REGIDORES

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              MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0076 · Item · 1668/03/14
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan García Valero, Alférez Mayor y Regidor Perpetuo, vecino de esta villa de Córdoba de la Nueva España, “atendiendo a que con el santo sacrificio de la misa Dios Nuestro Señor es más servido y reverenciado su divino culto ensalzado y las ánimas de los fieles difuntos reciben alivio y socorro y beneficio” de su espontánea y libre voluntad otorga que instituye y funda una capellanía perpetua de cuarenta misas rezadas que por su ánima, la de doña Josefa de Grajeda su legítima mujer, así como la de sus padres, hijos y demás difuntos de su intención, debe decir el capellán en cada un año. Señala y aplica por dote de esta capellanía [roto] de oro común y para este efecto impone una estancia de labor [roto], la cual se compone de 13 caballerías y un cuarto de tierra que compró de los pobladores de esta villa. Nombra y señala por primer capellán de esta capellanía al Bachiller don José Valero de Grajeda, su hijo y de la dicha doña Josefa, que actualmente está “leyendo artes en los Reales Colegios de San Pedro y San Juan” de la ciudad de los Ángeles. Nombra por patrones perpetuos de esta capellanía primeramente a él mismo y a doña Josefa de Grajeda, para después nombra a sus hijos varones y hembras.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0010-PC_0010_0001 · Item · 1673/01/16
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Joseph [José] de Leiva, vecino de esta villa de Córdoba y Regidor en ella por Su Majestad, vende a Francisco de Aguilar, vecino y Regidor de esta villa, un esclavo negro nombrado Pedro, de nación Congo, de cuarenta años de edad, en precio de 200 pesos de oro común.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0010-PC_0010_0023 · Item · 1673/05/06
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              María de Ferrera [de Tévez], vecina de esta villa, viuda del Regidor Juan Francisco Ramírez, hace gracia y donación a Juana, su nieta, hija legítima de Alonso López de Cuéllar y Nicolasa Ramírez, de un solar que linda [roto] con Nicolás Blanco; por el poniente con solar de Marcos Blanco; por el sur con el de Jacinto Pérez Padrón, calle en medio. [Donación que hace a su nieta por ser ésta] pobre, ciega, falta de juicio y entendimiento. Asimismo, deja 30 pesos de oro común para que se junte con lo que importan los bienes que por muerte quedaron de Nicolasa Ramírez, para que de sus réditos se alimente a su nieta Juana.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0010-PC_0010_0033 · Item · 1673/09/11
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Jacinto Pérez Padrón, vecino de esta villa, como albacea testamentario de María [de] Ferrera, viuda que fue del Regidor Juan Francisco Ramírez, vecino de esta villa, hace inventario de los bienes que quedaron por fin y muerte de dicha María [de] Ferrera. Entre los bienes destacan una casa de piedra con cocina en solar de 50 varas, que linda por el oriente con solar del Licenciado Juan [de Yáñez] Ortega de la Paba [Pava], Cura Beneficiado de esta villa, calle de San Juan en medio; y por el poniente con solar de los herederos de Salvador de Brito. Cuatro solares en el cerro de la Peñuela y un horno de hacer cal. Un negro llamado Antón Angola, de sesenta y cinco años, y una negra nombrada Lucrecia Angola, de sesenta años, entre otros bienes.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0013-PC_0013_0004 · Item · 1677/01/10
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez Nicolás Rodríguez, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba y su jurisdicción, los Regidores Joseph [José] de Leiva, Francisco de Aguilar, y Diego de Brito Lomelín, el Alférez Tomás López de Sagade, Gaspar González, Antonio Amaro González, Alonso [roto], Joseph [José] de Olivera, Antonio de Brito Lomelín, Domingo [de] Merodio, Joseph [José] Íñiguez, Bernardo de Rojas, Gerónimo [Jerónimo] de Leiva, Pedro García de Meza, Juan Rodríguez de Piña, Salvador Rodríguez, Pedro Rodríguez, el Capitán Joseph [José] Blanco, Juan Daza, Lázaro Hernández, Alonso Franco de Algarín y Antonio de Pedraza, vecinos de esta villa, por ellos y en nombre de los demás vecinos de esta villa y jurisdicción, dijeron que a esta villa se le han recrecido diferentes pleitos así con Cristóbal Fres de Herrera y consortes, por tierras que posee esta villa desde su fundación, como con el Real Fisco de Su Majestad y señor Alcalde Mayor de esta villa, sobre la jurisdicción titulada que esta villa ha poseído conforme al título de su erección. Pleitos que requieren muchos dineros y personas que defiendan a esta villa en la ciudad de México, porque de no salir con la justicia que le asiste, se prevé en general y particular mucho perjuicio y daño a todos los vecinos, para cuyo remedio por orden de Cabildo de esta villa han decidido ir a la ciudad de México el Alférez Mayor [Miguel] Valero [Grajeda], el Alguacil Mayor Francisco de Solís y el Capitán Nicolás Blanco. Y debido a no contar esta villa con propios para su defensa se obligan a pagar prorrata, conforme a los caudales que tienen, al Alguacil Mayor Francisco de Solís y al Capitán Nicolás Blanco la cantidad de pesos que los susodichos gasten en dichos pleitos hasta su determinación, cuyo gasto pagarán dentro de dos años a partir de hoy día.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0013-PC_0013_0005 · Item · 1677/01/11
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Francisco Valero de Grageda [Grajeda], Alcalde Ordinario por Su Majestad de primer voto, Francisco de Solís, Alguacil Mayor, Joseph [José] de Leiva y Francisco de Aguilar, Regidores perpetuos, capitulares de esta villa, dijeron que por cuanto ésta se encuentra con pleitos que tiene con Cristóbal Fres de Herrera y consortes, por haber pretendido el susodicho apropiarse de hecho y sin derecho de las tierras en el pago que llaman de la [Laguna] en [la jurisdicción] de esta villa, asimismo, con el Real Fisco de Su Majestad y con el señor Alcalde Mayor actual de esta villa, sobre la jurisdicción, territorio y dictado de villa que en su erección le fueron concedidas; pleitos que han llegado a tal estado que requieren muy eficaz remedio y para lo cual ha convenido el Cabildo enviar en nombre de esta villa, con poder bastante para lo que se ofrezca, a la ciudad de México a don Miguel Valero [Grajeda], Alférez Mayor, a Francisco de Solís, Alguacil Mayor, y al Capitán Nicolás Blanco, vecinos de esta villa, a quienes por la presente otorgan poder especial para que en nombre de esta villa parezcan ante el Rey Nuestro Señor, en sus Reales Audiencia y Cancillerías, jueces y tribunales, eclesiásticos y seculares que con derecho deban y soliciten cuanto se pueda con la finalidad de que no decaigan esta villa de sus privilegios, tierras, jurisdicción, título y lo demás que le fueron cedidos en su erección.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0013-PC_0013_0040 · Item · 1677/11/24
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Fernando Nieto Solano vende a Juan de Betancur [Letancur], ambos vecinos de esta villa de Córdoba, medio solar de tierra que hubo y compró el otorgante a Pedro García de Meza. Dicho medio solar está ubicado en esta villa y linda por el oriente con solar y casa de Juan de Betancur [Letancur]; por el norte con solar del Regidor Joseph [José] de Leiva; por el poniente con medio solar de Antonio de Pedraza; y por el sur con los solares de las Casas Reales. Lo vende en precio de 20 pesos de oro común.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0002 · Item · 1675/10/10
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Cabildo y Regimiento de esta villa de Córdoba, estando congregados en las salas del Cabildo, a saber don Miguel Balero [Valero] Graxeda [Grajeda], Alférez Mayor; Joseph [José] de Leiva y Francisco de Aguilar, Regidores perpetuos, otorgan que dan su poder general a Luis Gómez de Escobar, Procurador del Número de la Real Audiencia de esta Nueva España, para todos los pleitos, causas y negocios, así demandando como defendiendo con cualquier cabildo, comunidad y otra cualquier persona. También le otorgan especial para que ante el Superior Gobierno de esta Nueva España presente el título de fundación de esta villa y los demás recaudos e instrumentos y papeles que importen para la verificación de la propiedad y posesión del ejido y demás tierras que esta villa goza, comprendidas dentro de las cuatro leguas en cuadro de territorio de que en su fundación Su Majestad se sirvió de hacerle merced, y pida y suplica sea amparada en dicha propiedad.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0018 · Item · 1726/04/27
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Francisco Valero y Alvarado, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, Procurador Mayor de sus Propios y Rentas, por ausencia de don Fernando de Carvajal, Regidor Perpetuo de esta villa, otorga que da en arrendamiento a Cristóbal Rendón, vecino de la misma, un tercio de caballería y treinta solares y medio en el rancho que fue de Juan Gutiérrez, pertenecientes a los propios de esta villa, que por el oriente linda con el rancho y tierras de Joseph [José] Trujillo, y por ese lado tiene 19 cuerdas de a 50 varas cada una; con más 31 varas por occidente con tierras del rancho de Antonio Laboreiro, y por esa línea tuvo 9 cordeles y 30 varas; por el norte linda con el cerro de Colsaltepec, cuya línea tuvo 2 cuerdas y 12 varas; por el sur linda con tierras del rancho de Juan Íñiguez por cuyo lado tiene 16 cuerdas y 12 varas. El arrendamiento lo hace por tiempo y espacio de nueve años, por precio en cada un año de 5 pesos y 5 reales, bajo las condiciones siguientes: que no ha de sembrar caña dulce, más que tabacos y maíces; ni construir casas de cal y canto; ni meter otras personas más que la dicha; es condición que en caso de traspasar la tierra a otra persona debe avisar a él o al mayordomo; asimismo, es condición que el arrendatario debe satisfacer los costos de la escritura.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0023 · Item · 1721/06/13
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo por Su Majestad en esta villa de Córdoba, Procurador Mayor de los Propios y Rentas, nombrado por el muy Ilustre Cabildo de ella, otorga que da en arrendamiento a Diego Ventura, pardo libre, vecino de la jurisdicción de esta dicha villa, un tercio de caballería de tierra laborea en el paraje nombrado los Barbechos, que por una parte linda con tierras de propios de esta villa, por otra con tierras de Sebastián de la Cruz; por el norte con Diego de la Cruz, indio de San Juan de las Casillas; por el sur con el rancho del Licenciado don Salvador Martínez. El arrendamiento es por tiempo de nueve años, en precio cada uno de 4 pesos y 5 reales, bajo las condiciones siguientes: La primera que no ha de sembrar caña dulce ni haber casas de cal y canto; ni meter otras personas; es condición que en caso de traspasar la tierra a otra persona debe avisar a él o al mayordomo.

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