El Capitán Manuel de Olmedo, vecino del pueblo de Jalapa, con poder general que le otorgó don Francisco de Echebeste, vecino de la Ciudad de México, funda una Capellanía con un principal de 3, 000 pesos, cargados sobre tres casas del fundador con 1, 000 pesos en cada una, de los cuales los capellanes cobrarán los réditos anuales de 50 pesos, en cualquiera de los Obispados de la Nueva España, nombrando como Patrono a Manuel de Olmedo, como Capellán a Francisco de Olmedo y Araciel, hijo del poderdante, por la falta de éste a sus hermanos y por la ausencia de éstos, se realizará un sorteo para elegir al mas idóneo, el cual cubrirá dicho puesto por el periodo de 3 años.
PATRONATOS
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Don Domingo Díaz Mier, vecino del pueblo de Jalapa, albacea de don Manuel Domínguez, informa que éste mandó a fundar una capellanía, dotándola de 2, 000 pesos de oro común, cantidad que carga a censo sobre unas casas altas de piedra, cal y cubiertas de madera y tejas que posee en este pueblo, valuadas en 5, 041 pesos 6 ½ reales, obligándose a pagar de los 2, 000 pesos a patronos y capellanes, 100 pesos de tributo y rédito anuales, nombrando como primer capellán a su hijo don Juan Bernardo Díaz Mier y por muerte de este a don Pedro Díaz Mier, con la condición de que la dote de esta capellanía no se podrá conmutar en otra obra pía, y en caso contrario, el patrono se encargará de distribuir bien las limosnas y sufragios.
Doña Gertrudis de la Gala y Thormes, viuda, vecina del pueblo de Jalapa, como patrona que es de la Capellanía que fundó doña Sebastiana de la Gasca de 1, 000 pesos de principal, que situó sobre una casa, otorga que revoca y anula las cláusulas que esta en la fundación de dicha capellanía, acerca de que los patronos de ella pudiesen imponer el principal de ella, siempre que se redimiese donde pareciese a sus patronos y consiente que de aquí en adelante en las ocasiones en que se redimiese el principal, se imponga de nuevo a la voluntad de los obispos de la Puebla de los Ángeles, para lo cual se ha de hacer dicha redención con intervención del patrón que fuere, en cuya conformidad corrige y enmienda dicha cláusula en virtud de lo mandado por el señor don Diego de Perea, prebendado de la Santa Iglesia Catedral, Juez de Capellanías y Obras Pías, y quiere así se guarde, cumpla y ejecute.
Sebastián Díaz de Acosta, vecino del pueblo de Jalapa, dijo que habiendo quedado como albacea de su tío el Licenciado Diego González, Presbítero patrono de la capellanía de misas que instituyeron Diego González y Mariana de Astudillo, padres de Diego González y abuelos maternos de Sebastián de Acosta, a cuyo título su tío ascendió al sacro presbiterato y cuya propiedad la cedió al Bachiller Miguel Pantaleón de Acosta también presbítero, quedando grabados cuantiosos bienes que corresponden los 1000 pesos de su principal a favor de Alonso García de la Torre, sobre las tierras y molino de pan moler, como se expresa en la escritura de fundación, y habiendo fallecido Pascuala González, hija de los instituyentes y última poseedora de las casas en la Calle Real puesta en público pregón y almoneda, se celebró remate como consta en la escritura a la cual se remite. Es así que a pedimento del Síndico del Convento del Señor San Francisco en la presentación del convento, por el que le tocare los 1000 pesos de principal a favor de Alonso García de la Torre, ganaron despacho, en cuya virtud por lo que le toca como poseedor de la casa como patrono, otorga poder especial al Bachiller Miguel Pantaleón Díaz de Acosta, su hijo, para que en su representación parezca ante el Juez General de este Obispado y ante las demás justicias que con derecho deba para que haga los pedimentos, requerimientos del desembargo y secuestro de bienes, asimismo pida el amparo y posesión de los bienes vinculados a la capellanía.
Sebastián Díaz de Acosta, vecino del pueblo de Jalapa, y el Bachiller Miguel Pantaleón Díaz de Acosta, su hijo Clérigo Presbítero, de la misma vecindad, dijeron que Diego González y Mariana de Astudillo su legítima mujer, fundaron una capellanía de misas rezadas de 1, 000 pesos de principal sobre todos sus bienes y caballerías de tierra a favor de Alonso García de la Torre, el 4 de marzo de 1618, y este último como dueño principal, instituyó y fundó una obra pía, capellanía de misas rezadas en el convento de San Francisco de este pueblo, a su favor y de sus religiosos del que ha sido patrono Sebastián Díaz de Acosta. Y para que Diego de la Torre Arnate, Síndico de ese convento haga aceptación, se obligan cada uno a celebrar y otorgar en forma la escritura de obligación, quedando esta anulada.
El Capitán Gonzalo Márquez de Acevedo, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial al Bachiller Miguel Pérez de Medina, cursante en Sagrada Teología en la Ciudad de los Ángeles, para que en su nombre y representación concluya por todos los artículos y grados, haga los autos y requerimientos hasta que tenga cumplido el patrono de la capellanía.
Doña Teresa de la Gasca y Ortega, vecina de Jalapa, como patrona de la capellanía de misas rezadas que instituyó Doña Sebastiana de San José y de la Gasca, su tía difunta, sobre una casa que dejó por sus bienes y con dote de mil pesos de oro común de principal, nombró por capellán propietario al Bachiller José Solano, de 21 años, que está cursando Artes en la ciudad de la Puebla de los Ángeles, y sobrino en tercer grado de la instituyente.
Don Agustín de Palma y Meza, vecino de la Ciudad de México, patrono perpetuo de la capellanía de misas que instituyó y fundó don Agustín de Palma, padre difunto de la Ciudad de México, y que por muerte del bachiller don Esteban de Palma, su hermano, cuya dote principal es de 6, 000 pesos y 300 de réditos, otorgando el nombramiento a don José de Palma, hijo de don Agustín de Palma y Meza, quien presentará por capellán perpetuo a don José de Palma.
Don Juan Bautista Ustáriz, Conde de Reparaz, Caballero de la Orden de Santiago, vecino de Cádiz y residente en este pueblo de Jalapa, dijo que cuando fue Director de la Compañía de Seguros, fundó una capellanía de la que él es patrono y que goza Juan Ortiz de Zárate, Prebendado de la Iglesia de la Ciudad de Cádiz, y porque a él le toca nombrar futuro capellán para que por muerte o renuncia de dicho Zárate entre en el goce de ella, por lo que a través de la presente otorga que nombra por capellán propietario de dicha capellanía a don Francisco Bonilla y Utrera, hijo de don Juan de Bonilla y de doña María Agustina de Utrera.
Don José de la Fuente, Subteniente de Milicias Provinciales de la Villa de Xalapa, dijo que don Julián Rodríguez, con consentimiento del Patronato de Obras Pías del Convento de Nuestro Padre Señor San Francisco de esta villa, vendió a don Vicente Jiménez de Barragán, una casa ubicada en el callejón de la Sierpe, por precio de 555 pesos a censo redimible que pertenecen a dicho convento; y por la injuria del tiempo le fue preciso a dicho Barragán ausentarse de esta villa desamparando dicha casa, aunado a la cortedad de su sueldo y a su crecida familia, resultando hallarse en descubierto en sus réditos, por lo que otorga en nombre de dicho Barragán que cede a favor de dicho patronato la casa.