Don José Antonio de Quesada, vecino de la Ciudad de Guanajuato y residente del pueblo de Jalapa, debe y se obliga pagar a don Ignacio María de Cadalso, vecino de España y residente del mismo pueblo, la cantidad de 6, 371 pesos y 5 reales, pagando primero 3, 150 pesos 15 días después de la fecha de esta escritura y los restantes 3, 211 pesos y 5 reales a mediados del mes de enero del próximo año.
OBLIGACIONES
15 Archival description results for OBLIGACIONES
Don Antonio de Quesada, vecino de Guanajuato, debe y se obliga pagar a don José de la Barreda y a don Juan Manuel de Bulnes, vecinos de España y residentes en el pueblo de Jalapa, la cantidad de 15, 722 pesos 5 y medio reales, para el mes de enero del año de 1762.
Don Francisco Ambrosio Mazorra de la Concha, vecino de Guanajuato y residente Jalapa, con poder de don Francisco Bruno de la Sierra y Castillo, se obliga a pagar a don Felipe Figueiras, del Comercio de España y residente Jalapa, la cantidad de 18, 000 pesos en plata doble, como importe de varios géneros y efectos de Castilla que le compró en este pueblo y que tiene recibidos.
Don Ignacio de Zamarripa, vecino de la Ciudad de Guanajuato y residente en este pueblo, apoderado del Capitán de Infantería Española don Simón Francisco de Arroyo y Sardaneta, vecino de esta Villa, se obliga a pagar a don Pedro de Iriarte, del comercio de España, la cantidad de 13, 395 pesos 5 reales y medio.
Don Antonio de Quesada, vecino de Guanajuato y residente en este pueblo de Jalapa, ha recibido de don Antonio Sáenz de Santamaría, vecino de España, la cantidad de 3,148 pesos 6 y medio reales en varias mercaderías de Castilla que le ha comprado en la presente feria, cuya cantidad se obliga a pagar en este pueblo en un plazo de 6 meses que corren a partir de la fecha de la presente escritura.
Don Antonio de Quesada y don José Antonio de Quesada, padre e hijo, vecinos de la ciudad de Guanajuato, han recibido de don Miguel Badillo y don Mateo Badillo, vecino de España, todos residentes en este pueblo, la cantidad de 6, 072 pesos 2 reales en mercaderías de esta presente feria, mismos que se obligan a pagar en este pueblo, en un plazo de seis meses a partir de la fecha de la presente escritura.
Don Agustín de Senderos, vecino de la ciudad de Guanajuato, se obliga a pagar a don Juan Benito Muedra, del Comercio de España y residente en el pueblo de Jalapa, la cantidad de 13, 149 pesos y 4 cuartillas de reales, por diversos géneros y efectos de Castilla que le compró, cuya cantidad pagará en el periodo de 12 meses obligando su persona y bienes habidos y por haber.
Don Antonio de Quesada y don José Antonio de Quesada, padre e hijo, vecinos de la ciudad de Guanajuato, residentes en este pueblo de Jalapa, han recibido de don Pedro de Sixtos y don Pedro Modesto de Basoa, vecino de España, la cantidad de 10, 886 pesos y 6 y medio reales en varias mercaderías de Castilla, obligándose a pagar en dos plazos, 5, 443 pesos y una cuartilla de reales en el mes de octubre y el resto en el mes de enero del próximo año.
Don Antonio de Quesada, vecino de Guanajuato, debe y se obliga pagar a don Luis de Gomendio, vecino de España, la cantidad de 8, 368 pesos de oro común, para el mes de diciembre del presente año.
Don Juan de Herdoiza, don Domingo de Alegría y don Lamberto Cabo Villa, vecinos de la villa de la Fe Real y Minas de la Ciudad de Guanajuato, y residentes en este pueblo, deben y se obligan a pagar a don Pedro de Iriarte, vecino de España, la cantidad de 21, 036 pesos y 3 reales.