Don Tomás Borro, vecino del pueblo de Jalapa, dueño de 3 casas con vinatería pública, junto con don Bartolomé de Borja, vecino de este pueblo con una tienda mestiza y poseedor de 2 casas de paredes, don Lucas Rosete, con una tienda de igual condición y dueño de una casa de paredes y tejas en este pueblo, don Roque Jacinto Florido, vecino de este pueblo y dueño de 2 ranchos, uno de ganado y otro de labor con casas y don Juan Miguel Rebolledo, vecino de Coatepec, con rancho de ganado mayor y siembras de tabaco en ella y dueño de 2 casas, otorgan poder especial a don Pedro Barraza Alcántara, Agente de Negocios de la Ciudad de México, para que los obligue como fiadores de don Vicente de Toledo y Viveros, Capitán de Caballería y Alcalde Mayor del Ramo de Reales Tributos.
RANCHOS
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Don Manuel Pérez Tirado, vecino del pueblo de Jalapa, debe y se obliga pagar a doña María de Acosta, vecina del mismo pueblo, la cantidad de 2, 300 pesos, junto con sus réditos del 5 %, dando 500 pesos cada año, producto del valor de un rancho de ganado mayor que le vendió.
Don José de Ugarte, vecino de este pueblo de Jalapa, albacea del difunto don Francisco Pérez de Arellano, instituido por tal en un poder para testar de 13 de febrero de 1760, otorga poder especial a don Juan Manuel Castañón, de esta vecindad, para que en su nombre asista a la cuenta de ganado y demás diligencias de la hacienda y ranchos de dicho difunto que se hallan en la jurisdicción de la Antigua Veracruz.
José Cornejo, residente en este pueblo de Jalapa, dueño de un rancho de ganado, en el pueblo de Misantla, jurisdicción de La Antigua Veracruz, otorga poder general a don Diego Cardeña, Escribano Público y Real de este pueblo, a don Marcos de Burgo y don Juan Enríquez, vecinos del pueblo de Misantla, para que lo representen en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.
Don José Manuel de Zulueta, de esta vecindad, dijo que, en el mes de mayo del presente año convino con don Francisco Javier y don José María Gorospe en darles una libranza contra don Manuel García de la Mata de 3 170 pesos 6 reales, que tenía en poder de éste según saldo de cuentas corrientes. Y en virtud de necesitar los señores Gorospe de igual suma en las ciudades de Puebla o México, donde el indicado Mata le ofreció al relacionante entregarle el expuesto crédito. Y habiendo recibido la misma cantidad de los Gorospe en esta ciudad y, por otra parte, habiendo Mata protestado o respaldado dicha libranza, convino el que habla con los Gorospe en que se quedara la referida suma de 3 170 pesos 6 reales en su poder caucionándola con la hipoteca de bienes que adelante se hará. Por lo tanto, don José Manuel de Zulueta otorga que debe y se obliga de pagar a don Francisco Javier y don José María Gorospe la supradicha cantidad que de ellos ha recibido, dentro de dos años que comenzarán a contarse desde el día 15 de julio último y en el ínterin los réditos de un 5 por ciento anual. Y para mayor seguridad de esta deuda, hipoteca un rancho de ganado mayor que tiene en tierras ajenas tituladas del Encero, pertenecientes a don Juan Francisco Caraza.
Don José Manuel de Zulueta, de esta vecindad, otorga que debe y se obliga de dar y pagar a don Luis García Teruel, vecino de Lucas Martin, la cantidad de 3 170 pesos, que por hacerle bien y buena obra le ha prestado. Y promete que el pago lo hará dentro de dos años, que comenzarán a contar desde esta fecha y, en ínterin de demora, sus correspondientes réditos de un 5 por ciento anual. Y para mayor seguridad de esta deuda, sus réditos y costas de la cobranza, hipoteca un rancho de ganado mayor que tiene en tierras ajenas tituladas del Encero [Lencero], pertenecientes a don Juan Francisco Carasa, compuesto de una casa, dos cercas, 351 cabezas de ganado, con todo lo que el rancho le pertenece. Quién promete no vender el rancho, ni enajenar, hasta que dicho capital y réditos no estén satisfechos.
Zonder titelDon José Manuel Cruz y Bremont, de esta vecindad, como albacea de su difunto padre, don Anastasio Cruz, quién fue heredero y albacea único de su hermano don Pedro Mariano Cruz, ambos vecinos que fueron de esta villa, otorga que ratifica la obligación e hipoteca que otorgó su tío, don Pedro Mariano Cruz, en la escritura de venta de unas haciendas, rancho y otras estancias, su fecha en la Puebla de los Ángeles el 18 de febrero de 1801, que otorgaron a su favor el presbítero don Francisco Mateo Florido y su hermano don Mariano. Por lo cual, se obliga a satisfacer a los religiosos dominicos de la ciudad de Oaxaca, el principal que de su pertenencia está impuesto a premios sobre dichas fincas, siendo este el de 5 300 pesos y los intereses hasta el día devengados por este principal y los que adelante se devengaren hasta su absoluta redención, en los términos que ha convenido con el apoderado general de la orden, don Antonio Bandini, que son los siguientes: 1 000 pesos en reales que le ha entregado; otros 1 000 pesos que entregará para el mes de junio del año venidero; 4 400 pesos que don José María Barrientos le adeuda de renta como inquilino que es de la hacienda principal nombrada San Nicolás Tectipanapan [Tetipanapa], y que serán entregados a Bandini; y el resto hasta el complemento de dichos premios que ha de pagar en abonos de 1 000 pesos anuales a partir de este junio venidero. Y estando presente, don Antonio Bandini aceptó y declaró haber recibido los 1 000 pesos otorgando el recibo en forma.
Zonder titelDon José de Arias [y Torija], de esta vecindad, dijo que en virtud del poder general que le confirió don Diego Antonio Llanos de Vergara, vecino que fue de esta Villa y hoy residente en la Nueva Veracruz, otorga que vende a don José Ignacio [del] Campillo, residente en esta Villa, un rancho de ganado mayor y menor y de labor, con sus casas, trojes, jacales y terreno, nombrado Zoncuantla, ubicado en las faldas del Cofre de Perote, linda al oriente con tierras que nombran Coapexpan de los naturales de esta Villa, arroyo en medio nombrado Nacastapalapa y río Sordo, al norte con pedazo de terreno que fue de Gabriel de Ochoa, al poniente con pedazo de terreno que fue de don Francisco Javier Fernández de Ulloa y al sur con terreno [potrero] que nombran Briones del mayorazgo de la Higuera. La venta la hace en 8 000 pesos, sin incluir ganado, siembras, herramientas y demás aperos que por separado le ha de traspasar en 3 676 pesos 3 y medio reales que ha satisfecho.
Don José Miguel Rodríguez Rojo, avecindado en esta Jurisdicción, apoderado de don Francisco Antonio Montoya, vecino de la Antigua Veracruz, dijo que por cuanto don Santiago Sainz Sarabia, como albacea del finado don Manuel María Palacio Soto Carrillo, de los bienes del difunto vendió a don Rafael Antonio Lagunes, el rancho de ganado mayor nombrado Rancho Nuevo, en jurisdicción de la Antigua Veracruz, en cantidad de 5 000 pesos que con sus réditos había de pagar el comprador a los dos años de celebrado el contrato, por escritura del 5 de septiembre de 1808, en la cual el otorgante se constituyó como fiador por esta suma y habiendo culminado el término de la paga y consiguiendo Lagunes otra extensión de tiempo para reintegrar a la testamentaria 3 000 pesos que restan, no conviniéndole al otorgante continuar por más tiempo en aquella obligación, nombra en su lugar al citado Montoya, a cuyo nombre lo constituye fiador y principal pagador por los mencionados 3 000 pesos.
Don Diego Antonio Llanos de Vergara, vecino de la Villa de Xalapa, otorga que debe a don Pedro García de la Lama, don Manuel Antonio del Valle, don Pedro Miguel de Echeverría y don Pablo Fraile y Santa María, todos vecinos y del comercio de la Nueva Veracruz, la cantidad de 6,000 pesos, que por iguales partes le han suplido y prestado al otorgante, por lo que se obliga a pagar a cada uno 1500 pesos en el término de 5 años, pagando a cada uno el respectivo premio de 5% anual, como seguro de la deuda hipoteca un rancho de ganado mayor nombrado Zoncuantla, en el que existen 129 cabezas de ganado mayor, 33 mulas, 13 y media yuntas de bueyes, 20 caballos, 8 yeguas, troje, jacales y demás utensilios.