Real provisión compulsoria emitida por el Rey para trasladar a la Real Audiencia el proceso que contra Francisco Martín Espejel, dueño de sus carros, le sigue Juan Coronado, Juez del Camino nuevo de la ciudad y puerto de la Veracruz, quien dio orden de aprenderlo por haber comprado unos carros y bueyes a Agustín de Sosa y a Francisco González, carreteros, sin saber que estos sujetos habían tenido cuestión con un fulano moreno, mayordomo de la cuadrilla de carreras de Diego Díaz, y que en la cuestión había salido muerto un indio, por lo cual Francisco Martín Espejel, apela la orden del Corregidor, argumentando que éste no tiene jurisdicción, ni él ha cometido delito, y que por estar en prisión ha perdido como 6 000 pesos por unos bueyes que se le han extraviado y no pudo ir en su búsqueda.
PLEITOS
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Don José María Villaseñor, Oficial de la Dirección General de la Real Renta de Tabaco y Secretario de la Intendencia General de la Tropa acantonada en las inmediaciones de Veracruz, otorga poder especial a don José Bernardo Baz, del comercio de la capital de México, para que pueda transigir y componer el pleito económico que mantiene con don Pedro [José de] Berazueta, albacea del difunto don José Antonio del Río, ambos del citado comercio, haciendo para su verificativo todos los actos, agencias y diligencias que sean necesarias.
El Bachiller don José García de Zepeda, Presbítero, Vicario de la doctrina del pueblo de San Pedro de Ysguatlan [Ixhuatlán] de la jurisdicción de la villa de Córdoba, en voz y nombre del común y naturales del pueblo de San Francisco Chocamán de dicha doctrina, en virtud del poder general que le otorgaron; y el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de la villa de Córdoba y dueño de haciendas del beneficio de hacer azúcar, de labor y de ganado mayor en jurisdicción de dicha villa; dijeron que están siguiendo pleito ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, sobre tierras que pertenecen a dicho pueblo, y habiendo personas cristianas deseosas de la paz y porque de los pleitos se originan malas consecuencias, odios y discordias, han tenido a bien hacer composición, para lo cual les han pedido otorgar escritura de compromiso y nombrar jueces arbitrios, arbitradores y amigables componedores, para que éstos determinen en vista de los instrumentos y papeles que dicho capitán entregue, por haberse quemado los papeles que tenía el bachiller. Por lo tanto, el Bachiller don José García, en nombre de los naturales de San Francisco Chocamán, nombra por juez árbitro a don Baltazar González de Velilla Blanco, Depositario General y Regidor Perpetuo de esta villa; y el dicho Capitán don Antonio de Leiva nombra por su parte al Capitán Francisco Pibot y Tapia; para que cada uno enterados de su derechos y acciones, procedan a dar su parecer y sentencia. Y en caso de discordia nombran por amigable componedor al Factor don Lorenzo de la Torre, Gentilhombre de la Boca de Su Majestad, del Orden de Calatrava, Factor, Veedor, Juez, Oficial Real de la Real Audiencia y Caja de la ciudad de la Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa por Su Majestad, para que los tres den su sentencia, la cual harán y pasaran por ella, con pena convencional de 500 pesos al que a ella falte.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Francisco de Meza de Mendoza, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de trapiche de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder especial a Capitán don Francisco de Uribe la Rea, vecino de la ciudad de México, Agente de Negocios en ella, para que en su nombre lo pueda obligar a favor de Gaspar Raymundo Padilla Guardiola y Guzmán, Caballero de la Orden de Calatrava, vecino de dicha ciudad, en cantidad de 1 000 pesos que le debe el Capitán don José de Nava Vallesteros, Alcalde Mayor de la ciudad de Teguacan [Tehuacán], quien se ha de obligar como principal y don Francisco de Meza de Mendoza como su fiador.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOJuan Morera de Silva, Escribano del Rey, vecino de esta villa de Córdoba, que al presente asiste [roto] del oficio público y del cabildo de ella, como Teniente del Capitán Juan Jiménez, su propietario, otorga que da su poder a Francisco Javier de Luna, Procurador del Número de la Audiencia Ordinaria de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre parezca ante el Capitán don Felipe de Sierra y Cangas, Alcalde Ordinario por Su Majestad, y pida el auto proveído presentado por Pedro Ignacio Rodríguez, sobre la injusta demanda que sigue contra el presente otorgante, conforme a ello se le dé testimonio para el seguimiento de dicha apelación y hasta que la consiga, haga pedimentos, requerimientos, y los demás autos, diligencias.
LOPE ANTONIO DE IRIBAS, JUEZ RECEPTORDon Sebastián de Aranda, Gobernador; Juan Luis y Baltazar Melchor, Alcaldes; Melchor Baltazar y Baltazar Juan, Regidores; Joseph [José] de Santiago, Alguacil Mayor; Juan Francisco, Fiscal de la Iglesia; Domingo de la Cruz y Joseph [José] Lorenzo, Tequitlatos; don Pedro Miguel y Juan Francisco, mandones; todos del pueblo de Santa Ana Sacan [Zacán] de la jurisdicción de San Antonio Guatusco [Huatusco] y villa de Córdoba; y Lucas Sánchez, vecino de este pueblo, en nombre y como apoderado del Capitán don Juan González de Olmedo, Alguacil Mayor de la Real Hacienda y Caja de la Nueva Veracruz y Guarda Mayor de sus puertos por Su Majestad; dijeron que por cuanto el Capitán don Juan González de Olmedo ha seguido pleito ante la Real Justicia de la villa de Córdoba contra los naturales del pueblo de Santa Ana Sacan [Zacán], debido a que éstos pretenden tener derecho a unas tierras que tiene y posee dicho capitán en esta jurisdicción, en el paraje nombrado de Tepeyagualco. Sobre lo cual se han seguido diferentes autos y por uno proveído por el Capitán don Antonio Orejón de la Lama, Alcalde Mayor de dicha jurisdicción, se mandó amparar al Capitán González de Olmedo en la posesión de las tierras que le tocan y pertenecen según los títulos y mercedes que de ellas tiene. Y estando en el sitio nombrado Tepeyagualco [Tepeyahualco] para proceder al amparo de posesión a favor de don Juan González de Olmedo, presentes el gobernador y demás oficiales de república de dicho pueblo, las justicias de partidos y escribano, don Juan González y los naturales se convinieron y concertaron mediante personas celosas de la paz y por excusar pleitos, enemistades y gastos. Por lo cual en vía de transacción y concierto acordaron que el Capitán González de Olmedo les hiciese gracia y donación de una caballería de tierra por lo ancho y por lo que le correspondiera por largo, desde el dicho paraje de Tepeyahualco hasta la sierra de dicho pueblo de Santa Ana [Zacán], corriendo hasta los linderos de dicho pueblo, con lo cual unos y otros se desisten y apartan del pleito para no seguir ni proseguirlo, asimismo, los naturales se ajustaron a las condiciones del convenio mencionadas en esta escritura.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Pedro del Puerto Vicario, vecino y del comercio de la Nueva Ciudad de Veracruz, otorga poder especial a don José Segreste, vecino de San Juan de los Llanos, para que en su nombre se presente ante el subdelegado de ese pueblo y reciba los autos que sobre pesos sigue el otorgante en aquel juzgado contra don Juan Francisco Reyes, de aquella vecindad.\t
Don Baltazar Ruiz Fernández, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa de Xalapa, otorga poder general en primer lugar a don José Antonio de la Madrid y Lobiano y en segundo a don Miguel de Lizardi, vecinos de la Nueva Veracruz, para que cobren todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos y géneros que le deban, así también para que lo represente en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, en especial con los que puedan ocurrir en representación de los hijos del finado don Ignacio Muñoz, de los cuales, el declarante es curador.
Don Pedro Bartolomé Aragón, vecino de la Villa de Xalapa, en nombre de don Francisco Antonio de la Torre, vecino de la Ciudad de la Nueva Veracruz, dijo que ha seguido pleito con don Nicolás Manuel Fernández, como apoderado de los herederos de don Felipe Montes de Guevara, vecinos de la península de España, sobre preferencias de deudas o créditos de cada uno por 12, 819 pesos 5 y 1/8 reales, que se hayan en depósito perteneciente al deudor común don Juan Antonio Gómez; por lo que don Pedro Bartolomé, en nombre de dicho su poderdante, obliga a éste a devolver incontinenti 6, 900 pesos en caso de que la Real Audiencia nombrase a dichos herederos de don Felipe como acreedores más privilegiados.
Don José Antonio de la Pedreguera, Capitán del Regimiento de Provinciales de Córdoba y Jalapa, vecino de este último pueblo, otorga poder especial a don Francisco Tomás de Acevedo, Procurador del Número de la Ciudad de la Nueva Veracruz, para que lo defienda en el pleito que tiene pendiente con don José Rodríguez de Barca, residente en dicha ciudad, por el pago de un depósito de 411 pesos y 2 reales, que debe al otorgante.