El Capitán Diego Cardeña, vecino de este pueblo de Jalapa y Escribano Público, informa que tuvo cuentas con el Capitán Fernando Bazan de Otero, difunto, por la cantidad de 1, 207 pesos y 4 reales, los cuales no pudo pagar en el plazo establecido, por lo que nuevamente se compromete a realizar el pago de dicho adeudo con Ángela de Malpica y don Juan de Quiñónes, adeudo que ha aumentado 560 pesos, los cuales cubrirá de a 100 pesos en cada año.
PEROTE, PUEBLO DE
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Pedro García, vecino del Paraje de Cruz Blanca en el Camino Real entre la venta de las Vigas y el pueblo de Perote, otorga poder general a don Ángel López de Santa Ana, Escribano Público y del Cabildo de la ciudad de la Nueva Veracruz, para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales que tenga, lo defienda y demande, para lo cual comparezca ante cualquier juez, justicias, ministros y tribunales, superiores e inferiores, seculares y eclesiásticos.
Diego Cardeña, vecino y Escribano Público del pueblo de Jalapa y su jurisdicción de Jalacingo, otorga poder a don Felipe Antonio de la Peña, español y vecino de la Ciudad de México, para que en su nombre pida, reciba y cobre de cualquier persona particular, comunidades, fabricas, tenedores de bienes de difuntos, todas las cantidades de pesos reales, oro, joyas y otras cualquiera, que le deban y de lo que reciba y cobre otorgue recibos, cartas de pago, lastos y finiquitos.
Don Pedro Calatayud y Salat, Teniente del Regimiento de Dragones y residente del pueblo de Jalapa, otorga poder general a don Pascual Bordalaga, vecino de la Ciudad de Valencia, en los Reinos de Castilla, para que tome cuentas a todas las personas que le deben, en especial a los bienes, albaceas y herederos de don Cristóbal Cleregues, Escribano Público de la Ciudad de Valencia, y también se encargue de todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.
Don Francisco Flores, de esta vecindad, dijo que en el tiempo que fue Subdelegado del partido de Jalacingo satisfizo de más en distintas partidas que hizo en el entero de Reales Tributos, por los naturales del pueblo de Perote, la cantidad de 237 pesos 6 reales y 3 granos. Para la devolución de ellos se practicaron varias diligencias con las que se informó a la superioridad del Señor Virrey a través del Señor don Diego García Panes, Intendente interino que fue de la provincia de Veracruz, y al comunicarle al otorgante que vaya al Ministerio de Real Hacienda para que le devuelvan dicha cantidad, procede a otorgar poder especial a don Antonio Figueroa, Escribano Real y Público del Número, para que en nombre del otorgante cobre judicial o extrajudicialmente del ministerio de aquellas cajas provisionales la nominada cantidad.
Don José Pedro Puey, vecino y del comercio del pueblo de Perote, residente en esta ciudad, dijo que por escritura que se otorgó en el pueblo de San Juan de los Llanos, el 4 de diciembre de 1806, se certifica y consta que don Manuel González Solares, vecino del pueblo de Perote, impuso la cantidad de 8 000 pesos en favor del comparente y de su hermano don Juan Puey, hijos ambos del difunto don Ignacio Puey, vecino que fue del pueblo de Tepeyahualco, menores de edad en aquella fecha, a censo principal redimible sobre la hacienda Santa Clara, el Portesuelo (alias) Santa Gertrudis, rancho de Jaltepec y demás sitios que le pertenecen, ubicados en jurisdicción de los Llanos, misma que hubo y compró el expresado Capitán don Manuel González Solares a don José Cruzado y Sevilla, labrador de ese partido. Que fallecido el citado don Juan Puey, el comparente le sucedió abintestato como hermano y único heredero, por esa razón le pertenecen los 8 000 pesos. Y que siendo deudor de igual cantidad a don Félix Bustamante, vecino del pueblo de Perote, por el total valor de la casa mesón, situado en aquel pueblo, su tienda y enseres que Bustamante vendió al comparente por escritura otorgada en esta ciudad a 10 de mayo de 1822, ante don Juan Francisco Cardeña, escribano público. Casa que traspasó Bustamante en favor de don Antonio Suárez de la Cueva y su esposa doña María Dolores Fernández de Lechuga, ambos vecinos de Perote, como consta de escritura que pasó ante don José López Guazo, Escribano Nacional y público de Méjico, a 26 de marzo de 1830. De lo cual, ha meditado pagar a Cueva el valor de la casa y tienda con los 8 000 pesos a censo de que se habló al principio, en lo que ambos están convenidos. Por lo cual, el comparente a nombre propio y en el de su difunto hermano, don Juan Puey, otorga que subroga en don Antonio Suárez de la Cueva y doña María Dolores Fernández de Lechuga, cediéndoles todas las acciones directas y ejecutivas que al otorgante competen sin reserva alguna al censo principal y redimible de 8 000 pesos que en su favor se reconoce en la expresada hacienda. En cuya virtud, puedan ambos consortes presentarse con el testimonio de este instrumento ante los poseedores de la citada finca, pidiendo la redención de los explicados 8000 pesos o consintiendo la prosecución del censo, demandando el correspondiente redito de 5 por ciento anual, desde hoy en adelante.
UntitledAlonso Soltero, asistido por el escribano Benito Gilón y dos testigos, dice que el testamento arriba contenido expresa su pensamiento y última voluntad y desea se guarde y cumpla como tal.
Doña María Josefa Casanova, de esta vecindad, viuda del finado don Domingo Aravalles, tutora y curadora ad bona de doña María Guadalupe Aravalles, hija única, otorga poder especial a don Cristóbal Álvarez, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, para que en su nombre y representación del mencionado encargo de tutora de su hija, perciba y cobre del Real Tribunal del Consulado de dicha ciudad, la cantidad de 3 000 pesos y réditos que le adeudan desde el año pasado de 1812, de cuyo capital y premio le otorgaron carta de obligación y reconocimiento el mismo tribunal, en aquella ciudad el 29 de diciembre de 1809, por ante el escribano don José Ramón de Betancurt, cuya obligación fue por el término de cinco años, ya vencidos con exceso, y para el seguro de la deuda hipotecaron en ella los arbitrios de avería y peaje que les están concedidos a dicho consulado, pues este capital se invirtió en la obra del camino carretero de Veracruz a Perote.
José Rafael y Dolores Vargas, hermanos; Agustín Aguilar, marido de Juana Rosa [Vargas], hermana también de aquellos; y Jacinto Vargas, en representación de su madre María Vargas, difunta, hermana que fue igualmente de los antes mencionados; dijeron que por herencia de los padres de los Vargas les quedó una casa de edificio bajo con sus paredes de piedra y lodo y el solar que le corresponde. Casa que está ubicada en esta ciudad, en la calle que llaman de San Miguel, con su frente de 15 varas al oriente y 29 varas de fondo al poniente, por donde linda con solar que hoy posee don Manuel de la Torre Carvia, por el costado del norte linda con casa de la testamentaria de don Juan Antonio Pardo, y por el costado del sur con casa del finado Valentín Luna, siendo de la pertenencia de los relacionados Tapias, que linda con Carvia y con la casa de Pardo. Cuya deslindada finca, venden a don Andrés Bremont, en precio de 300 pesos, que señalan tienen recibidos. Los comparentes señalan que aparte del recibo, entregan título en dos fojas que contienen parte de información pedida por los herederos de don Salvador Vázquez relativa a la posesión del solar en que está ubicada la casa, y otras cuatro fojas que comprenden el testimonio de una escritura otorgada por los mismos herederos de Vázquez sobre la venta del propio solar a una doña María Vivanco, ante el escribano don Miguel Eustaquio Cardeña con fecha de 19 de octubre de 1769. También suponen que la dicha Vivanco edificó esa casa, aunque no se encuentran documentos sobre esto, señalan que se obligan a la seguridad y saneamiento de esta venta, y en caso de que haya algún reclamo y se origine pleito, ellos tomaran voz y defensa señalando que, en caso de salir culpables de delito, devolverán el precio de la venta y pagarán los gastos que se originen.
UntitledDon José Antonio Suárez de la Cueva, vecino de Perote, otorga poder a don Miguel Eustaquio Cardeña, Escribano Real, para que en su nombre cobre todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos y demás efectos que le adeuden y siga contienda de juicio si fuese necesario.