Doña María Nicasia Meléndez, viuda de Ignacio de Zárate, su albacea y heredera, otorga que se obliga a pagar a don Alonso Marías, vecino de Veracruz, el dinero que hasta la presente le ha suplido por motivo del pleito contra don Manuel García Cosio, albacea de dicho su primer marido.
OBLIGACIONES
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Don Blas Francisco Fernández, vecino y del comercio de México, otorga que debe y se obliga a pagar a don Gabriel de Arteaga, vecino y del comercio de Veracruz, la cantidad de 11, 694 pesos 7 y 5 octavos reales que les ha dado en géneros de Castilla, los que se obliga a pagar al despacho de los azogues que se esperan este año, y en caso de que no vengan los pagara en el mes de septiembre del próximo año.
Don Pedro de Aicinena, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, otorga que debe a don José de Villanueva Pico, Capitán Maestre y Sobrecargo de la fragata nombrada Señor San José, alias la Guipúzcoa, de la presente flota y propia de la Real Compañía de San Fernando de Sevilla, 22, 800 pesos que lo importaron diferentes mercaderías que le fío dicho capitán, cantidad que se obliga a pagar al despacho de los primeros navíos de azogues que vengan y regresen de Veracruz para España.
Don Ignacio de Linaza Soro, Administrador del Obraje de Tepetitlán de don Miguel Antonio de León, de la Alcaldía de Metepec, dijo que sus mozos han reconocido en este pueblo una mula parda de carga con el hierro sólo del criador y de Pablo José de Castro, vecino de Naolinco, quien la trae y dice la compró en México a un corredor nombrado Juan Antonio Hernández en 26 pesos, debido a no traer poder ni instrumento alguno dio como fiador a don Antonio Justo, vecino de este pueblo, por lo que otorgan que se obligan a que luego que parezca persona con poder del dueño de dicha mula, quien es don Máximo Berrio, vecino del curato de San Felipe el Grande, y prueba competente de ello dándole carta de lasto, entregaran la mula o los 26 pesos.
Don Juan Agustín de Urresola, vecino de la Ciudad de Puebla, debe y se obliga a pagar a don Pedro Sánchez de Córdoba, vecino de España y residente en este pueblo, junto con don Francisco Juan de Quintas, vecino de la Ciudad de Oaxaca, y a don Santiago Durante, vecino de la citada Ciudad de Puebla, la cantidad de 16, 581 pesos y 3 reales, en los meses de agosto y diciembre de este año.
Don Juan Agustín de Urresola, vecino de Puebla, como deudor de don Pedro Lorenzo Rodríguez, residente en la Nueva Veracruz, se obliga a pagar a don Antonio de Alsasua, vecino de la Ciudad de México, por orden de dicho don Pedro Lorenzo la cantidad de 26, 724 pesos 7 reales y una cuartilla, en diferentes plazos y en plata doble en la Ciudad de Puebla.
Blas de Aguilar, vecino de Naolinco, debe y se obliga a pagar 819 pesos y 4 reales, a don Pedro García de Baldemora, Cura de Tlacolulan, el cual es apoderado de doña María de Jesús Álvarez de Guzmán, viuda de Juan López Meilán y tutora del menor Juan José López Meilán, por la compra de ganado vacuno. Debido a que dicho Aguilar no cumplió a tiempo con el pago, salio como su fiador Francisco Munguía, obligándose a cubrir dicha cantidad el día 4 de octubre de este año.
Don Félix del Ciervo, don Juan Loran y don Joaquín de Arias, vecinos de España y residentes en el pueblo de Jalapa, deben y se obligan a pagar a don Juan Martín de Aguirre, Diputado de España y residente en este pueblo, y por su ausencia a don Juan de Malibrán y Bosques, vecino de Veracruz, la cantidad de 8, 429 pesos 1 y 7 octavos de reales plata, en la Ciudad de Oaxaca o en el lugar que se les señale.
Miguel José de la Paz y Arellano, don Manuel José de Esquivel, don Matías de la Mora Castañeda y José de Machuca por una parte, y de la otra don Antonio Vázquez Ruiz, vecinos de las Minas de San Miguel de las Cuevas y del pueblo de Jalapa, se obligan a cumplir las condiciones para el asunto de las minas, debido al beneficio de metales de oro o plata de las minas de San Miguel de las Cuevas que necesitan, también obligándose a pagarle a Antonio Vázquez, la cantidad de 500 pesos, para los avios de su mina.
Don Francisco Pérez de Arellano, vecino de la Jurisdicción de la Antigua Veracruz, informa que por subasta publica y remate de abasto de carnes de esta cabecera, se obliga a dar 6 libras de toro o novillo por un real y 22 onzas de carnero por otro real en esta cabecera, en sus Ramos a 4 libras de toro o novillo por un real y de carnero 22 onzas, nombrando como fiadores al Capitán Juan Antonio de Zavalza y a don Laureano Fernández de Ulloa, vecinos del pueblo de Jalapa, quienes se obligan a pagar 100 pesos anuales para la obra del desagüe de Huehuetoca, 35 pesos anuales al Sargento Mayor de este Obispado, dar la limosna un real de carne todos los días de carnal al convento de San Francisco y otro real de carnero para los pobres todos los días.