PANADERÍAS

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              MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0026 · Item · 1835/02/21
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José María Ochoa, de esta vecindad y comercio, otorga que debe y se obliga a pagar a don Tomás García la cantidad de 3 029 pesos 2 reales 7 octavos, importe de los efectos, existencias y utensilios de una tienda y una panadería que le tomó en traspaso, con la calidad de satisfacerle dicha suma entregándole 1 000 pesos en primero de marzo próximo y el resto en tres partidas, cada tres meses una.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0093-PX_0093_0014 · Item · 1836/01/19
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José María Hidalgo y don José María Barrientos, ambos residentes en esta ciudad, mayores que expresaron ser, dijeron que en la esquina de la Plaza Principal de esta ciudad y calle de Belén, casa conocida con el nombre de Pedreguera, existe un establecimiento de tienda pulpería y panadería propia del primero a virtud del traspaso que le tiene hecho su padre, el señor don Manuel Hidalgo; y como tal dueño del mencionado establecimiento se lo tiene entregado a Barrientos para que lo gire y administre bajos las condiciones que han pactado en un documento. Por lo que los comparentes, otorgan compañía y aprueban y ratifican contrato de compañía.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0019-PC_0019_0038 · Item · 1683/12/05
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Ana [María] Martínez [Romano], viuda de Pedro Rodríguez, vecina de esta villa, dijo que respecto a que mañana 6 del presente ha de casarse Juan de Soto Noguera, residente en esta villa, con Tomasa Rodríguez, su hija, tiene convenido con éste que en el ínterin que hace casa de vivienda en medio solar que para ello le da en dote a su hija, por esta escritura, en precio de 20 pesos de oro común, el susodicho ha de vivir en su casa y tienda, quedando a la otorgante el aposento de dicha casa para su vivienda y la panadería. El dicho medio solar linda con otro medio solar en que está fundada su casa de vivienda, haciendo esquina por el oriente con solar de Joseph [José] Rodríguez de [Castro]; en cuya casa ha de vivir el susodicho hasta tiempo de cinco años, y si éste no hubiera hecho casa o antes de cinco años si se casara con dicha María y quisiera vivir en dicha su casa, en cualquiera de los dos casos, la ha de dejar [desocupada].

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              MX UV.USBIX ANC-P-0010-PC_0010_0002 · Item · 1673/01/15
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez Nicolás Rodríguez, [roto] otorga en arrendamiento a Diego Amaro González, [roto] una tienda, horno y panadería que en su casa tiene, por tiempo de cuatro años [roto] pagando 60 pesos anuales y los dos restantes a 66 cada [roto].

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              MX UV.USBIX ANC-P-0012-PC_0012_0024 · Item · 1676/10/26
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Blas Domínguez, vecino de esta villa de Córdoba, declara que Pablo de los Reyes fue condenado a venta con prisión en una panadería o trapiche donde sirva por tiempo de dos años en precio de 50 pesos, por querella de Francisco de la Cruz español; debido a lo anterior fue puesto a remate público por la citada cantidad, la cual fue pagada por el presente compareciente para que se le entregara el citado mulato y le sirviera. No obstante el mulato se dio a la fuga y después de varios días lo encontró en el monte de Totutla, debido a ello fue puesto nuevamente en prisión. Y respecto a que no tiene en que ocuparlo acordó con el Alférez Nicolás Rodríguez, vecino de esta villa, en traspasarle el derecho y acciones sobre dicho mulato a cambio de los 50 pesos que pagó. Finalmente para mayor validación del acuerdo, otorga que cede y transfiere al Alférez Nicolás Rodríguez, los derechos y acciones que por dicho remate tiene de Pablo de los Reyes, para que a partir de esta fecha y por tiempo de dos años le sirva en su trapiche.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0044 · Item · 1829/04/10
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Francisco de Bárcena y don José María Peredo, el primero apoderado sustituto de la señora Mariana Martínez de Aguirre, que es lo es de su esposo Sebastián de Aguirre, según consta del poder sustituto que presentó, dijo que en uso del mismo, otorga que vende realmente a don José María Peredo las existencias que hay en la tienda del expresado don Sebastián de Aguirre, sita en esta villa, en la esquina frente a Techacapan que da vuelta para el callejón de la Acequia; y le alquila la casa de la propiedad del mismo, bajo las siguientes condiciones: 1.ª Que Peredo toma toda la casa y tienda de don Sebastián de Aguirre por el término de tres años, contados desde el primero de los corrientes por el precio de 51 pesos mensuales. 2.ª Que las existencias ascienden a 5 147 pesos 3 y un octavo real y de que Peredo paga en el acto 2 000 pesos, otros tantos a los tres meses y al cumplirse seis el resto. 3.ª Que los enseres de la tienda y panadería ascienden a 433 pesos 3 reales los que devolverá al vencimiento de los tres años. Entre otras condiciones que se mencionan en el acta. Y para mayor seguridad de la cantidad restante, el comprador ofrece por fu fiador a don José Vicente de las Casas, vecino también de esta villa, quién estando presente, expresó constituirse como tal.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0086 · Item · 1829/07/29
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José María Cruz Ortiz de Zárate, avecindado en Puente Nacional y presente en esta villa, dijo que don José Ramón Barbadillo le hizo traspaso de una tienda, situada en dicho Puente, comprendiendo en dicho traspaso algunos muebles de la casa y utensilios de panadería, que avaluados importan la cantidad de 1 906 pesos 7 y medio reales, y que esta suma tienen pactado en siete meses, hipotecándose para el seguro de este crédito una casa que posee en esta villa doña María Gregoria Ramírez y Hernández, ubicada en la segunda cuadra de la calle que nombran de San Francisco de Paula, cuyo frente que es al norte lo hace calle en medio con solar de los herederos de don Dionisio Salvo, por el sur linde con solar que queda en la bajada de San Miguel para los Berros; por el oriente con casa y solar de José Rivera; y por poniente con la que poseyó Martín Zarco y después José Gallardo. Siendo condición precisa la concurrencia de la nominada doña María Gregoria Ramírez al otorgamiento de esta escritura para el consentimiento de la hipoteca. Y reduciéndolo a efecto, el comparente otorga recibo a favor de don José Ramón Barbadillo, además, se obliga a pagar la referida suma dentro del plazo de siete meses, a partir de esta fecha. Para mayor seguridad hipoteca la casa antes mencionada, con el consentimiento de doña María Gregoria Ramírez y Hernández, quien está presente.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0045 · Item · 1835/04/01
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Mariana Martínez de Aguirre, viuda, mayor de edad, como dueña legítima de una casa ubicada en esta ciudad, en la esquina que nombran de Techacapa, se la otorga en arrendamiento a doña Juana Pensado y Navarrete, también viuda, por la merced, tiempo y condiciones que pactaron la señora Martínez y don Francisco José Villa, hijo de la señora Pensado. Según las condiciones adjuntas a esta escritura, el arrendamiento será por dos años a partir del 1 de abril del presente año, pagando un alquiler de 45 pesos mensuales en plata u oro, con separación de la casa chica que se halla contigua a la grande; que dicho señor Villa recibirá los enseres de tienda y panadería bajo los avalúos que se hagan y por lo mismo los entregará al vencimiento del arrendamiento, entre otras condiciones que se mencionan.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0156 · Item · 1835/11/23
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Manuel Hidalgo y don José María Barrientos, ambos de este comercio y vecindad, el primero es dueño de una tienda y panadería, cuyo establecimiento se halla en una casa conocida por de Pedreguera, ubicada en esta ciudad, en la esquina de la plaza Principal y calle que nombran de Belem [Belén]; cuyo establecimiento ha recibido José María Barrientos para girarlo en compañía bajo las condiciones que tienen pactadas y aparecen en un documento que se agrega a este instrumento. Y conviniéndoles pasar ese contrato a escritura pública, por la presente otorgan que aprueban, ratifican y solemnizan el relacionado contrato de compañía según y cómo se establece en las cláusulas del referido documento, entre las cuales destacan que la compañía será con el capital de 5 000 pesos en enseres y efectos; la compañía será por tres años forzosos; de las ganancias el socio encargado tendrá un 38 por ciento, entre otras que se mencionan.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0097-PX_0097_0007 · Item · 1839/01/30
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Antonio Valdez y Mosqueira, vecino de la heroica ciudad de Veracruz, residente en ésta, mayor de veinticinco años de edad, se obliga de pagar al señor don Joaquín Muñoz y Muñoz, la cantidad de 6 511 pesos 6 y medio reales, que resultaron a su favor en la liquidación de cuentas de los arrendamientos posteriores que han sido a su cargo. Cantidad que pagará junto con sus réditos de un 6 por ciento anual hasta que la deuda esté pagada. Para seguridad de la paga, hipoteca todos los bienes que actualmente posee, especialmente todos los enseres de su panadería, situada en la calle de Salinas de la plaza de Veracruz.

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