, desde 1655. Declara que tiene por sus esclavas a Petrona de San Miguel, Antonia de Angulo, Nicolasa que se halla encinta, es su voluntad que lo que naciere viviendo veinticuatro horas hace gracia y donación de ella a Isabel de Guzmán. Nombra por sus albaceas testamentarios a Lorenzo de Guzmán y al Alférez don [Pedro] Fernández de Ves y Segura, vecinos de esta villa y por tenedor; y en el remanente que quedare de todos sus bienes y en atención a no tener como no tiene herederos forzosos, ni descendientes, instituye por su universal heredero a su alma para que el remanente se convierta en misas rezadas por ella y las de su intención.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0125 · Item · 1708/12/29
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil de esta villa de Córdoba, Regidor Perpetuo en ella, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción; y el Capitán Gaspar Rendón, mercader, vecino de esta villa; juntos de mancomún acuerdo otorgan poder general al Capitán don Pedro González de Mores, vecino de la ciudad de México, mercader y almacenero en ella, para que representando sus personas parezca ante don Francisco Rodezno, Juez Privativo del Real Derecho de Alcabalas de esta Nueva España, y haga las posturas y mejoras a las Reales Alcabalas de esta villa, San Antonio Huatusco y su jurisdicción por tiempo de nueve años, en la cantidad de pesos y con las calidades y condiciones que le comunicarán por cartas misivas, obligándose a que harán los enteros en las reales cajas de dicha ciudad de México en los tiempo y plazos que ajuste a favor de Su Majestad.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0126 · Item · 1708/12/29
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan de Aguilar, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende al Capitán don Pedro López del Castrillo, Alcalde Ordinario de esta villa, medio solar de 25 varas de frente y 50 de fondo que está en la calle que sale de la plaza Pública para Nueva ciudad de la Veracruz, linda por la parte del norte con casa y solar del Regidor Francisco de Aguilar, su hermano, por el sur con casa del citado comprador, por el fondo con casa de Francisco Estévez, hace frente calle en medio con solar de Francisco Rodríguez. El dicho solar lo heredó de sus padres difuntos y al presente lo vende en precio de 100 pesos de oro de común en reales que le han dado y pagado.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0147 · Item · 1708/06/28
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Memoria testamentaria de María de Olaso y Salgado, viuda del Regidor José Gómez Dávila, hija legítima de Diego de Olaso, difunto, y de doña Antonia de Aramburu y Salgado.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0054 · Item · 1709/04/09
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Francisco de Aguilar, Regidor Perpetuo por Su Majestad de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga que debe y se obliga a pagar a la masa de la santa iglesia Catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, 771 pesos de oro común en reales, los mismos que debe por razón de diezmos a dicha santa iglesia. Cantidad que pagará el día 30 del mes de junio del presente año.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0109 · Item · 1709/09/11
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Diego Valero Grageda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba y su jurisdicción por Su Majestad, como Procurador Mayor nombrado por los Señores del Cabildo, Justicia y Regimiento de ella, con facultad de seguir sus negocios, cobranzas y arrendar los propios y tierras que le pertenecen a esta villa en su jurisdicción, otorga en arrendamiento al Bachiller don Nicolás Ruiz Buencuchillo, Presbítero vecino de esta villa, 6 caballerías de tierra de las pertenecientes a los propios de esta villa, por tiempo de nueve años a razón de 12 pesos y medio por cada año, que corren a partir del 23 de junio pasado. Dichas tierras se encuentran en el paraje que llaman Ojo del Agua, corren desde una ceiba grande que esta por bajo del rancho que fue de Francisco de los Ríos, a dar a las tierras de propios que tuvo en arrendamiento Juan de Piña, prosiguiendo hasta el río de dicho Ojo del Agua y la sierra de Matlaquihaguitl [Matlaquiahuitl].

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              MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0125 · Item · 1709/10/23
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              De una parte el Bachiller don Nicolás Ruiz Buencuchillo, Presbítero, albacea y tenedor de bienes de doña Gertrudis Jaimes Navarro, su hermana difunta, tutor y curador ad bona de las personas y bienes de don Antonio, doña María Nicolasa y doña María Teresa, menores hijos y herederos de dicha difunta y del Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, de segundo matrimonio, también difunto; y de la otra parte el Capitán don José de Carvajal y Contreras, Alguacil Mayor del Santo Oficio de la Inquisición de este reino, albacea y uno de los herederos de dicho regidor y de doña Juliana de Contreras y Cid, difuntos, tutor y curador ad bona de las personas y bienes de doña Gertrudis y doña Francisca de Carvajal, sus hermanas de primer matrimonio; dijeron que en los autos del testamento, inventarios y juicio divisorio de la dicha doña Gertrudis, los otorgantes han tenido litispendencia en el juzgado del alcalde mayor de esta villa, en razón de que cada uno pretendía ser tutor y curador ad bona de las personas y bienes de don Antonio, doña María Teresa y doña María Nicolasa de Carvajal, de lo cual se formaron autos ante el presente escribano, y habiendo el alcalde mayor designado por auto a don Nicolás Ruiz Buencuchillo como tutor de dichos menores, el Capitán don José de Carvajal lo apeló ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España. Y por cuanto, personas de toda autoridad deseosas de la quietud y paz han intervenido logrando se desista de dicha apelación el Capitán don José de Carvajal, evitando los costosos gastos del litigio, por la presente el susodicho se desiste de dicha apelación y se obliga a pagar a don Nicolás Ruiz Buencuchillo la cantidad de 2 054 pesos de oro común en reales de la siguiente manera: 525 pesos 4 reales resto líquido de los 3 979 pesos 5 reales que tocó a dicha difunta en la hijuela de partición de los bienes de dicho regidor, incluidos los réditos de un año de dichos menores, para el día último de diciembre de este año; y los 1 528 pesos 4 reales que pertenecen a dichos menores, los 528 pesos 4 reales de la fecha de esta escritura en un año y los 1 000 pesos restantes dentro de dos años con sus réditos correspondientes.

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