El Capitán José Robledano de Cardeña, don Laureano Fernández de Ulloa, don Alonso de Alba y don Domingo Díaz Mier, vecinos del pueblo de Jalapa, con poder de este vecindario para administrar las alcabalas de esta jurisdicción, Jalacingo, San Juan de los Llanos, Atempa, Papantla, Tetela y Jonotla, las cuales les traspasó Juan Martín de Zurbano, cargo que ahora sustituyen en Juan José Quiñones, vecino de México, para que se encargue de dicha administración, por el tiempo de 5 años, obligando a dicho vecindario al pago de 8, 000 pesos anuales.
PAPANTLA, JURISDICCIÓN DE
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Francisco de Alvarado y Pascuala Cornejo, vecinos del paraje Cantarranas, jurisdicción de Papantla, él hijo legítimo de los difuntos Francisco Gaspar de los Reyes y de Isabel Hernández, y ella hija legítima de los difuntos Blas Cornejo y de Luisa Martínez, se otorgan poder para testar, nombramiento de albaceas y de herederos.
Don José Robledano de Cardeña, vecino de este pueblo, substituye el poder especial que le otorgó don Agustín López Valdez, vecino de la Ciudad de México, para la recaudación y cobranza de las alcabalas de la jurisdicción de Papantla, a favor de don Francisco Pérez Quijano Bustamante, vecino de dicha provincia.
Los Capitanes don José Robledano de Cardeña y don Bartolomé de Castro, el Alférez don Laureano Fernández de Ulloa y don José Antonio de Acosta, vecinos de este pueblo, dijeron que don Agustín López Valdéz, vecino de la Ciudad de México, tiene en su poder las Alcabalas de esta jurisdicción, Jalacingo, Teziutlán, Atempa, Tetela, Jonotla, Papantla y San Juan de los Llanos, por lo que, como fiadores, se comprometen a cumplir las condiciones estipuladas en la escritura de obligación.
Los Capitanes don José Robledano de Cardeña, don Bartolomé de Castro y don José Antonio de Acosta, vecinos de este pueblo de Jalapa, se han instituido en fiadores de don Laureano Fernández de Ulloa, quien recibió en calidad de traspaso, las reales alcabalas de esta jurisdicción, Jalacingo, San Juan de los Llanos, Teziutlan, Atempa, Papantla, Tetela y Jonotla, de parte de don Agustín López Valdez, y para cumplir la función de fiadores, otorgan poder especial a don Pablo de Arizavalo, Agente de negocios y vecino de la Ciudad de México, quien los obligará como fiadores.
Don Laureano Fernández de Ulloa, vecino de este pueblo de Jalapa, Administrador de las reales alcabalas de esta jurisdicción, otorga poder especial a don José Suárez, vecino de Papantla, para que con la vara de la Real Justicia, administre las alcabalas de la jurisdicción de Papantla.
Don Juan Martín de Zurbano, arrendatario de las alcabalas de esta jurisdicción, Jalacingo, San Juan de los Llanos, Atempa, Papantla, Tetela y Jonotla, junto con los Capitanes Manuel de Olmedo, José Robledano de Cardeña, Juan Antonio de Zavalza, Laureano Fernández de Ulloa, Domingo Díaz Mier y Joaquín Ildefonso de Torquemada, vecinos del pueblo de Jalapa y apoderados de este vecindario, acordaron con el citado Juan, que les ceda las mencionadas alcabalas, para que las arriende o cobre, por el tiempo de 5 años, con la condición de que dicho vecindario ha de pagar 8 pesos anuales, mismos que se obligó a pagar dicho Zurbano, incluyendo en ellos el 2 % más que demandó pagar.
Don Laureano Fernández de Ulloa, vecino de este pueblo de Jalapa, arrendatario de las reales alcabalas de esta jurisdicción, Jalacingo, San Juan de los Llanos, Tetela, Papantla, Teziutlán y Jonotla, otorga poder especial para arrendar, ceder y traspasar dichas alcabalas, por el periodo de 9 años a don Ignacio de Ledezma Mercado, vecino de San Juan de los Llanos.
Don Ignacio Antonio Irigoyen, vecino de la jurisdicción de Papantla, otorga poder especial a don Juan Antonio de Lagos y Arbide, vecino del pueblo de Jalapa, para que acepte la escritura de arrendamiento de la hacienda “Larios” que don Bartolomé Salvo, vecino del pueblo de Jalapa, le otorga en arrendamiento.
Don Laureano Fernández de Ulloa, vecino de este pueblo, da en arrendamiento a don Nicolás Pérez Toledano, vecino del pueblo de Teziutlán, las alcabalas de esta jurisdicción, Jalacingo, Teziutlán, Atempa, Papantla, Tetela y Jonotla, por el periodo de 5 años, con una paga de 1, 882 pesos 5 y medio reales.