El doctor Luis de Mendizábal y Zubialdea, cura párroco y vicario foráneo de esta feligresía y don Rafael Velad, de esta vecindad, otorgan poder a don Pedro Pablo Vélez, vecino de Veracruz, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones, se presente ante el juez en donde se hallan radicados los autos de concurso de bienes del finado don Miguel Ignacio de Miranda y haga las gestiones que convengan a la conclusión de dicho concurso. Asimismo, haga cuantos actos, agencias y diligencias que sean necesarios, por lo que le da éste, con libre y general administración con facultad de jurar, enjuiciar y sustituir.
Sem títuloPÁRROCOS
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El señor cura párroco y vicario foráneo de esta feligresía, doctor don Luis de Mendizábal y Zubialdea, y don Antonio Velasco Quiroz, actual hermano mayor de la Orden Tercera de San Francisco, dijeron que están pendientes ante el Alcalde Primero de Veracruz, autos y concurso a bienes del difunto don Miguel Ignacio de Miranda. Teniendo el primero que deducir sus acciones y derechos en ellos como rector de obras pías, por el principal de 8 000 pesos de una capellanía penitenciaria, que fundó don Antonio Sáenz de Santa María conforme a la voluntad de doña María Josefa Gil Sáenz, sobre una casa en Veracruz; y el segundo, por el capital piadoso de 600 pesos, que para un aniversario por el alma de su difunto padre fundó don Miguel Ignacio de Miranda como albacea de su hermana doña Martina Miranda, sobre una casa en esta villa en el callejón de Alba, como hermano mayor que es de la Orden Tercera de San Francisco de esta misma villa. Por lo antes mencionado, ambos otorgantes dan poder al presbítero don José María Esteva, para que en representación de sus personas, derechos y acciones, se presente ante juez donde se hayan radicados los autos y concurso del difunto Miguel Ignacio y haga cuantas gestiones convengan para la conclusión del concurso y percepción de dichos capitales, y sus premios. Asimismo, se le da éste con libre y general administración y facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.
Sem títuloDon Juan Lucas de Olavarrieta, de este comercio y vecindad, tutor y curador ad bona de doña Dolores, doña Gabriela y doña Catarina de Unanue y Jiménez, menores hijas del finado don Juan de Unanue, vecino y del comercio que fue de la Nueva Veracruz; otorga que son en su poder la cantidad de 3 500 pesos de la pertenencia de las menores, los que deseando imponerlos en finca segura al premio corriente, con que se contribuya a su subsistencia y mantenimiento; otorga de ellos a su favor recibo en forma, y se obliga a tener esta suma, por vía de depósito irregular, por el término que dure la minoría de las interesadas. Y para mayor seguridad de las menores hipoteca una casa de cal y piedra, de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y azotea, que posee en esta villa, en la calle de la Amargura, a la que sale su frente hacia el oriente; y del otro lado el costado de esta iglesia parroquial; por su fondo al poniente linda con el de la casa de don Joaquín de Tajonar; por el costado del norte linda con el de casa alta del finado don Juan Bautista de Lotina Erdicoa, que sirve a la estafeta de correos; y por el opuesto con casa baja que fue de don Alonso José Gatica, párroco que fue de esta villa. Cuya deslindada finca libre de empeño, censo e hipoteca y la cual se obliga a no enajenar hasta no estar íntegramente satisfecho este principal y sus premios.
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