REAL FUERZA DE SAN JUAN DE ULÚA

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              MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0021 · Item · 1709/01/21
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez don Pedro Fernández de Ves y Segura y Juan Martín, vecinos de esta villa de Córdoba, en voz y nombre de María Josefa, negra libre, vecina del Castillo de la Real Fuerza de San Juan de Ulúa de la Nueva ciudad de la Veracruz, mujer legítima de Manuel, negro de casta Loango, esclavo de Su Majestad y uno de los que sirven en la salva y lancha de dicha Real Fuerza; venden a doña Francisca Milián Perdomo, mujer legítima de don Pedro Fernández de Ves y Segura, una negra nombrada Catalina, casta Congo, de edad de 20 años, esclava que fue de su parte y que compró de la factoría del Capitán Lucas de Acosta y don Damián Pereira de Araujo, de la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros en las Indias. La venden en precio de 200 pesos de oro común en reales.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0019-PC_0019_0001 · Item · 1683/01/04
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Joseph [José] Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de cuadrilla, otorga poder especial a Juan Bautista de Gatica, vecino de la Nueva ciudad de Veracruz, para que en cada uno de los viajes que dicha cuadrilla de carros haga y de los que ha hecho a dicha ciudad [cargada] de sillares de cantería de la cantera de la Encarnación la Peñuela de esta jurisdicción, para la obra del recalce de la Real [Fuerza] de San Juan de Ulúa conforme al [asiento] que el Alférez Mayor Miguel Valero de Grageda [Grajeda], su hermano, y él tienen hecho con Su Majestad, cobre de la Real Caja y oficiales reales de la Veracruz los pesos de oro que importe la mitad de los fletes de cada uno de los viajes [roto] [y] la otra mitad en dicha Real Caja para la satisfacción de los 8 000 pesos que al dicho su hermano y a él se les adelantarán en conformidad de los dispuesto y ordenado por mandamiento del Excelentísimo Señor Conde de Paredes, Marqués de la Laguna, Virrey de esta Nueva España, el 18 de agosto de 1682.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0018-PC_0018_0030 · Item · 1682/11/04
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Joseph [José] Blanco, vecino de la villa de Córdoba, dueño de cuadrilla de carros, por sí y en nombre de don Miguel Valero de Grageda [Grajeda], su hermano, Alférez Mayor por Su Majestad y vecino de la villa de Córdoba, en virtud del poder que le dio en dicha villa el 9 de septiembre presente año, dijo que habiendo obtenido, mediante postura que hicieron ambos, la conducción de los sillares de cantería del cerro de la Peñuela a la Nueva ciudad de la Veracruz, para la obra de recalce de la Real Fuerza de San Juan de Ulúa, por precio de 5 pesos y medio reales cada sillar de vara de largo y media en cuadro, por la presente se obligan ambos a que, no impidiéndoles ni embarazándolos los temporales y ríos, conducirán y llevarán dichos sillares en sus cuadrillas de carros a la Nueva ciudad y plaza de la Veracruz desde el cerro y cantera de la Peñuela, por los precios antes dichos, y con la pena de prisión y todo rigor de derecho.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0018-PC_0018_0032 · Item · 1682/12/15
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Miguel Valero de Grageda [Grajeda], vecino de esta villa de Córdoba y Alférez Mayor de ella por Su Majestad, otorga poder a Juan Abad, vecino de esta villa, para que en su nombre cobre de la Real Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz y señores jueces oficiales reales de ella, todos y cada uno de los viajes que su cuadrilla de carros haga a la dicha ciudad, cargada con sillares de cantera de la Peñuela, para la obra del recalce de la Real Fuerza de San Juan de Ulúa, cobrando la mitad del precio de los fletes de cada viaje que lleve, quedando la otra mitad en dicha Real Caja para la satisfacción de los 8 000 pesos que se le adelantaron a él y al Capitán Joseph [José] Blanco, su hermano.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0090 · Item · 1717/09/26
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don Salvador Martínez de Abrea, Presbítero, y doña María Nicolasa de Bistrain Dávila, vecina de esta villa de Córdoba, viuda del Alférez Antonio Miguel y heredera de doña Agustina, Feliciana y Gertrudis, sus hijas, difuntas; ambos albaceas del susodicho, otorgan poder general a Francisco Leandro, Procurador del Número de la Audiencia Ordinaria de la ciudad de la Veracruz, para que en nombre y en representación de sus personas como tales albaceas parezca ante los señores jueces, oficiales reales de la Real Hacienda y caja de dicha ciudad para que pida se le pague el sueldo que devengó y le quedó debiendo Su Majestad hasta el día de su fallecimiento al Alférez Antonio Miguel, de la plaza de cirujano y artillero que ejerció en el castillo y Real Fuerza de San Juan de Ulúa. De lo que reciba y cobre entregue recibos, cartas de pago y demás instrumentos que se le pidan, y si la paga no fuere ante escribano que de ello de fe haciendo los pedimentos, requerimientos, protestaciones, ejecuciones y demás que sea necesario.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0061 · Item · 1699/06/19
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Gaspar Carvajal, vecino y Regidor perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, en nombre y con poder de doña Ana María [de] Valverde, vecina de la Nueva Veracruz, viuda de Matías Jaques, vende al Licenciado don Juan de la Veguellina y Sandoval, vecino de esta villa de Córdoba y Alcalde Ordinario en ella por Su Majestad, un esclavo negro nombrado Juan Francisco Preciado, natural de la ciudad de Caracas, de veintidós años más o menos, en precio de 330 pesos de oro común en reales de contado. Cuyo negro es el mismo que la otorgante compró a Juan Gómez de Silva, Artillero de la Real Fuerza de San Juan de Ulúa, en la Nueva Veracruz el 31 de diciembre de 1698, ante Juan Esteban de Espeleta, Escribano de Su Majestad.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0049-PC_0049_0015 · Item · 1713/03/10
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña María Nicolasa de Bistrain Dávila, viuda del Alférez Antonio Miguel, su albacea testamentaria y tenedora de bienes, tutora y curadora ad bona de Feliciana Agustina, su hija legítima; otorga debe y se obliga a pagar al Señor Coronel de Caballería don Francisco de Aguirre y Gomendio, Caballero de la Orden de Santiago, vecino de la ciudad de México y residente en la Nueva Veracruz, la cantidad de 225 pesos de oro común en reales, los mismos que por hacerle bien y buena obra le ha prestado para los alimentos de dicha menor y algunas pagas de lo que debía dicho difunto, cantidad que pagará luego que cobre de las Reales Cajas de la Nueva Veracruz el sueldo que Su Majestad debe al dicho difunto por el tiempo que ejerció la plaza de cirujano del Castillo y Real Fuerza de San Juan de Ulúa.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0049-PC_0049_0020 · Item · 1713/03/24
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña María Nicolasa de Bistrain Dávila, viuda del Alférez Antonio Miguel, su albacea testamentaria y tenedora de bienes, tutora y curadora ad bona de Feliciana Agustina, hija legítima de ambos; otorga poder especial al Señor Coronel de Caballería don Francisco de Aguirre y Gomendio, Caballero de la Orden de Santiago, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre como tal albacea, parezca ante el Excelentísimo Señor Duque de Linares, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, en su Superior Gobierno y suplique a dicho Señor Virrey se sirva mandar se le libre despacho para que los señores jueces oficiales reales de la Real Hacienda y Caja de la Nueva Veracruz, le paguen el sueldo que tenía devengado dicho difunto, como cirujano que fue del Castillo y Real Fuerza de San Juan de Ulúa, y con ello pagar su entierro y deudas.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0018-PC_0018_0026 · Item · 1682/09/09
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Miguel Valero de Grageda [Grajeda], Alférez Mayor y vecino de esta villa de Córdoba, dueño de una cuadrilla de doce carros herrados, dijo que el Capitán Jospeh [José] Blanco, su hermano, hizo postura ante el Capitán y Sargento Mayor don Francisco Sánchez Asañero [Aceñero], Alcalde Mayor y Capitán a Guerra por Su Majestad de esta villa y partido de San Antonio Guatusco [Huatusco], para la conducción de los sillares de cantería utilizados para el recalce de la Real Fuerza de San Juan de Ulúa, conducidos desde la cantera del cerro de la Peñuela, en esta jurisdicción, donde se sacan y labran por cuenta de Su Majestad y se envían a la Nueva ciudad de la Veracruz. Acordando el precio de 5 pesos y medio reales por cada sillar de la medida que se contiene en dicha postura, lo cual fue aceptado y aprobado por el Excelentísimo Señor Conde de Paredes, Virrey de esta Nueva España, con calidad de que para poder empezar a conducirlos se les había de entregar 8 000 pesos de oro común en la Real Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz. Por lo cual, otorga poder al Capitán Joseph [José] Blanco, para que en su nombre cobre de los señores jueces oficiales reales de la Real Hacienda y Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz, los 8 000 pesos que al susodicho y al otorgante les pertenecen por dicha razón.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0115 · Item · 1696/12/30
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Pedro Fernández de Ves y Segura, vecino de la isla y Real Fuerza de San Juan de Ulúa, puerto de la ciudad de la Nueva Veracruz, con poder que le otorgó don Pedro Pablo Sánchez López, Sargento Mayor de dicha Real Fuerza, para cobrar 5 000 pesos a Joseph de Henarez [José de Nares], pardo libre, Capitán de la Compañía de los Pardos de esta villa, deudor de dicho sargento mayor por escritura de plazos que otorgó en la Nueva Veracruz el 27 de octubre de 1695 ante Manuel Pérez de Santa Cruz, Escribano Real. Dijo que habiendo presentado dicha escritura ante el Capitán don Lope de Yribas [Iribas], Alcalde Ordinario de esta villa, en virtud de mandamiento se ejecutaron los bienes de dicho capitán por la cantidad de 1 000 pesos por el primer plazo de dichas escrituras, y después se pidió segundo mandamiento de ejecución por otro plazo de 2 000 pesos, en cuya virtud se trabaron unas casas de dicho capitán y se remataron hasta en cantidad de 2 850 pesos. Dijo asimismo, sin embargo de tener dada la fianza de la ley de Toledo en los primeros autos y faltar en los segundos de la porción de dichos 2 000 pesos, tiene ofrecido y da por tal fiador de la ley de Toledo a Benito Caraballo [Caravallo], vecino de esta villa, quien estando presente otorgó que fiaba y fio a la parte de dicho sargento mayor en caso de que la sentencia pronunciada en los autos de los dichos 2 000 pesos fuera apelada por el dicho Joseph de Henarez [Nares] ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia [roto]. Finalmente, don Pedro Fernández de Ves y Segura declaró tener en su poder los 3 000 pesos en que fue ejecutado el Capitán Henarez [Nares], de los cuales 2 850 pesos son los que importaron sus bienes ejecutados y rematados, y los 150 pesos cumplimiento a dicha cantidad, que recibió de dicho capitán en diferentes ditas de vecinos de esta villa y su jurisdicción, por vales que le entregó a favor de dicho sargento mayor, habiéndolos recibido en cuenta y pago de dichos dos plazos de que otorgó carta de pago.

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