El Alférez Antonio de Ábrego Esquivel, Teniente General de esta villa de Córdoba, partido de San Antonio Guatusco [Huatusco] y su jurisdicción, vecino de la ciudad de los Ángeles, dijo que en ocasión de haber concertado el Capitán don Antonio Orejón de la Lama, Caballero de la Orden de Santiago y Alcalde de esta villa y partido, con la vecindad de ella sobre los capítulos que le pusieron en el Real Acuerdo y Audiencia de esta Nueva España, que se especifican en la escritura que otorgaron en la ciudad de los Ángeles a [roto] diciembre de 1695, le nombraron al otorgante por tal teniente general para la administración de la Real Justicia por el tiempo que le resta a la presente alcaldía mayor, que se ha de cumplir el 3 de enero de 1698. Cuyo nombramiento fue aprobado en lo político y militar por el Excelentísimo Señor Conde de Galve, Virrey que fue de esta Nueva España, por cierta cantidad que [prometió el otorgante y con las calidades] que se expresan en la escritura. Y respecto a que la cantidad [roto] [que] ofreció y se le pidió por la gracia de dicho nombramiento fue de 4 000 pesos, los cuales se obligó a pagar a fines de este presente mes y año, se los ha asegurado al Capitán don Antonio Orejón en poder del Capitán don Diego López de Luna, vecino y mercader de la ciudad de los Ángeles. Y por noticias que ha tenido el otorgante, de que el sucesor de don Antonio Orejón de la Lama [roto] pretende entrar en dicho oficio [roto] valiéndose de haber cantidad de por medio, y temiendo perder dicha cantidad [en la] inteligencia de que pueda ausentarse el Capitán don Antonio Orejón de la Lama para los Reinos de Castilla en la presente flota. Por tanto y para que cesen los inconvenientes que se puedan experimentar, otorga poder al Alférez Miguel Jiménez de Bonilla, vecino de la jurisdicción de Tlaxcala y dueño de hacienda en los territorios del pueblo de Nativitas; a don Juan de Valdivia, vecino y también dueño de hacienda en dicha jurisdicción; y a don Miguel de Urviola, Procurador de dicha ciudad, para que en su nombre comparezcan ante los señores jueces, presidente y oidores de la Real Audiencia y pidan afiance los 4 000 pesos el Capitán don Antonio Orejón de la Lama.
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Don Miguel de Leyba, Regidor de esta villa de Córdoba, otorga poder especial a Domingo de Córdova [Córdoba], Procurador de la Real Audiencia de esta Nueva España, para que en su nombre parezca ante los señores presidente y [roto] de la Real Sala del Crimen y pida se le despache Real Provisión [roto] con facultad de prender ladrones, salteadores, facinerosos, vagabundos, cuatreros, extirpar pecados públicos, embriagueces y bebidas nocivas; fulminar las causas hasta ponerlas en estado de sentencia; pasar a otras jurisdicciones de esta Nueva España a la prisión de los reos a actuar ante sí; y alzar vara de Real Justicia [roto].
Sans titreDon Antonio Orejón de la Lama, Alcalde Mayor de esta villa de Córdoba y de las provincias de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] y San Antonio Guatusco [Huatusco], y Teniente de Capitán General por Su Majestad, del cual usa para nombrar a Thomas [Tomás] de Contreras, Teniente general de Alcalde Mayor de dicho pueblo de San Juan y sus jurisdicciones para que con vara de la real justicia la administre en todos los casos y cosas anexas y pertenecientes a ella, para lo cual le otorga poder con facultad y derecho que se requiere para ello.
Sans titreFrancisco de Solís, Alguacil Mayor de esta villa de Córdoba, San Antonio Huatusco y San Juan Coscomatepec, declara que su real título le concede nombrar al Teniente de Alguacil Mayor y demás ministros necesarios, y porque en la persona de Miguel Escobedo, residente en esta jurisdicción, concurren las partes y calidades en derecho necesarias para el uso y ejercicio, lo nombra por su Teniente de Alguacil Mayor de esta dicha villa de Córdoba, San Antonio Huatusco y San Juan Coscomatepec, para que con vara alta de la Real Justicia haga ejecuciones, prisiones, rondas, denuncias, con todo lo demás que dicho alguacil pudiera hacer.
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