Juan de Ballesteros Laso de la Vega, vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles y residente en este pueblo, con poder que le otorgó Carlos Francisco de las Peñas Montalvo, recibió de Laureano Donado, vecino de España y residente en este pueblo, la cantidad de 29, 902 pesos 3 reales en mercancía de Castilla, los cuales se obliga, como fiador apoderado del citado Carlos, a pagar cuando salga el despacho de las primeras banderas o azogue hacia los Reinos de Castilla y por su defecto se ha de pagar en grana jaspeada, de la más selecta.
OBLIGACIONES
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Fernando Sandies Salvador y José López Trujillo, vecino de Veracruz y residentes en este pueblo, deben y se obligan a pagar a Francisco Gutiérrez Franco, la cantidad de 5,544 pesos, para mediados del mes de marzo del próximo año de 1734, en este pueblo o en lugar que se les pida.
Juan Cordero, solicita la cancelación de una escritura, por la cantidad de 5,153 pesos, los cuales ha recibido de Francisca Javiera Gutiérrez, viuda de Pedro Bernardo Mosquera del Mazo, los cuales se obligó a pagar por escritura el 20 de julio de 1732, hecha en Cádiz a favor de Domingo Umarán, de quien es apoderado dicho Cordero.
Juan de Quiñones, Alguacil Mayor de esta jurisdicción y Antonio López, vecino de este pueblo, dijeron que Domingo Gómez Canalizo, otorgó poder al citado Antonio, para que cobre de Alejandro de Villa la cantidad de 1, 590 pesos 7 reales, por lo que ambos se obligan como depositarios de 1, 312 pesos 3 reales y cuartilla reales que quedaron embargados en Perote en poder de Pedro Martín.
Bernabé Bello Gordillo y Bernabela González, marido y mujer residentes en este pueblo y vecinos de Teziutlán, como principal y Lucas de Olachea como fiador, el primero declara que debe a María Fernández Marín, la cantidad de 338 pesos que se obliga a pagar junto con Bernabela a María Fernández Marín en el plazo de 8 meses, y para seguridad de dicha deuda, hacen hipoteca de unas casas deslindadas en esta escritura y por defecto en el pago ceden y transfieren dichas casas a María.
Alejandro Jacinto Gago de Mendoza y Montenegro, vecino de este pueblo, debe y se obliga pagar a José Piñero, vecino de Veracruz, como albacea que es de los hijos y herederos de Nicolás Rodríguez, la cantidad de 324 pesos que le prestó en dinero de contado, los cuales se obliga a pagar 200 pesos al despacho de la flota que se está esperando y los 124 pesos 2 reales restantes dentro de 4 meses en su partida.
Copia de poder para que reciba y cobre judicialmente de Juan de Quiñones, Alguacil Mayor de este pueblo y de Jalacingo, la cantidad de 847 pesos 6 y 3 cuartillas de rédito de 1 271 pesos 5 reales y 3 cuartillas, que se obligó a pagar al otorgante, y si por causa de dicha cobranzas se requiriese contienda de juicio que lo siga, y haga los pedimentos, autos y diligencias convenientes, por lo que se le da libre y general administración.
Juan de Lezama, vecino del pueblo de Jalapa, albacea de Cristóbal de Lezama, su hijo, tiene en su poder 258 pesos que otorgará a su nieta María Josefa, y para cumplir esta obligación, hipoteca una casa que se encuentra en Jalapa, de paredes y cubierta de teja, frente a las casas de Don Miguel de Soto y calle que sale para la Nueva Veracruz, linda al oriente con casa y solar de Miguel Pando, al poniente con la casa y solar de Benito Posadas y al fondo con casa y solar de los herederos de Juan Zapata de Herrera, libre de todo empeño, censo, hipoteca y gravamen especial y general.
Don Juan Francisco de Puertas, vecino de la Ciudad de Antequera, Valle de Oaxaca, debe y se obliga pagar a don Manuel Martínez de Pinillos, vecino de Cádiz, la cantidad de 1, 600 pesos de oro común en moneda doble.
Don Miguel de Pagola, vecino de Valladolid, otorga que debe y se obliga a pagar a don Martín de Michelena, la cantidad de 6, 000 pesos escudos mexicanos, mismos que importaron diferentes mercaderías, y que pagará dentro de un año, en la Ciudad de México.