Rosa López y su hijo Luis Domínguez, dijeron que ambos se obligan a pagar a Manuel de Olmedo, la cantidad de 417 pesos y 5 reales, dentro de 2 años, que empezaran a contarse a partir de la fecha de esta escritura, y para seguridad de esta deuda hacen hipoteca de una casa que tienen en este pueblo, en la Calle Real que de la Plaza Pública va para los ejidos de este pueblo y hace frente a ella y a la casa de Margarita de Castro, calle en medio y linda por el costado del norte con casa de Antonio de Herrera, al sur con la del Capitán Andrés Monares y Vargas y al fondo con la de los herederos de Francisco de Campo, libre de censo.
PLAZA PÚBLICA
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Doña Margarita Josefa Martínez Navarro y don Francisco Javier Fernández de Ulloa, madre e hijo, vecinos del pueblo de Jalapa y albaceas del difunto don Laureano Fernández de Ulloa, reciben de doña María Nicolasa de Torquemada, y sus hermanas, vecinas del mismo pueblo, un depósito irregular por la cantidad de 800 pesos mismos que se obligan a pagar dentro de 3 años, con un rédito del 5% anuales, por lo que hipotecan unas casas de edificio alto que quedaron de los bienes de dicha testamentaria, que lindan al poniente con la esquina a la Plaza Pública y Calle Real, para salir al Camino Real de la Veracruz y la Plaza Pública, al sur con la Calle Real y casas de Matías de la Mora Castañeda, de don José de la Calle y don José Sanchinel, al oriente con casas de don Gabriel de Arteaga y al norte con Mesón de don Bartolomé Salvo, llamada de la Plaza.
Don Manuel Felipe Fonte de las Cuevas, vecino de ella, presentó testimonio de una escritura otorgada en la ciudad de la Puebla de los Ángeles a 20 del presente mes y año, y pidió se registre en este libro, y en él consta que don Gabriel de Segura y Ceballos, vecino de la citada ciudad, vendió al convento de la Pura y Limpia Concepción de Nuestra Señora, una casa de altos y bajos, ubicada en la calle que va de su plaza Pública a la iglesia del convento de religiosos Carmelitas Descalzos, en sitio de 26 varas de frente; dicha casa la obtuvo por donación que le hizo su madre doña Gertrudis López de Sagade Bugueiro, viuda de don José de Segura y Ceballos. La venta la hizo en precio de 8 000 pesos de oro común, los 2 800 de dos censos, que reconoció el Licenciado don Diego García, Presbítero y mayordomo del referido convento, y los 5 200 restantes que le dio el susodicho en reales de contado, y otorgó recibo en forma, obligándose a la exhibición de la venta; en cuyo seguro, y en el de que por razón de las herencias paternas, de los legítimos hermanos del expresado Gabriel de Segura, no se demandaría en ningún tiempo al citado convento, sobre la venta de la mencionada casa, y para ello hipotecó una hacienda de fabricar azúcar nombrada Señor San Joaquín.
Sem títuloDon Pedro Ignacio de Andrade, hizo exhibición de un testimonio de una escritura para que se registre en este libro y en él se manifiesta que en la ciudad de los Ángeles en 16 de marzo de 1767, el Licenciado don José Miguel de Figueroa, Presbítero de este obispado, otorgó escritura de obligación a favor del Licenciado don Manuel Mariano de Loaiza, Presbítero y Sacristán Mayor del convento de señoras religiosas de la Purísima Concepción de Nuestra Señora de dicha ciudad, de 300 pesos que por hacerle favor le suplieron en reales de contado, cuya paga hará dentro de cinco año y en el ínterin sus réditos de 5 por ciento, y para seguridad del pago hipotecó una casa de alto y bajo, que por suya propia posee en esta villa de Córdoba en la calle que sale de la plaza Pública a los ejidos.
Sem títuloManuel Gómez Dávila, Presbítero de este obispado, vecino de esta villa, hizo exhibición para que se registre en este libro el testimonio de una escritura que otorgó hoy día, por el consta que como albacea de María Gertrudis López de Villaseñor, hizo imposición de 200 pesos sobre la casa que quedó en esta villa por bienes de la susodicha, la cual es de cal y canto, cubierta de madera y teja, fundada en solar propio que se halla en la calle que sale de la plaza Pública para el pueblo de Orizaba, a censo principal redimible, con obligación de rédito para que se conviertan los 5 pesos primeros en una misa cantada a Nuestra Señora del Tránsito el 15 de agosto de cada año, en el convento de religiosos Franciscos Descalzos de esta villa con la advocación de Señor San Antonio de Padua; y los otros 5 pesos restantes para que igualmente se cante una misa cada año a San Pascual Bailón que lo es el 17 de mayo, con especial hipoteca de dicha casa.
Sem títuloJuan Manuel de la Cruz y Llorente, vecino de Orizaba, residente en ésta, hizo exhibición de dieciocho copias o testimonios de una misma escritura para que se registren en este libro, su data en la Puebla de los Ángeles a 23 de marzo de este año, y de ella consta que don Juan Bringas de Manzaneda, vecino y labrador de la jurisdicción de Orizaba, a nombre y en virtud de los poderes de doña Isabel María de Sagade Bugueiro, viuda del Capitán don Diego Bringas de Manzaneda, sus padres; del Licenciado don Diego Bringas de Manzaneda, Presbítero Domiciliario de este obispado; de don José Bringas de Manzaneda, Presbítero Domiciliario; de don Antonio Bringas de Manzaneda, de don Manuel Bringas de Manzaneda, vecinos de dicho pueblo de Orizaba, hijos y herederos del referido capitán, por el que le confirieron; de don Ignacio Bringas de Manzaneda, mayor de veinticinco años, también hijo del referido capitán; y de don Diego Fernández Roldán, como curador ad lítem de doña Isabel de Bringas de Manzaneda, menor hija e igual heredera del enunciado capitán; impuso y cargó sobre su persona y bienes, y los de sus partes, sobre tres haciendas del beneficio de hacer azúcar, tituladas Nuestra Señora de la Concepción, alias Toluquilla, y San Antonio de Padua, situadas en esta jurisdicción, y la otra situada en jurisdicción de Tepeaca al pago de San Andrés Chalchicomula titulada San Antonio Atzitzintla, la cantidad de 24 000 pesos de principales de capellanías y obras pías. Y como real deudor por sí y en nombre de la nominada su madre y hermanos en virtud de los referidos poderes, por el importe de sus legítimas, y para que siempre sea preferente dicha cantidad al de ella, se obligó y les obligó a que satisfarán y pagarán dicha cantidad haciendo obligación de ellos en la Secretaría de Cámara y Gobierno de este obispado en el término de cinco años; y para seguridad de la relacionada cantidad y sus réditos hipotecó, sujetó y gravó las referidas haciendas de labor y beneficio de hacer azúcar, asimismo hipotecó las casas y un solar que existe en dicho pueblo de Orizaba, una grande de edificio alto y bajo, otra de edificio alto y bajo en la calle Real de dicho pueblo, otra de cal y canto cubierta de madera y teja en el barrio de San Juan de Dios, otra baja en la calle Real, otra que hace esquina en la calle Real, otra de cal y canto cubierta de madera y teja en la calle que sale de la plaza Pública para río Caliente de dicho pueblo, otra que se remató por bienes de don Bartolomé [roto] al expresado su padre, otra en la misma calle Real a la salida de dicho pueblo para la villa, y otra de cal y canto que le fue vendida a su padre, que todas componen once.
Sem títuloDon Vicente Gómez, de esta vecindad, hizo exhibición de un testimonio de escritura para que se registre en este libro, y en él se manifiesta que, en esta villa en 16 de julio del corriente, Rafaela María de Piña, doncella, mayor de veinticinco años, vecina de ésta, confesó haber recibido del Capitán don Francisco Antonio de la Llave como mayordomo de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, sita en la santa iglesia parroquial, 100 pesos para reconocerlos por vía de depósito irregular con obligación de réditos sobre una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, edificada en solar propio de 50 varas en cuadro, que se halla en esta esquina, en dos calles, la una que de la plaza Pública se va al camino que sale al pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], y la otra que del río que nombran San Antonio va a los ejidos; dicha cantidad se obligó a pagar dentro de cinco años, y para seguridad del principal y rédito hipotecó la dicha casa y solar.
Sem títuloDoña Catalina de Molina y Contreras, viuda del Regidor don Tomás Antonio de Tablas, vecina de esta villa, hizo exhibición de dos copias testimoniadas de una escritura para que se registre en este libro, y de las diligencias practicadas para su efecto consta que don Tomás y la otorgante instituyeron y fundaron una capellanía de misas rezadas con el principal de 3 000 pesos sobre una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja que poseen en esta villa; y que después la otorgante transfirió el dominio de dicha casa por venta que de ella le celebró a don Pedro Agustín de Andrade, quien se obligó a reconocer sobre ella el expresado principal, con calidad de que siempre que se le proporcionara su redención lo había de ejecutar. Asimismo, en las diligencias consta que por carta que escribió al Licenciado don José de Tablas, actual capellán de dicha capellanía, le expresó estar pronto a exhibir la cantidad de los 3 000 pesos; y en consecuencia de ello, el dicho licenciado lo expresó por memorial al Ilustrísimo señor obispo de esta diócesis, manifestando que la otorgante estaba pronta a reconocerlos sobre una casa de altos y bajos, de cal y canto, cubierta de madera y teja, que por su propiedad posee en esta villa. También se cita que como respuesta el obispo dijo que, exhibiéndose primero los 3 000 pesos en la Secretaría de Cámara y Gobierno de este obispado, y constando jurídicamente la anuencia y consentimiento que debe proceder a esta imposición del capellán propietario, y que por parte de doña Catalina otorgara la escritura de obligación con hipoteca de sus bienes y de la citada casa, se despacharía el libramiento acostumbrado para la entrega de los 3 000 peos. Por lo que en consecuencia de ello, en la ciudad de Puebla de 29 de octubre pasado, por don José Mariano Rendón Palomino, Procurador de la Causa Eclesíastica de dicha ciudad, en voz y en nombre de la otorgante, y en virtud del poder que ésta le confirió al Licenciado José de Tablas, quien se lo sustituyó, procedió al otorgamiento de dicha escritura y confesó en ella deber la expresada otorgante y la obligó a pagar a la referida capellanía los 3 000 pesos de su principal con sus réditos de 5 por ciento en cada un año, los cuales se dio por entregado, y para seguridad del principal gravó por expresa hipoteca la mencionada casa que por su propiedad posee la otorgante, fundada en la plaza Pública de esta villa.
Sem títuloDon Vicente Gómez, de esta vecindad, exhibió para que se registre en este libro un testimonio de una escritura que otorgó en la presente fecha don Juan García, de esta vecindad, por la que se demuestra que recibió del Capitán don Francisco Antonio de la Llave, de esta vecindad, como mayordomo de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, sita en la santa iglesia parroquial, 100 pesos para reconocerlos por vía de depósito irregular con obligación de réditos, sobre una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, la que se halla en esquina, en dos calles, la una que de la plaza Pública, por el costado izquierdo de la santa iglesia parroquial, sale al camino Real que va a Veracruz; y la otra que del barrio de San Miguel se va a los ejidos. Dicha cantidad se obligó a entregar en tiempo de cinco años y en el ínterin sus réditos de 5 por ciento en cada un año, y para mayor seguridad del principal hipotecó la referida casa.
Sem títuloVicente Gómez, exhibió dos copias testimoniadas de una propia escritura para que se registren en este libro y de ellas se manifiesta que en esta villa en 15 del corriente mes, el Capitán don Francisco Antonio de la Llave y don José Joaquín Enríquez, albaceas testamentarios de don Francisco de Castro Martínez, vendieron a doña Eugenia Gertrudis de Agra, viuda de don Agustín Alegre, vecina de esta villa, una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, edificada en solar propio de 25 varas de frente y 50 de fondo, ubicada en esta villa, en esquina, en dos calles, una que sale de la plaza Pública para el camino Real que va a la Nueva Veracruz y la otra que viniendo del ejido va a dar para el barrio que llaman Tetitlán, alias las Casillas; en precio de 2 100 pesos, los 1 050 que ha de reconocer sobre ella a censo principal redimible con obligación de réditos a favor de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, sita en la iglesia parroquial, con arreglo a lo que dispuso dicho difunto, y los 1 050 pesos restantes que dio de contado; por lo que la susodicha se obligó a pagar la cantidad con sus réditos de un 5 por ciento, y para mayor seguro del principal hipotecó la expresada casa.
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