Don Juan Manuel Domínguez y don Miguel Domínguez, hermanos, vecinos del pueblo de Naolinco e hijos legítimos y herederos del difunto don Antonio Domínguez, deben y se obligan a pagar a la viuda de su padre doña Antonia de Arellano, tutora de los menores hermanos José Antonio y Francisco, la cantidad de 573 pesos y 6 reales, en el plazo de 5 años.
OBLIGACIONES
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Don Francisco Antonio Domínguez Muñiz, vecino de Naolinco, debe y se obliga pagar a la Iglesia Catedral de Puebla de los Ángeles y señores comisarios de su cofre de masa general 10, 350 pesos, cantidad en que se remataron los diezmos caseros y de naturales de los partidos de Naolinco, Tlacolula, Misantla y Actopan, los cuales administrara por 5 años, obligándose a formar las declaraciones a los diezmatarios en los cuadernos que para ellos se le dieren en la contaduría de diezmos devolviéndolos a ellos anualmente, nombrando como fiadores a don Félix José de los Reyes, don Domingo Pérez, don Bartolomé Zurita, don Manuel de Acosta, don Francisco de Aguilar y otros vecinos del pueblo de Naolinco.
El Capitán don Agustín García Campomanes, viudo y albacea testamentario de Margarita Josefa Pérez, se obliga a entregar a sus hijos menores, la cantidad de 1, 660 pesos 3 reales y una cuartilla que les tocó de herencia materna, cantidad que entregará cuando sus hijos tengan mayor edad.
El Capitán don Agustín García Campomanes, vecino de este pueblo de Naolinco, viudo, albacea y con poder para testar de doña Margarita Josefa Pérez, su difunta esposa, se obliga a pagar a Bartolomé García Campomanes, su nieto, la cantidad de 788 pesos y 7 reales, para cuando sea mayor de edad.
El Licenciado Bernardo de Molina, Cura Beneficiado, Juez Eclesiástico del Curato de Naolinco y albacea del Licenciado Diego Martínez de los Reyes, junto con José Romualdo Messa, heredero de Diego Martínez de los Reyes, otorgan que harán valer lo contenido en esta escritura, señalando el albacea que entrega a José Romualdo de Meza 300 pesos, un caballo, un solar de 64 pasos de largo y 46 de ancho, ubicado en el pueblo de Naolinco y deslindado en esta escritura, además se obliga a pagar otras cantidades de pesos a José Romualdo Messa, pero no las deudas que dejó el difunto, dando de esta manera por cancelados los autos hechos hasta el día de hoy y José Romualdo Messa revoca el poder que le tiene dado para el seguimiento de este pleito a Julián de Ortiz, señalándose que el que no respete esta escritura será multado con 500 pesos.
Francisco Beltrán, vecino de la ciudad de México, se obligó a pagar a Bartolomé Díaz Delgado, vecino de Naolinco, 126 pesos de oro común que restan del valor de una esclava negra que le vendió llamada María, para de la fecha de esta escritura en un año corrido, puestos en este pueblo.
Juan José de Acosta, hijo legítimo del Sargento José de Acosta, difunto, y de doña Francisca de Barreda Gayón, vecina de Naolinco, declara que como heredero de su difunto padre, en compañía de Juan José quien en su nombre y el de sus hermanas, también herederas, se obligan a entregar a Marcela Sayago, hijuela del citado difunto, la parte que le corresponde de herencia.
José Díaz de Acosta, vecino del pueblo de Jalapa, debe y se obliga a pagar a don Miguel García de Baldemora, vecino de Naolinco, la cantidad de 400 pesos, en el periodo de 5 años y en cada uno 20 pesos de rédito, más 2 pesos de oro de mina por salario de cobranza, y para seguridad de esta deuda, hipoteca las casas de su morada, ubicadas en este pueblo, frente a la calle que llaman Nueva por el lado norte, al oriente linda con solar del difunto Sargento José de Acosta y al sur con un callejón y otra casa que tiene en dicha Calle Nueva, frente a la referida.
Julián Rodríguez y Bartolomé Zurita, vecinos del pueblo de Naolinco, deben y se obligan a pagar a doña Petrona Guevara, viuda de Nicolás Antonio Domínguez Muñiz, vecina del citado pueblo, la cantidad de 500 pesos, en el periodo de 4 años, para lo cual el citado señor Zurita hipotecó una casa ubicada en este pueblo de Naolinco, hecha de paredes de cal y piedra, techada con tejas, que linda al oriente con la calle que baja de Santa María, al sur con casa y solar de Patricio de Escobar, al norte con casa y solar de Salvador Hernández y al poniente con solar de Juan del Moral.
Manuel de Acosta, como principal, Marcos de Acosta y Eugenio de la Peña, fiadores vecinos de la jurisdicción de Jalapa, se obligan a pagar a la Iglesia Catedral de la Puebla de los Ángeles, 525 pesos de oro común que le están debiendo de diezmos de los trapiches de Naolinco y de los ingenios de Jalapa, que fueron a su cargo, cuyo pago han de hacer a 50 pesos en cada división, siendo la primera por septiembre y diciembre de este año y el resto en los años siguientes por los meses de mayo, junio, septiembre y diciembre, hasta terminar.