RECIBOS

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              MX UV.USBIX ANX-P-0051-PX_0051_0211 · Item · 25/04/1781
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Francisco Ramírez, vecino de Jalapa, dijo que posee una casa en la Calle de Tecuanapa, mirando hacia el norte, en cuyo solar construyó una pared divisoria de 39 varas, que hizo por solicitud de doña Antonia de Guevara, quien junto con su hermano don Mariano Antonio de Campo le ha entregado la mitad de su valor en reales de contado, por lo que declara para que conste, entregando carta de pago y recibo.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0096-PX_0096_0039 · Item · 1838/11/26
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Ángel Benítez, escribano nacional y del Juzgado Civil, de esta ciudad, dijo que el 20 de diciembre de 1836 en unión de don Dionisio Luis Camacho y Reyes, apoderado de su tía doña María de los Ángeles Torres, otorgaron escritura de venta de una casa ubicada en la calle de Tecuanapan de esta ciudad, en cantidad de 750 pesos de los que se extrajeron 490 para el pago de un capital y réditos que siguieron reconociendo los compradores, don Andrés Castellano y su esposa doña María Josefa de la Luz Reyes, a la cofradía de la Purísima Concepción de esta parroquia. Asimismo, dijo que de dicha suma se pagaron algunos gastos quedando divisibles entre los cinco coherederos 250 pesos, de los cuales 150 pesos se reservaron en la misma finca sin causa de réditos para doña María del Carmen Parra y Torres, hija de la difunta doña Candelaria Torres, para don José Torres, hijo de don Francisco [Torres], difunto, y para doña Francisca Arroyave y Torres, hija de la difunta Manuela Torres. Respecto a estos últimos tres herederos, el comparente dijo que se duda si existen o si por sus fallecimientos han dejado herederos, cuya incertidumbre existe hasta la fecha, hallándose por esta razón dicha cantidad de 150 pesos en poder de los compradores de la casa. Por otro lado, el relacionante dijo que hallándose la plaza de Veracruz amenazada de bloqueo por la Nación Francesa, han emigrado las familias a diferentes puntos de este departamento, lo que no ha podido verificar a su tía, doña María de los Ángeles Torres, por sus achaques y escasez, estando en la misma situación el hermano del compareciente, don José María Benítez y Torres, por tener que erogar gastos en la cura de una niña, a quien por desgracia van a amputarle una pierna. Y habiendo recurrido su tía y su hermano al comparente para que remedie sus urgencias, extrayendo bajo su responsabilidad y con las seguridades necesarias, la citada suma de 150 pesos que pertenece a los citados tres herederos que no se sabe nada de ellos, para cubrirlos en caso de que éstos o los herederos, le hagan algún reclamo. Viéndose precisado a condescender con sus ruegos, se ha puesto de acuerdo con Castellanos y su esposa, y le han exhibido la ya expresada suma en moneda corriente, restando solo otorgarles la correspondiente carta de pago. Por tanto, otorga que ha recibido de don Andrés Castellano y de su esposa, los 150 pesos que reconocían en la casa que les fue vendida, confesando que percibe dicha suma para los objetos indicados y no para otra cosa. Y para mayor seguridad de dicha cantidad ofrece por su fiador a don Francisco Fernández y Agudo, de esta vecindad y comercio.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0125 · Item · 1835/09/14
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              El señor Cura Párroco y Vicario foráneo de esta ciudad, el Presbítero don José Francisco Campomanes; doña Juana Pensado y Navarrete como viuda de don Pedro Francisco de Villa; doña María Margarita Barradas albacea de su difunto marido don Cipriano Pensado y Navarrete; y don Juan Franco, Síndico de este Ilustre Ayuntamiento, prestando voz y caución por Manuel Esteban, ausente; dijeron que la testamentaria de don Juan Lazon es responsable de 300 pesos al primero para el cumplimiento de unos comunicados reservados; 100 pesos a Villa; 100 pesos a Pensado; y 20 a Esteban; y no existiendo en la pertenencia de dicha testamentaria más bienes que una casita ruinosa ubicada en esta ciudad, en la esquina de las calles de Tecuanapa y fuente de San Cristóbal, cuyo mezquino valor no cubre los 520 pesos del monto de dichos créditos y en consideración en que transcurriendo más tiempo acabará de arruinarse la finca y será mayor el quebranto, convinieron con doña Catalina Lazon, única hija y heredera del finado, en que vendiese la expresada casa y deducidos los gasto que tiene convenidos, el remanente se distribuyese, aplicándole a doña Juana Pensado, a doña María Margarita Barradas y a Manuel Esteban la mitad de sus respectivos créditos y el resto a Campomanes para los comunicados reservados. Y habiéndose vendido la casa en 300 pesos e importando 56 con 6 y una cuartilla los gastos que deben deducir, quedan libres 258 pesos un real y 3 cuartillas, de los que corresponden 50 pesos para Villa, 50 pesos para Pensado, 10 para Esteban y 148 pesos para el comunicado reservado. Por lo cual, otorgan que reciben de doña Catalina Lazon las mencionadas cantidades, dándose por entregados a su voluntad.

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