QUECHULA, PUEBLO DE

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              MX UV.USBIX ANC-P-0019-PC_0019_0010 · Item · 1683/03/26
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Diego Flores, vecino del pueblo de Orizaba, se obliga de dar y pagar al Bachiller Gaspar Durán, a doña María, Antonia y Josepha [Josefa] de Cárdenas Durán, hermanos, vecinos del pueblo de Quichula [Quechula], hijos y legítimos herederos de Pedro Durán, difunto, 250 pesos de oro común por otros tantos que dicho Bachiller, sus hermanas y él convinieron en la dependencia del arrendamiento de doscientas cabras y sesenta y ocho ovejas, que el difunto Pedro, le arrendó, de los que ha de pagar 40 pesos anuales, que corren desde hoy día de la fecha hasta concluir los 250 pesos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0019-PC_0019_0031 · Item · 1683/11/21
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez Gaspar de Atienza Palacios, vecino del pueblo de Quichula [Quechula], jurisdicción de la ciudad de Tepeaca, otorga poder a Simón Vanegas de Espinosa, su hermano, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que lo obligue como su fiador y principal pagador, haciendo deuda ajena suya, por los pesos de oro que saque y tome de cualquier persona u obra pía, hasta cantidad de 2 000 pesos, y por sus réditos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0039 · Item · 1729/01/30
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Lucía Álvarez [roto], don Gaspar Rendón, difunto, y don Gregorio Rendón, albacea y uno de los herederos de dicho difunto, exhibió una escritura de una imposición de censo que otorgaron los susodichos de 4 000 pesos de principal a censo redimible a favor del Bachiller don Juan Esteban de la Vera, Clérigo de menores órdenes y vecino del pueblo de Quichula [Quechula] de la jurisdicción de Tepeaca, los cuales cargaron sobre el trapiche de hacer azúcar nombrado San Nicolás Obispo Cuichapa que se compone de 27 caballerías de tierra en jurisdicción de esta villa, y para que conste se registró esta escritura en el libro del becerro.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0048-PC_0048_0059 · Item · 1712/06/21
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Sebastián Manuel de Candia, residente en esta villa de Córdoba y vecino del pueblo de Quichula [Quechula], otorga que debe y se obliga a pagar al Capitán don Gaspar Rendón, vecino de esta villa y Alcalde Ordinario de ella, a saber 1 000 pesos de oro común en reales, que le ha prestado por hacerle bien y buena obra, los cuales pagará de la siguiente manera: 700 pesos para el mes de agosto próximo, en trigo de su hacienda de labor, nombrada San Juan, en el valle de San Pablo, al precio corriente; y los 300 pesos restantes se han de ir desquitando en fletes con sus mulas, desde esta villa para la ciudad de Oaxaca, a razón de 8 pesos cada carga. Como seguro hipoteca su recua, compuesta de 26 mulas aparejadas de lazo y reata.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0037-PX_0037_0113 · Item · 04/02/1761
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Rosa María Monfil, natural del pueblo de Quechula y residente en el pueblo de Jalapa, hija legítima de los difuntos Manuel Monfil y María de Palacios, viuda de Juan Bandala, realiza testamento, en el cual nombra como albacea al Capitán Antonio Ribot y como no posee bienes, solicita que se diga una misa por su alma, de lo que sobre del pago de adeudos que tiene.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0023-PX_0023_0126 · Item · 04/07/1738
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Lucas Cortés, natural de Quechula y vecino de Zoncuantla, hijo legítimo de José Cortés y Agustina Estévez, casado con Micaela de Gorrón, otorga poder para testar y de albaceas a su citada esposa, en compañía de su hijo Marcelino, y como herederos nombra a Marcelino, Francisca y Vicente sus hijos legítimos.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0005-PX_0005_0421 · Item · 12/12/1625
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Antonio Jorge[Jorge Antonio], labrador en el Valle de San Pablo, dio su poder cumplido a Domingo Rodríguez Riveros y a Domingo Vicente, para que puedan arrendar al Capitán Juan Alonso de Mújica, Alcalde Mayor de Jalapa, persona con poder del tutor de los menores hijos de Martín de Bermeo, las labores de Santa Ursula, en términos de Quechula, y el rancho y labor que está en términos de San Pedro, jurisdicción de San Andrés, por el precio, posturas y gravámenes que quisieren.

              1636, Expediente 3
              MX UV.USBIX ANO-E-0081-EO_0081_0055 · Item · 20/08/1637
              Parte de Archivo Notarial de Orizaba

              Diego de Espinosa, vecino de Quechula, manifestó 100 manojos de tabaco de Papantla para vender en este pueblo y su jurisdicción.\n

              1636, Expediente 3
              MX UV.USBIX ANO-E-0081-EO_0081_0164 · Item · 02/05/1639
              Parte de Archivo Notarial de Orizaba

              López Álvarez de Guitar, vecino de Quechula, viandante, manifestó 60 pesos de mercaderías y géneros de la tierra para vender.

              Sem título
              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0272 · Item · 1784/03/03
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Vicente Gómez, hizo exhibición de tres copias de una escritura para que se registre en este libro, de las que se manifiesta haberse otorgado en la ciudad de la Puebla en 26 de febrero pasado, por don José Guerra, vecino y del comercio del pueblo de Quichula [Quechula], en la jurisdicción de Tepeaca, como principal deudor de por sí, y en voz y en nombre de don Pedro Gutiérrez Islas, Regidor Perpetuo, Alférez Real de este Ilustre Cabildo; de doña Antonia Muñoz de Anaya, viuda de don Pedro Agustín de Andrade; y de don Francisco Javier Ajamil, vecino y del comercio de ésta, como sus fiadores. En dicha escritura se manifiesta que don José Guerra presentó memorial ante el Obispo Victoriano López Gonzalo, pidiendo le librara de los principales depositados en las arcas del cofre la cantidad de 6 000 pesos a réditos de 4 por ciento el primer año y de 5 en los demás, en la que ofreció para su seguro la fianza de los citados tres individuos; lo cual dicho obispo lo autorizó y mandó que se le diese la cantidad de 6 037 pesos 4 granos; por lo cual el citado José Guerra se dio por entregado de la cantidad y se obligó a pagarla por sí y por los fiadores de dar y pagar sus respectivos principales en los términos ya citados, y para seguridad del pagó hipotecó todos sus bienes presentes y futuros.

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