Juan Torneria, de nación francés, de oficio panadero, dijo que ante el Alcalde Mayor del pueblo de Jalapa pasó al Gobierno Superior de la Nueva España para querellarse con don José Antonio de la Pedreguera, vecino de este pueblo, por los azotes que le mandó dar cuando estaba sirviéndole en su panadería; por lo que desde México se le ordenó al Alcalde que si en el termino de 8 días no se presentaba el acusado, debía apresarle, pero por la intersección y por respeto a algunas personas cristianas que se han interesado en el desentendimiento de dicha querella, el otorgante ha convenido en apartarse, además por que dicho Pedreguera ha pagado 250 pesos que ha recibido de contado y que cubren todos los costos y perdidas causadas.
PANADEROS
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Don José Fernández de Castañeda, de este comercio y vecindad, otorga que ha recibido de José Joaquín Rojas, de oficio panadero, 100 pesos que en reales efectivos le ha entregado, por los que le otorga recibo en forma, cuya cantidad es el resto que le quedó debiendo de la venta de un solar, efectuada el 9 de marzo del corriente año.
Isabel de Rojas, vecina y natural de esta villa de Córdoba, hija de Bernardo de Rojas y de Melchora de los Reyes, sus padres difuntos y vecinos que fueron de esta villa, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda que en el día de su fallecimiento todos los sacerdotes de esta dicha villa digan una misa rezada por su alma por la pitanza ordinaria. Declara que es casada desde hace más de treinta años, con Juan López de Villardoy, en cuyo matrimonio procrearon como hijos a Juan, María y Melchora López y de cuyo matrimonio llevó por dote y propio caudal 500 pesos en reales y ropa, y su marido no trajo caudal alguno. Declara que su marido hace más de veinte años que voluntariamente se separó de dicho matrimonio, “en grave daño de su conciencia”, lo declara para que conste. Declara por bienes una casa de cal y canto, en esta villa, cubierta de teja edificada con medio solar. Asimismo, un esclavo nombrado Francisco, negro, panadero; Juana, negra; Pedro y Francisco, el cojo, negros esclavos de su propiedad. Menciona por más bienes propios diferentes cantidades de pesos que le adeudan. Ordena que Melchora López, su hija, administre la casa de su morada con la condición que le dé un cuarto de la dicha casa a Juan López, su hermano, para que lo habite y se acompañen, con la condición de fallecer, dicho Juan López, sus herederos no pretendan derecho a dicha vivienda. Nombra por albaceas y tenedores de bienes a Juan López, hijo, Francisco Machado, su yerno y Melchora López, hija, para que entren en sus bienes los rematen y vendan en almoneda. Y en el remanente que quedare de todos sus bienes, instituye y nombra por sus únicos y universales herederos a los dichos hijos.
UntitledIsabel de Rojas, vecina y natural de esta villa, hija legítima de Bernardo de Rojas y de Melchora de los Reyes, difuntos, vecinos que fueron de ella, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda a Teresa su nieta, hija legítima de Francisco Machado y de María de Rojas, su hija, 50 pesos los cuales se le den luego que fallezcan sus padres. Declara ser casada con Juan López de Villardoy, de cuyo matrimonio tuvieron por hijos a Juan, María y Melchora López; llevando 500 pesos de dote y su marido no trajo caudal, el cual desde hace veinte años que falta de esta villa y voluntariamente se separó de dicho matrimonio en grave daño de su conciencia. Declara por sus bienes una casa de cal y canto con medio solar en que está edificada; a los esclavos Francisco, negro panadero, a Juana, negra, a Francisco, el cojo negro. Ítem declara por sus bienes 200 pesos que le debe Francisco Machado; 54 pesos que le debe [Juan] Dios Beltrán; 332 pesos que le debe Sebastián Rodríguez, difunto; 36 pesos que le debe Sebastián Milián; 26 que le debe Juan de Vega; y Salvador Gutiérrez lo que consta por un vale. Ítem declara que cuando su hijo Juan López contrajo matrimonio le dio en parte de la legítima 750 pesos. Ítem declara que cuando su hija María López de Rojas contrajo matrimonio con Francisco Machado le dio en dote 800 pesos a cuenta de su legítima. Manda se le den a Juan Beltrán 150 pesos por haberlo criado en su casa y por el mucho amor y voluntad que le tiene. Ítem manda a su hijo Juan López una caja grande de cedro nueva, una tembladera y seis cucharas de plata; a su hija Melchora López, mujer legítima de Francisco de Góngora, la casa de su morada que se compone de una tienda, una sala y un aposento. Declara que tiene dado a la citada Melchora López algunas joyas en remuneración del trabajo con que ha ayudado a ganar lo que posee. Y para cumplir y pagar su testamento nombra albaceas a Juan López, Francisco Machado, Francisco de Góngora, y por sólo tenedor a éste último; y del remanente que quedare de todos sus bienes nombra por sus herederos a Juan López, María y Melchora López.
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