PUENTES

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0038-PC_0038_0107 · Unidad documental simple · 1703/07/31
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Juan José Fernández, vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] y residente en esta villa de Córdoba, otorga que vende al Regidor don Francisco de Aguilar, vecino de esta villa, una hacienda de trapiche de beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Limpia Concepción, en jurisdicción del pueblo de San Antonio Guatuso [Huatusco], fundada en un sitio de ganado menor que obtuvo por merced que le hizo el Excelentísimo Señor Conde de Galve, Virrey que fue de esta Nueva España; dicho sitio está en términos de dicho pueblo, en el camino real que va para la Nueva ciudad de la Veracruz, en un arroyuelo de agua que llaman Soquial, y linda con otros tres arroyuelos de agua que corren de norte a sur, uno nombrado Tlacoxolapa, con una puentecilla de madera, y los otros tres que se expresan en dicha merced. La vende con todas sus entradas y salidas, usos y costumbres, aguas, pastos, abrevaderos y todo lo que le pertenece, con todos los bienes y aperos que se compone, los cuales se detallan en esta escritura, en precio de 6 107 pesos y 6 reales; de los cuales 1 000 pesos se los ha de pagar dentro de un año y los 5 107 pesos y 6 reales se han de quedar cargados a censo principal sobre dicha hacienda de trapiche a favor del vendedor.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0017-PC_0017_0024 · Unidad documental simple · 1681/08/21
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Salvador Moreno, Diego de Cozar y Antonio de Olivera, vecinos de este pueblo, dijeron que pidieron y suplicaron al Excelentísimo Señor Arzobispo de México siendo Virrey de esta Nueva España, les otorgase licencia para abrir un nuevo camino desde el pueblo de San Lorenzo Cerralvo, jurisdicción de la villa de Córdoba, para la ciudad de la Nueva Veracruz, por la conocida utilidad que se sigue al trajino general de esta Nueva España; y para ello se obligaban a su costa [roto], asimismo, les concediese el poder fundar y tener en dicho camino tres ventas en los parajes convenientes en propiedad y posesión, así como cobrar de los pasajeros y recuas la contribución que Su Excelencia fuese servido mandar se pagasen, todo lo cual se les concedió como consta del mandamiento. Y luego de haber considerado las partes y lugares por donde dicho camino se debía de abrir, encontraron dificultades y embarazos por los ríos crecidos impasables sin puentes, por lo cual requerían de mucho ducados; y considerando la cortedad de sus caudales para dicho efecto pidieron al Capitán don Lope de Yribas [Iribas], vecino de la villa de Córdoba, para que tomara a su cargo y costa abrir dicho camino, a cambio de que los otorgantes traspasarían la merced y derecho que por dicho mandamiento se les hizo de dichas ventas y contribución de pasajeros y recuas. Por lo cual, el susodicho con mucho trabajo, costas y gastos abrió dicho camino, hizo puentes y fundó dichas tres ventas, todo con su propio dinero. Por tanto los presentes reconocen y otorgan que se desisten de cualquier derecho que en cualquier manera les pertenezca y pueda pertenecer por dicho mandamiento a dichas ventas y cobranzas, y aprovechamiento de dicha contribución, y los ceden al dicho Capitán don Lope de Yribas [Iribas], dando posesión de dichas ventas y derecho de percibir la contribución y poder para que la gane y aprenda como le pareciere. Y en el ínterin se constituyen por sus inquilinos a cuyo favor otorgan esta escritura y declaración para que el susodicho capitán pueda disponer y disponga de dichas tres rentas.

              DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0021-PC_0021_0038 · Unidad documental simple · 1686/07/15
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Sargento Juan Joseph [José] Hernández, vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], dijo que el Excelentísimo Señor Conde de Paredes, Virrey de esta Nueva España, por mandamiento de 15 de junio de este presente año, se sirvió mandar que el señor Capitán y Sargento Mayor don Pedro López del Cano, Alcalde Mayor y Teniente General de esta villa de Córdoba y partido de San Antonio Guatuzco [Huatusco], aderezara a su costa los puentes que están en la punta que llaman de Guatusco [Huatusco], del camino nuevo que va de esta villa a la ciudad de la Nueva Veracruz, e hiciera en él ventas por las que pudiera cobrar, por tiempo de un año, un real a cada persona que por dichos puntos pase a caballo y otro real por cada mula cargada. Y en vista de que el señor alcalde tiene aderezados a su costa los puentes y está construyendo la venta entre ellos, tienen convenido ambos en que han de correr dichas puentes y venta por cuenta del otorgante, desde hoy día hasta dos meses después de que haya salido del puerto de la Veracruz, para los Reinos de Castilla, la flota que este año se espera, con el fin de que pueda aprovechar dicho tiempo [roto]. Por lo tanto, se obliga a pagar al alcalde 700 pesos de oro común por concepto de arrendamiento de la venta y estipendios de los puentes, incluidos 150 pesos que tiene entregados a cuenta, con la condición de que al no venir la flota este año, dicha renta ha de ser tan solamente por 350 pesos por la misma temporada, y obligarse el alcalde a hacer él la dicha venta, en que ha de haber un jacal de 12 brasas de largo, dos de 6 brasas, una cocina, horno de pan y otro jacal para caballeriza.

              DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0057 · Unidad documental simple · 1714/04/27
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Gertrudis Pérez, vecina de esta villa de Córdoba viuda, albacea y tenedora de bienes de Andrés de Leiva; y don Francisco Valero y Alvarado, vecino de esta villa y albacea de dicho difunto; dijeron que entre los bienes del difunto se encuentran dos solares y medio en esta villa, en el barrio de San Sebastián, debajo de linderos conocidos, que hubo y compró de Isabel Pérez de Moya, viuda de Jerónimo de Leiva, por escritura fecha en esta villa el 30 de diciembre de 1711, en la que Andrés de Leiva se obligó a pagar 135 pesos a Juan de Leiva y 215 pesos Antonio de Leiva, hijos y herederos de Isabel Pérez, por sus legítimas paternas; y por cuanto éste último les ha pedido por cuenta y parte de pago le den uno de dichos solares, que está en la calle de San Sebastián, abajo del puente que sale al río Grande y hace esquina, calle en medio, con casa y solar de José de Amaro por la parte del sur; y hace frente, calle en medio, con casa y solar de Juan de Leiva, su hermano, de 50 varas en cuadro. Cuyo solar le dan a Antonio de Leiva en precio de 60 pesos en cuenta y parte de pago de los 215 que paran en poder de Gertrudis Pérez, por legítima paterna del susodicho, quien estando presente entregó recibo.

              FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0033 · Unidad documental simple · 1707/03/07
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don Sebastián de Torija Ortuño, Presbítero, Domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de ella, residente en esta villa de Córdoba; don Jerónimo Hernández, Gobernador actual del pueblo de San Jerónimo Sentla [Zentla] de esta jurisdicción; don Pedro Jiménez y don Andrés Jiménez, Alcaldes; Martín Jiménez y Diego Hernández, Regidores; Andrés Hernández, Alguacil Mayor; don Juan Jiménez y don Martín de Olmos, Gobernadores pasados de dicho pueblo; dijeron que tuvieron pleito ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, con el Capitán don Francisco de Torija Ortuño, Regidor Perpetuo de la ciudad de los Ángeles, dueño de haciendas de ganado menor y de labor, padre del citado don Sebastián de Torija, sobre el derecho a las tierras de la loma que llaman Mataluca [Matlaluca], que están a una legua poco más o menos del pueblo de San Jerónimo Zentla. Asimismo, señalaron que los señores de la Real Audiencia dieron sentencia y ampararon a los naturales sobre la propiedad de la loma en lo más inmediato a su pueblo, las 2 400 varas a 600 por cada viento, y las tierras que quedaron fuera de dichas medidas le tocaron al citado Francisco de Torija Ortuño. También informaron que el 25 de febrero del presente año el Bachiller don Lorenzo de Cabrera, Presbítero, medidor nombrado por el superior gobierno de esta Nueva España, midió las tierras en la loma de Mataluca [Matlaluca], por la parte más inmediata al referido pueblo de San Jerónimo Zentla y después de medidas las 600 varas por cada viento, señalando linderos, se les dio posesión a los naturales, quedando fuera de dichas medidas como tres cordeles de a 50 varas cada una y un ranchito de vacas de dichos naturales, los cuales pasaron a ser propiedad del Bachiller don Sebastián de Torija. Por lo que ahora, en esta presente fecha, los otorgantes han convenido y transigido en hacer una escritura de arrendamiento bajo las condiciones siguientes: Primeramente, el Bachiller don Sebastián de Torija concede plena facultad a los naturales para que entren en sus tierras, pasteen sus ganados mulares y caballares, como no sean vacunos y que no perjudiquen a sus ganados, así como a sus montes, cultivos de milpa, por cuya razón le han de pagar de arrendamiento 50 pesos en cada un año. Segundo, es condición de esta escritura que se han de obligar los naturales a construir la puente que llaman el paso del Cuarto, por donde conduce sus ganados y los de su padre, que siempre la tendrán permanente y en caso de caerse la han de aderezar y componer a su costo. Tercero, es condición que este arrendamiento y transacción ha de durar y permanecer en toda su vida o hasta que sucedan a otro poseedor. Finalmente, los citados gobernador, alcaldes y demás naturales de dicho pueblo de San Jerónimo Sentla [Zentla], habiendo visto y entendido esta escritura por José Márquez, intérprete, dijeron que la aceptaban y se obligaban a los demás naturales a pagar los 50 pesos en cada un año y a hacer la dicha puente.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO