Don Joaquín Ildefonso de Torquemada, vecino de este pueblo de Jalapa, debe y se obliga a pagar a don Pedro de Larburu, la cantidad de 1, 338 pesos, de la siguiente manera; los primeros 1, 000 pesos durante el mes de agosto y los restantes 338 pesos 3 meses después de la llegada de la primera flota al Puerto de Veracruz.
OBLIGACIONES
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Manuel Caballero, vecino del pueblo de Perote, debe y se obliga a pagar a don Alejandro Quiñones, Teniente de Alguacil Mayor, la cantidad de 800 pesos escudos mexicanos, en la primera flota que llegue procedente de los Reinos de Castilla, en el plazo de 4 meses.
Los Capitanes don Bartolomé de Castro, don José Robledano de Cardeña, don Manuel de Olmedo, junto con los vecinos y naturales de este pueblo de Jalapa, se comprometen realizar el cobro y administración correspondiente de las alcabalas de esta jurisdicción, Jalacingo, Tetela, Jonotla, San Juan de los Llanos, Teziutlán, Atempa y Papantla, designando para tal acción a don Laureano Fernández de Ulloa, en compañía del Capitán don José Robledano de Cardeña, don Gregorio Fernández de Mantilla y don Juan Antonio de Zavalza.
Doña Inés de Lezama, viuda y albacea de don Domingo Navarrete, debe y se obliga a pagar a José Ortiz, vecino de Coatepec, la cantidad de 217 pesos, en el primer o segundo viaje que realice su recua a la Ciudad de la Nueva Veracruz.
Don Juan José de Arpide, vecino de este pueblo de Jalapa, se obliga como fiador a favor de la fianza, para salir de la cárcel a Juan Trujillo, español y vecino del pueblo de San Miguel del Soldado.
Don Agustín Suárez, y doña María Nicolasa de Torquemada, marido y mujer, otorgan poder especial a don Félix Lince, Contador General del estado, señor Duque de Terranova y vecino de la Ciudad de México, para que otorgue escritura de obligación ante los herederos de don Pedro de Larburu, por la cantidad de 1,270 pesos.
Doña María Nicolasa de Torquemada, mujer legítima de don Agustín Suárez, vecina de este pueblo de Jalapa, con licencia expresa de su marido, se obliga a pagar 260 barajas, del estanco que tiene su citado esposo.
El Capitán don Bartolomé de Castro, vecino de este pueblo de Jalapa, con testamento hecho el 15 de junio de 1733, informa que por vía de codicilio, se deje libre a la tercera orden de San Francisco del cobro de la obligación de pagar 3, 000 pesos por una misa a su favor.
Julián Rodríguez y Bartolomé Zurita, vecinos del pueblo de Naolinco, deben y se obligan a pagar a doña Petrona Guevara, viuda de Nicolás Antonio Domínguez Muñiz, vecina del citado pueblo, la cantidad de 500 pesos, en el periodo de 4 años, para lo cual el citado señor Zurita hipotecó una casa ubicada en este pueblo de Naolinco, hecha de paredes de cal y piedra, techada con tejas, que linda al oriente con la calle que baja de Santa María, al sur con casa y solar de Patricio de Escobar, al norte con casa y solar de Salvador Hernández y al poniente con solar de Juan del Moral.
Don José Herrera, Gobernador de los naturales de este pueblo, don Cristóbal Felipe, don Pedro Martín, Alcalde del Barrio de Santa María, don Pascual de la Cruz, don Diego de la Cruz, Regidor del Barrio de Jalapa, don Juan Antonio y don Juan Francisco, alcaldes pasados, fiadores y pagadores principales, dijeron que por los señores de la Real Audiencia de este Reino, se obligan a pagar a don Andrés Gutiérrez Calzadilla, 200 fanegas de maíz de buena calidad, de diezmo del maíz que siembran y recogen en tierras compradas y arrendadas.