Francisco de Andrada, vecino del pueblo de Maltrata, jurisdicción de Orizaba, se obliga a pagar a don Francisco Dávila Barahona, dueño de hacienda de ganado mayor y vecino del pueblo de Acayuca [Acayucan], provincia de Guazacoaco [Coatzacoalcos], 1 064 pesos de oro común procedidos del valor de doscientas sesenta y seis reces vacunas que el susodicho compró y recibió en el llano de Escamela, jurisdicción de Orizaba, a precio de 4 pesos de oro común cada una. Cantidad que se obliga a pagar cada año con lo que monten 40 cargas de harina que en dos viajes ha de poner a su costa en el pueblo de Cosamaloapan y entregarlas a don Francisco Dávila, por precio de 8 pesos carga hasta que los 1 064 pesos estén enteramente pagados.
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Don Joseph [José] de Segura y Cevallos [Ceballos], vecino de esta villa de Córdoba, albacea testamentario y tenedor de bienes del Capitán Joseph [José] Blanco, difunto, declara que solicitó a Juan de la Mata, vecino de Cosamaloapan, el ajuste de las cuentas que tuvo con dicho difunto, para lo cual se presentó Pedro de Seberiche [Ceberiche] Moctezuma, apoderado del citado Juan de la Mata, con un vale de 2 709 pesos. A razón de lo anterior el otorgante dijo que en septiembre pasado ajustó cuentas con dicho Juan de la Mata y sólo le hizo alcance de 900 pesos, en este sentido, han convenido establecer una escritura de obligación sólo por esa cantidad. Y para dar cumplimiento a lo anterior otorga que se obliga de dar y pagar a Juan de la Mata, la cantidad de 900 pesos en los plazos que se mencionan en la escritura.
UntitledDon Francisco Pibot y Tapia, residente en esta villa de Córdoba, vecino del pueblo de Cosamaloapan, como albacea testamentario y tenedor de bienes del General don Francisco Sigler del Rebollar, difunto, Alcalde Mayor que fue de esta villa, dijo que por cuanto el 29 de agosto de este presente año, el difunto otorgó en el pueblo de Orizaba que se obligaba a pagar al Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa, 5 000 pesos de oro común por término y plazo de un año, que empezó a correr desde dicho día, y es el caso que ahora de presente el dicho alguacil mayor le ha prestado al presente otorgante 2 500 pesos, por tanto, otorga que se obliga de pagar al citado alguacil 7 500 pesos en los plazos que se han ajustado.
UntitledJuan de los Santos Cubillos, don Lope Antonio de Iribas y el Alférez don José Gómez Dávila, vecinos de esta villa de Córdoba, dueños de hacienda del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, y dicho Juan de los Santos Cubillos como principal y los otros dos otorgantes como sus fiadores, juntos de mancomún acuerdo otorgan que se obligan de dar y pagar a don Jerónimo de Mendívil, vecino del pueblo de Cosamaloapan, 6 237 pesos de oro común en reales, procedidos de una partida de ganado mayor, los cuales le pagarán en la manera siguiente: 3 118 pesos y 4 reales para el fin de febrero del próximo año y los otros 3 118 y 4 reales para el 31 de mayo de ese año.
UntitledFrancisco de Illescas Tinoco, vecino de Cosamaloapan, otorga que debe y se obliga de pagar a Alonso García, vecino de la dicha villa, 475 pesos de oro común de a 8 reales cada uno, los cuales son por razón de la venta de un mulato nombrado Diego, criollo, de edad de veinte años. Declara que en el mes de agosto pagará 260 pesos y los 215 pesos restantes para fin de diciembre.
UntitledGregorio Vázquez de Rivadeneira, administrador de la estancia del Hatillo propiedad de doña María Balcázar, viuda de Pedro González de Espinosa, en nombre y como apoderado de ella, en virtud de un poder otorgado ante Manuel de Rosales, Escribano Público de Cosamaloapan, se obliga a pagar a Luis de Medina y Rojas, vecino de la Nueva Veracruz, la cantidad de 137 pesos y medio en reales de contado, cuya cantidad le prestó para el seguimiento de sus pleitos y avío de la dicha hacienda del Hatillo.
UntitledDon Francisco Sigler del Rebollar, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General de esta villa Córdoba, su partido y jurisdicción, otorga que debe y se obliga de pagar al Señor Doctor don Francisco Salvador Gómez de Espinosa, Presbítero, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario Foráneo, Juez Eclesiástico del pueblo de Cosamaloapan, 1 050 pesos de oro común, los mismos que por hacerle buena obra le ha prestado, los cuales pagará dentro de un año.
UntitledFrancisco Lorenzo, dueño de hacienda de ganado mayor en la jurisdicción de Cossamaluapan [Cosamaloapan], presentó una escritura de obligación otorgada por doña Inés Ladrón de Guevara, viuda del Proveedor don Jerónimo de Mendívil, como principal, y doña Mariana de Mendívil, viuda de don Francisco Javier Vidal Saavedra, don Baltazar de Berrosteguieta, marido y conjunta persona que ha de ser doña Inés de Mendívil, el cual está próximo a contraer matrimonio con la susodicha, y don Julián Jerónimo de Mendívil, marido y conjunta persona de doña María de Flores y Cerón, todos hijos de la dicha doña Inés Ladrón de Guevara, vecina del referido pueblo, cuya obligación otorgaron de mancomún acuerdo a favor del Bachiller don Bernardo Rafael Cerón, Cura Beneficiado por Su Majestad, Juez Eclesiástico y Vicario Foráneo del referido pueblo y su partido, por la cantidad de 5 000 pesos que por hacerles amistad y buena obra les ha prestado por el tiempo de seis años, con obligación de réditos, de todos sus bienes y especialmente de dos haciendas de ganado mayor, la una nombrada [Cuatotolapan] y la otra Amajaque, que posee en la jurisdicción de Acayucan, dichas haciendas por la parte del poniente lindan con el [roto] que baja del pueblo de Tataguicapam [Tatahuicapan] a las haciendas que están de la otra parte nombradas Soncuautla [Solcuautla] y Nopalapam [Nopalapan], cuyo río divide las dos haciendas y les ha servido de lindero, y por la parte del norte el río que baja de la villa de Tuxtla que llaman Zongoluacam [sic], como viene corriendo hasta entrar en dicho río Grande, donde hace lindero con la hacienda de ganado mayor nombrada Otapa, y por el oriente con la hacienda de ganado mayor nombrada el Pedregal, y por el sur con el pueblo de Acayucan, cuyas haciendas están gravadas a 7 000 pesos de principal de la obra pía del Licenciado Montiel por el Doctor don Francisco Coronel, 6 000 pesos por el convento de la Santísima Trinidad de la ciudad de los Ángeles, 2 000 pesos de principal de una capellanía que fundó don Jacinto Jara y Oliver, 2 000 pesos de otra capellanía que sirve el Bachiller don Miguel de Acevedo y 4 500 pesos de Nuestra Señora de la Limpia Concepción de Cosamaloapan, cuyas cantidades importan 25 500 pesos que por dicha escritura parece a que se refiere; y de pedimento de dicho Francisco Lorenzo la registró en el libro del becerro de este oficio público.
UntitledEl Capitán Joseph [José] Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que se obliga a pagar al Bachiller don Francisco Salvador de Espinosa, Clérigo Presbítero, vecino del pueblo de Cosamaloapan, 3 000 pesos de oro común.
UntitledEl Capitán Joseph [José] de Segura [y] Cevallos [Ceballos], vecino de esta villa de Córdoba, otorga que se obliga a pagar a doña María Zaraso de Artiaga [Ceraso de Artega], vecina de Cosamaloapan, 1 239 pesos de oro común en reales, que por hacerle buena amistad se los dio prestado.
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