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              MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0061 · Item · 1714/04/30
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Alonso López de Sagade Bugueiro, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, otorga poder al Bachiller don Francisco de Rivadeneira, de Menores Órdenes, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en nombre y representación de su persona demande y cobre judicial y extrajudicialmente los 400 pesos de la obra pía que dejó José Ibáñez, mismos que habían de haber las Madres Antonia de San Ildefonso y María de la Santísima Trinidad, Religiosas Profesas del convento de la Santísima Trinidad de la ciudad de la Puebla, sus hijas. Y de lo que recibiere y cobrare, entregue recibos, cartas de pago, cancelaciones, lastos y demás recados que convengan, y para todo lo que se requiera se le da éste con libre y general administración y facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0063 · Item · 1736/03/10
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Gregorio Rendón, Regidor Perpetuo por Su Majestad de esta villa de Córdoba, Alguacil Mayor del Santo Oficio de la Inquisición de este reino, exhibió un testimonio de escritura de obligación fecha en la ciudad de los Ángeles a primero del corriente mes y año, cuyo testimonio al parecer se halla firmado del susodicho, por lo que pidió ante el escribano se registre en este libro de censos, y según se percibe parece haberse obligado dicho regidor como fiador de doña Josefa Gómez Dávila, vecina de dicha ciudad, viuda del Capitán don Antonio de los Reyes Ladrón de Guevara, asimismo, el Capitán don Manuel de los Reyes Ladrón de Guevara, vecino de dicha ciudad de los Ángeles, al seguro de 6 000 pesos común que por hacerle buena obra se le suplieron y prestaron en reales de contado a la dicha doña Josefa, de la obra pía de casar huérfanas que mandó fundar don Jorge Cerón Zapata, con obligación de réditos de 5 por ciento, y los tres juntos de mancomún se obligaron de pagar dicha cantidad de 6 000 pesos a la dicha obra pía y en su nombre al Licenciado don Gregorio Solano su administrador que al presente es y al que en adelante lo fuere; para mayor seguridad del principal y réditos doña Josefa hipotecó unas casas que posee en dicha ciudad de los Ángeles [roto] y don Gregorio Rendón hipotecó una hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Nicolás Obispo, alias Cuichapa, fundada en 27 caballerías de tierras, lindadas por el poniente con tierras de los naturales del pueblo del Naranjal, por el poniente con tierras de la hacienda de Guadalupe pertenecientes a don Lope Antonio de Iribas, por el norte con las serranías de Posquautla [Poscuautla] y por el sur con río Blanco; y para que conste el registro de dicha escritura se asentó en este libro.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0070 · Item · 1737/05/25
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Fabián González Calderón, vecino del pueblo de Orizaba, exhibió un testimonio de escritura para su registro en este libro y en él se percibe que el susodicho Fabián se obligó de pagar a la obra pía que fundó el Licenciado con Diego de Padilla Ocampo, Presbítero, difunto, y en su nombre al Licenciado don Nicolás [María] Rubín de Celis, su patrono y actual administrador, la cantidad de 12 000 pesos pertenecientes a ella, los mismos que sacó de las arcas de sus principales y de ellos se dio por entregados; y el pago se obligó hacer en seis años, en cuyo tiempo pagará sus réditos de 5 por ciento, e hipotecó una casa de altos y bajos que posee en el pueblo de Orizaba, en la calle Real, lindando por el oriente con casa del Sargento Juan Ramón, dicha calle Real en medio, por el poniente con la casa de don Pedro Sarabia, también calle Real en medio, por el norte con casa de don Diego Bringas de Manzaneda y por el sur con casa de don Bartolomé Zedillo. Asimismo, hipotecó una hacienda del beneficio de hacer azúcar, ubicada en el paraje del Cacahuatal, linda por el oriente con tierras de Juan de Espinosa, por el poniente con las tierras de don Nicolás Rodríguez Dávila, por el norte con las de Antonio de Brito Lomelín y por el sur con las de Tepejilotitlán. La escritura fue otorgada en la ciudad de los Ángeles a 4 de abril 1737.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0093 · Item · 1741/09/21
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Juan Dávila Barrientos, vecino de esta villa, registró una escritura en la que parece que el Teniente don Pedro Pablo del Portal, vecino de esta ciudad los Ángeles, en voz y nombre de doña María Gertrudis Veristrain y Meza, vecina de la ciudad de Tehuacán, se obligó a pagar 6 000 pesos como albacea y tenedora de los bienes del Capitán de Infantería Española don Francisco de Meza [y Mendoza], quien lo fue y uno de los universales herederos del Licenciado don Andrés de Meza y Mendoza, su hermano, a favor de la obra pía y memoria que así se destinare por jurisdicción ordinaria a su patrono y administrador que fuere, cuya paga es a su cargo por haberla destinado dicho Licenciado don Andrés de Meza para un hospicio que se había de fundar entre Jamapa y Cotaxtla que no tuvo efecto y se ha de [roto] para la obra pía que así destinase; a cuyo seguro hipotecó una hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Guadalupe, alias la Punta, que dicha su parte tiene y posee en esta jurisdicción.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0125 · Item · 1748/07/17
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Teniente de Caballería Reformado don Miguel de Leiva Esparragosa, vecino republicano de esta villa, exhibió a efecto de que se registre en este libro de corriente de cabildo, dos copias de una escritura su data en la ciudad de los Ángeles a 13 del citado mes y año, y en dicha escritura se percibe que el Licenciado don Diego José de Gorospe Irala y Padilla, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, como principal deudor y obligado; el Señor Doctor don Manuel Ignacio de Irala y Padilla, Prebendado de la santa iglesia catedral de dicha ciudad; el Licenciado don Joaquín Gorospe de Irala y Padilla, Cura Beneficiado del pueblo y partido de San Juan Quautichan [Cuautinchan]; y el citado principal por sí, en voz y en virtud de poder del Licenciado don Manuel José de Rosas y Zorrilla, Presbítero de este obispado, como sus fiadores y principales pagadores, dijeron que el expresado don Diego por memorial que presentó ante el obispo pidió se le dieran a 5 por ciento, por tiempo de ocho años, 4 000 pesos de oro común de las arcas de principales, bajo el seguro de las fianzas e hipotecas, los cuales fueron concedidos, los 3 000 de ellos de la capellanía que mandó fundar don Antonia de Rivera y los 1 000 restantes de la obra pía que fundó el Señor Canónigo Vera. Y dicho Licenciado don Diego Gorospe como tal principal y en nombre de su parte, con los demás sus fiadores, otorgaron que se obligaron de pagar dicha cantidad.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0172 · Item · 1759/01/16
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Pedro Ignacio de Andrade, vecino de esta villa, Procurador de Causas de su Audiencia Ordinaria, entregó un testimonio de una escritura otorgada en la ciudad de la Puebla de los Ángeles en 10 de este mismo mes y año, en la cual don Lucas Antonio de Vargas, Procurador de los Juzgados Eclesiásticos de dicha ciudad, en virtud de poderes de don Marcos José [Hería] y de don Pedro de Hería, su padre, ambos vecinos de esta villa, recibió 2 000 pesos de oro común de las arcas de capellanía y obras pías, y se obligó a pagar los 1 000 de ellos a favor de la capellanía que con la dote de 2 000 pesos fundó Juan Bautista de Priego, y los otros 1 000 a la obra pía que fundó don Diego de Padilla Ocampo, y para asegurar el pago hipotecó una casa principal de cal y canto cubierta de madera y teja, perteneciente a don Marcos José.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0175 · Item · 1759/09/07
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Pedro de Solís y Padilla, Oficial Mayor de este Oficio Público, exhibió un testimonio de una escritura a fin de que se registre en este libro, y de él consta que el Licenciado don Nicolás [María] Rubín de Celis, Clérigo Presbítero de este obispado, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, en voz y nombre de doña Ana Francisca Margarita de Iribas Dávila, vecina de esta villa, viuda del Factor don Lorenzo de la Torre, Caballero que fue del Orden de Calatrava, cedió y traspasó la cantidad de 1 300 pesos de principal de oro común de dos censos pertenecientes a la mencionada doña Ana en el valor y precio de una hacienda de beneficio de azúcar titulada de Nuestra Señora de la Concepción, alias las Palmillas, que en términos de esta jurisdicción tiene por suya en propiedad y dominio don Nicolás de Carvajal y Contreras, vecino republicano de esta villa; siendo los 500 pesos de ello los mismos que por resto de suma de 2 500 pesos de principal a que se hallaba afecta dicha hacienda en su favor, por cesión que de ellos le hizo don Gregorio Martínez de Solís y Rivadeneira, vecino de la Puebla, y le quedaron libres en la hacienda por haber dispuesto antecedentemente de los otros 2 000. Y los 800 restantes también mismos que a dicho su favor se hallaban en la propia hacienda por haber aplicado en ella por muerte de don Lope Antonio de Iribas su padre; de cuyas dos cantidades que se compone los 1 300 pesos hizo dicho Licenciado don Nicolás [María] Rubín de Celis la cesión por la expresada doña Ana en favor de la obra pía que para dote de monjas mandó fundar el Señor Maestrescuela don Diego Peláez Sánchez en parte de pago de cierta cantidad que le estaba debiendo, en vista de lo cual el Licenciado don Diego García de Acevedo también Presbítero Administrador de dicha obra pía, en virtud de decreto del obispo cedió y traspasó en el propio instrumento los relacionados 1 300 pesos en favor del sagrado convento de religiosas Descalzas de Nuestra Señora de la Soledad de la referida ciudad de la Puebla, cual dos rememoradas cesiones constan en dicho instrumento.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0190 · Item · 1764/12/10
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Pedro de Solís y Padilla, exhibió un testimonio para que se registre en este libro y en él consta que el Licenciado don José Miguel de Figueroa, Presbítero de este obispado y vecino de esta villa, el día 4 del presente en la ciudad de los Ángeles, confesó haber recibido en el cofre de la santa iglesia Catedral, la cantidad de 1 500 pesos de oro común, pertenecientes a la obra pía que han de fundar los Licenciados don Cristóbal de Escalona Matamoros y don Manuel Mariano de Loaiza, Presbítero, como albaceas de Mateo Grajales; en cuya consecuencia se dio por entregado y obligó a pagarlos en tiempo de cinco año, y para asegurar el principal hipotecó una casa de altos, cubierta de madera y teja.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0199 · Item · 1768/04/02
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Francisco Antonio de la Llave, de esta vecindad, hizo exhibición del testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y en él consta que, en el pueblo de Orizaba en 15 del próximo pasado marzo, doña Isabel María de Sagade Bugueiro, vecina de dicho pueblo, viuda de don Diego Bringas de Manzaneda, su principal albacea y tenedora de bienes, con arreglo a la memoria que dejó el susodicho en donde mandó que todo el residuo de su quinto se entregara a su confesor el Reverendo Padre Fray Manuel de Santa Teresa, Prior del convento de Carmelitas Descalzos de dicho pueblo, para que lo distribuyera en lo que le comunicara. Por tanto, la referida doña Isabel cumpliendo la voluntad de su marido, cargó a censo 3 000 pesos para la fundación de una capellanía sobre una hacienda de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Concepción Toluquilla, jurisdicción de esta villa, que quedó por bienes de su marido, y se obligó de pagar a la capellanía u obra pía que el predicho prior destinare, 150 pesos a censo, tributo y rédito en cada un año de los que corrieren de la mencionada fecha en el citado pueblo. Y estando presente el referido padre prior como albacea y confesor, puso en efecto lo que ordenó dicho difunto, y dotó la presente capellanía con el referido principal de 3 000 pesos, cargando en la expresada hacienda, nombrando como primer capellán a uno de los hijos y herederos el Licenciado don Diego de Bringas Manzaneda, Presbítero, para que la sirva, con la obligación de celebrar perpetuamente en cada un año doce misas rezadas distribuidas en el doce de cada mes por el alma del citado.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0241 · Item · 1778/04/06
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Vicente Gómez, de esta vecindad, hizo exhibición de un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y de ella se manifiesta que en 4 del corriente mes doña Gertrudis López de Sagade Bugueiro, viuda del Capitán don José de Segura y Ceballos, hizo institución y fundación de una obra pía del principal de 10 000 pesos con arreglo a la disposición testamentaria que en virtud de poder bastante que le confirió dicho don José de Segura, otorgó en ésta con sus coalbaceas el Licenciado don Manuel de Rosas y don Gabriel de Segura y Ceballos, ya difuntos, en 1 de junio del año pasado de 1742, para que con sus réditos se conviertan en darle 100 pesos en cada un año a doña María Gómez y los 400 restantes para la niña doncella que nombrare anualmente la dicha doña Gertrudis como tal patrona, y que falleciendo dicha doña María, se agreguen a los 400; cuya institución hizo sobre la hacienda de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de Cosamaloapan, alias Ojo de Agua, de la pertenencia de don Francisco José de Segura y Ceballos, su hijo, quien como es en su poder la dicha hacienda y en parte de su valor el referido principal de los 10 000 pesos se dio por entregado a su voluntad, y en conformidad de ello impuso y cargó la dicha cantidad sobre la insinuada hacienda, y se obligó a satisfacer sus réditos de 5 por ciento; cuya importancia de dichos réditos entregará dando 100 pesos a la dicha doña María durante su vida y los 400 pesos restantes como asimismo los citados 100 pesos por falta de la dicha María a la niña doncella que nombrare como va referido. Y para el mayor seguro de la paga del citado principal y sus réditos sujetó y gravó por expresa hipoteca la mencionada hacienda.

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