El Cabildo, Justicia y Regimiento de esta muy Noble y Leal villa de Córdoba, a saber el Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Graxera, Alférez Real y Alcalde Ordinario de primera elección; don Raphael [Rafael] de Leyva [Leiva], don Gaspar Rendón y don Fernando [de] Carvajal todos regidores perpetuos, otorgan que dan su poder al Capitán don Lope Antonio de Yribas [Iribas], Regidor perpetuo y Depositario General de Su Majestad, Procurador Mayor del Ilustre Cabildo de esta villa, para que en nombre de ellos y de este Cabildo, demande, reciba y cobre judicial y extrajudicialmente de todas y cualquier personas de cualquier estado o calidad, las cantidades de pesos que por razón de los propios y renta de dicha villa y sus tierras estuvieren debiendo hasta el día de hoy. También para que siga y acabe cualquiera de sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.
PEDRO FERNÁNDEZ DE VES Y SEGURA, JUEZ RECEPTORPROPIOS DE LA VILLA
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El Regidor Balthazar [Baltazar] González de Velilla Blanco, como Procurador Mayor de esta villa de Córdoba, otorga en arrendamiento al Capitán Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa, un pedazo de tierra de los propios de esta villa, que será una caballería poco más o menos, que se halla a la linde de las tierras que posee la viuda de Ma[roto] Díaz, y empieza donde están dos árboles senpualegual [sic] y termina en lo ancho en dicho árbol; asimismo, linda con las tierras que arrendó a Pascual de Peralta y Francisco Machado; por el sur linda con río Seco; y por el norte con las tierras de Matlaquiagult [Matlaquiahuitl]; lo arrienda por tiempo de cinco años y precio de 25 pesos de oro común anuales.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Gaspar Caravajal, vecino de esta villa de Córdoba y Regidor perpetuo en ella por Su Majestad, y Procurador Mayor de sus Propios y Rentas, otorga en arrendamiento al Alférez Antonio Muñoz de Anaya, vecino de esta villa, 6 caballerías de tierra de los pertenecientes a los propios y renta de esta villa, hacia la parte del norte y que son las mismas en donde tiene dicho alférez un trapiche de fabricar azúcar. Colindan al norte con trapiche y sierra nombrada Matlaquiagui [Matlaquiahuitl]; por la parte del oriente tierras del potrero de esta villa; por el sur y poniente con la barranca nombrada Chiltepeque [Chiltepec]. Las arrienda por nueve años y por precio de 60 pesos cada año.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REALGregorio Martínez de Solís, vecino de esta villa de Córdoba, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa, otorga que da en arrendamiento a Francisco de Aguilar, 6 caballerías de tierra de las pertenecientes a los propios y rentas de esta villa, que son las mismas que al presente tiene fundadas unas casas pajizas, que por la parte del norte linda con la sierra nombrada Matlaquiagui [Matlaquiahuitl]; por el oriente con tierras del potrero de esta villa; y por el sur y poniente con la barranca nombrada Chiltepeque [Chiltepec]. El arrendamiento es por tiempo de nueve años en precio de 60 pesos cada uno.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEstando juntos y congregados en las Casas de Cabildo, a saber Cristóbal de Miranda, Alcalde Ordinario, y Alonso Galván, Regidor, los cuales por sí y en nombre de los demás regidores, dijeron que arrendaban y arrendaron para propios de la dicha villa, a Martín Bernal, vecino de la ciudad de los Ángeles, el potrero de esta villa, con sus entradas y salidas, abrevaderos y pastos, para que paste las boyadas de sus carros por tiempo de un año, en precio de 90 pesos de oro común.
JUAN DE MIRANDA, ESCRIBANO DE CABILDOFernando de Carvajal, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, Procurador Mayor de sus Propios, otorga que da en arrendamiento al Licenciado don Antonio de Regules y Villasante, una caballería y medio solar de tierra laborea de las pertenecientes a los propios de esta villa, la misma que poseía Manuel [de Vera], vecino de ella, dicha tierra linda por el oriente con Miguel Martín y Francisco Martín; por occidente con rancho que fue de Sebastián Morán, Marcos [Trujillo] “Yslago” y Pedro Ybáñez [Ibáñez] y al presente del Regidor don Ignacio de Tembra y Simanes; por el norte con sabana tocante a dichos propios; y por el sur con Salvador de Brito, y divide dichas tierras un camino que pasa por el rancho de Salvador Brito con el del Regidor don Ignacio de Tembra y Simanes. El arrendamiento es por tiempo de nueve años a precio de 12 pesos y 4 reales y medio en cada un año, bajo las condiciones siguientes: Condición que no ha de sembrar caña dulce, más que tabacos y maíces; ni haber casas de cal y canto; ni meter otras personas más que la dicha; es condición que en caso de traspasar la tierra a otra persona debe avisar a él o al mayordomo; y asimismo es condición que el arrendatario debe satisfacer los costos de la escritura.
FRANCISCO RODRÍGUEZ ALTAMIRANO, JUEZ RECEPTORDon Alonso García de la Huerta, Regidor Perpetuo, Fiel Ejecutor por Su Majestad en este Ilustre Ayuntamiento y su Procurador General, con poder bastante para administrar y arrendar sus propios y rentas, otorga que da en arrendamiento a don Thorivio [Toribio] Rodríguez Cabanzón, de esta vecindad y comercio, dos caballerías escasas de tierra pertenecientes a dichos propios, que se hayan en el paraje que nombran Mata Coyote, dichas tierras son las mismas que tenía en arrendamiento Miguel Tuxillo [Trujillo] y en las que se hallaba su rancho; linda por la parte de oriente con rancho de don Pedro Miranda Zevallos [Ceballos] y de Tomás Yñiguez [Íñiguez], por el poniente con rancho quedado por bienes de don Andrés Gómez; por el norte con el de José Quirasco; y por el sur con los de Pablo Gil y Fulgencio de Salas; por medio de dichas tierras está el camino real que va para la estancia de Monte Blanco. El arrendamiento es por nueve años en 24 pesos y 4 reales en cada uno, bajo las condiciones siguiente: Primera, que no ha de sembrar caña dulce; segunda, que no ha de introducir otro tercero que la disfrute; tercera, en caso de traspasarla ha de noticiarlo antes a la parte de este Ayuntamiento.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDODon Alonso García de la Huerta, Regidor Perpetuo, Fiel Ejecutor por Su Majestad de este Ilustre Cabildo y su Procurador, con poder para administrar sus propios y rentas, otorga que da en arrendamiento a Astacio Francisco, indio del barrio del Señor San José de esta dicha villa, tres cuartos de caballería de tierra tocantes a dichos propios en el paraje nombrado las Ánimas, dichas tierras lindan por el oriente con rancho de Juan Diego igual natural; por el poniente con el de don Ignacio Rico; por el norte con el de José Díaz, mayoral de la obligación; y por el sur con el de Lucas Alberto, todos en tierras pertenecientes a este Ayuntamiento. El arrendamiento es por tiempo de nueve años, en precio de 9 pesos y 3 reales en cada uno, bajo las condiciones siguientes: Primera, no ha de sembrar caña dulce; segunda, que no ha de introducir en ella otro tercero que la cultive; tercera, que en caso de traspasarla debe noticiarlo antes a la parte de este Ayuntamiento.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOBalthasar Gonzales de Belilla Blanco [Baltazar González de Velilla Blanco], Regidor Perpetuo y Depositario General de esta villa de Córdoba, como tal depositario otorga en arrendamiento a Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa, 4 caballerías de tierras de las que pertenecen a los propios de esta villa, entre la [roto] de Matlaquiaguitl [Matlaquiáhuitl] y el río Seco, por tiempo y espacio de nueve años por el precio de cada uno de 50 peos de oro común, que ha de ser obligado a pagar por sus tercios corridos cada cuatro meses.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOJuan de Soto Noguera, Alguacil Mayor del Santo Oficio de la Inquisición en esta jurisdicción de la villa de Córdoba y la de Orizaba, vecino en ella, vende a Juan García de Miranda, su primo, vecino de esta villa, un trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, más o menos a una legua de esta dicha villa, nombrado San Pedro Mártir, el cual edificó en tierras pertenecientes a los propios de esta villa. Lo vende [roto] cañas, aperos y de lo demás que le pertenece por precio de 2 705 y 6 tomines de oro común, los cuales ha de pagar en un plazo de tres años.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO