RECUAS

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        RECUAS

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          RECUAS

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            RECUAS

              1098 Archivistische beschrijving results for RECUAS

              1098 results directly related Exclude narrower terms
              1630, Expediente 3
              MX UV.USBIX ANO-E-0069-EO_0069_0001 · Stuk · 09/09/1630
              Part of Archivo Notarial de Orizaba

              Antonio de Ayala, mulato libre, dueño de recua, vecino de Orizaba, se obliga de pagar Antonio Méndez Chilón que viene de Angola, y estante en la Veracruz, por razón de una esclava negra nombrada María, de tierra Angola, de edad de 20 años más o menos, 100 pesos que le tiene entregados, y 300 pesos restantes para el año de 1631. Nombró por su fiador y principal pagador a Juanes de Vidarte.

              1631, Expediente 2
              MX UV.USBIX ANO-E-0071-EO_0071_0078 · Stuk · 03/07/1632
              Part of Archivo Notarial de Orizaba

              Manifestó [roto] vecino de San Antonio [roto] llamado Martín que lleva en su recua [roto] para la Nueva Veracruz, asimismo se le notificó de la ordenanza que prohíbe bajar indios a la Nueva Veracruz.

              1631, Expediente 2
              MX UV.USBIX ANO-E-0071-EO_0071_0146 · Stuk · 19/06/1634
              Part of Archivo Notarial de Orizaba

              Antonio de Vera, vecino de Izúcar, manifestó llevar en su recua para la Nueva Veracruz cuatro indios llamados: Baltazar, Gaspar, Juan y Pedro, asimismo el Corregidor le notificó de la ordenanza que prohíbe bajar con indios a la Nueva Veracruz a partir del primero de junio de cada año hasta después de San Francisco.

              1631, Expediente 2
              MX UV.USBIX ANO-E-0071-EO_0071_0162 · Stuk · 30/10/1634
              Part of Archivo Notarial de Orizaba

              Juan de Espíndola, vecino de Acatzingo, dueño de recua, manifestó llevar en ella a la Nueva Veracruz, dos indios llamados Diego y Bernardo, asimismo el Corregidor les notificó que a los indios debe dársele buen tratamiento, no servirse de ellos contra su voluntad y pagarles por su trabajo conforme al auto de la Real Audiencia que lo ordena.

              1631, Expediente 2
              MX UV.USBIX ANO-E-0071-EO_0071_0173 · Stuk · 21/06/1635
              Part of Archivo Notarial de Orizaba

              Bartolomé Sánchez, dueño de recua, vecino de la Mixteca, manifestó tres indios llamados Miguel, Melchor y Francisco, asimismo el Corregidor le notificó que a los indios debe dársele buen tratamiento, asimismo se le notificó de la ordenanza que prohíbe bajar con indios a la Nueva Veracruz hasta el cinco de octubre.

              1636, Expediente 1
              MX UV.USBIX ANO-E-0079 · Bestanddeel · 23/01/1636
              Part of Archivo Notarial de Orizaba

              Petición de Francisco de Camas de León, en nombre del Capitán Baltazar Domínguez, vecino del número de los fundadores de la villa de Córdoba, para que lo dejen libremente trajinar con su recua por el camino de la Veracruz, sin llevarle derechos de las visitas que hicieren a su recua, para lo cual presentó mandamiento del Marqués de Cerralbo, con copias insertas de la ordenanza del Marqués de Guadalcázar (1619), confirmación del Marqués de Cerralbo (1625), mandamiento del Marqués de Montesclaros (1607), confirmación de don Luis de Velasco (1610), y mandamiento del Marqués de Gelves (1622), los cuales hacen alusión a que sólo carretas y carreteros deberán llevar derechos por las visitas que hicieren a los carros y carretas, exceptuado de este derecho a las recuas, así mismo no haberse de entender con los dueños de recuas la prohibición de bajar con indios en tiempo señalado a la Veracruz, sino tan solamente con las cuadrillas de carros. En cuyo auto el corregidor de Orizaba, hace mención de una causa de denunciación en contra de dicho Domínguez, por bajar con indios en servicio de su recua a la Nueva Veracruz en tiempo prohibido, resolviendo enviar al Señor Virrey los mandamientos presentados por parte de Baltazar Domínguez, junto con la ordenanza que revocó el Señor Marqués de Guadalcázar y confirmó el Señor Marqués de Gelves, y provea lo que fuere servido.

              1636, Expediente 3
              MX UV.USBIX ANO-E-0081-EO_0081_0025 · Stuk · 20/07/1637
              Part of Archivo Notarial de Orizaba

              Pedro Carrasco, dueño de recua, vecino de Oaxaca, manifestó llevar en ella tres indios llamados Bartolo, Lucas García y Diego Gerónimo [Jerónimo], cuya recua va cargada de cajones para la Nueva Veracruz. Asimismo, el corregidor le notificó de la ordenanza que prohíbe bajar con indios a la Nueva Veracruz, ni pasar con ellos de este pueblo, a partir del 1 de junio de cada año hasta el otro día después de San Francisco; también se le informó que a los indios debe dársele buen tratamiento, no servirse de ellos contra su voluntad y pagarles por su trabajo conforme al auto y ordenanza de Su Majestad que así lo manda.

              1636, Expediente 3
              MX UV.USBIX ANO-E-0081-EO_0081_0037 · Stuk · 05/08/1637
              Part of Archivo Notarial de Orizaba

              Juan Rodríguez de la Fuente, dueño de recua, vecino de San Antonio, manifestó llevar en ella para la Nueva Veracruz 49 cargas de harina.\n

              1636, Expediente 3
              MX UV.USBIX ANO-E-0081-EO_0081_0038 · Stuk · 06/08/1637
              Part of Archivo Notarial de Orizaba

              Don Luis de Bohorquez, dueño de recua y vecino de Oaxaca, manifestó llevar 10 mulas y en servicio de ellas dos indios llamados Sebastián y Juan, dirigiéndose hacia la Nueva Veracruz. Asimismo, el corregidor le notificó de la ordenanza que prohíbe bajar con indios a la Nueva Veracruz, ni pasar con ellos de este pueblo, a partir del 1 de junio de cada año hasta el otro día después de San Francisco; también se le informó que a los indios debe dársele buen tratamiento, no servirse de ellos contra su voluntad y pagarles por su trabajo conforme a la ordenanza de Su Majestad que así lo manda.

              1636, Expediente 3
              MX UV.USBIX ANO-E-0081-EO_0081_0053 · Stuk · 20/08/1637
              Part of Archivo Notarial de Orizaba

              Marcos de Trujillo Villavicencio, dueño de recua y vecino de la ciudad de los Ángeles, manifestó llevar en ella a la Nueva Veracruz dos indios en su servicio y avío llamados Domingo y Pedro, Asimismo, el corregidor le notificó de la ordenanza que prohíbe bajar con indios a la Nueva Veracruz, ni pasar con ellos de este pueblo a partir del 1 de junio de cada año hasta el otro día después de San Francisco; también se le informó que a los indios debe dársele buen tratamiento y no servirse de ellos contra su voluntad.