El Capitán don Francisco Valero Grageda [Grajeda], Alcalde Ordinario por Su Majestad; don Miguel Valero [Grageda], Alférez Mayor; Francisco de Solís, Alguacil Mayor; Joseph [José] de Leiva y Francisco de Aguilar, Regidores perpetuos por Su Majestad; capitulares que actualmente tiene esta villa, dejan [sin] fuerza y vigor los poderes que han [dado] al [Doctor] Juan Pérez Rivero, Abogado de la [Real Audiencia de esta Nueva España], a Luis Gómez de Escobar, Procurador del Número, y a Jacinto Pérez Padrón, vecino de esta villa. Y por la presente otorgan poder general a Francisco de las Casas, vecino de la ciudad de México, para todos los pleitos causas y negocios civiles y criminales que este Cabildo tiene y en adelante tenga, especialmente con el que actualmente tienen con el Real Fisco sobre la jurisdicción y territorio de esta villa y el que tienen con Cristóbal Frens [Fres de Herrera] sobre unas tierras pertenecientes a esta villa.
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MX UV.USBIX ANC-P-0013-PC_0013_0002
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1677/01/04
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