El Capitán don Juan Antonio de Arce y Arroyo, vecino de este pueblo, otorga poder especial a don Manuel de Llantada y Barra, vecino de la Ciudad de México, para que lo obligue como fiador de don Andrés Fernández de Otañez, Alcalde Mayor de la provincia de Teutila, en el Obispado de Oaxaca, por la cantidad de 2,000 pesos con sus réditos, a favor de la Archicofradía del Santísimo Sacramento y Caridad, fundada en la Iglesia Catedral Metropolitana de la Corte de la Ciudad de México, donde el citado Otañez, tiene en depósito irregular de 22, 000 pesos, con réditos de 5 %, por el tiempo de 5 años.
OAXACA, OBISPADO DE
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Ante el Capitán don Juan José de León, Alcalde Mayor, Juez de Caminos y de Registros, pareció don Lorenzo Gómez de Espinosa, criador de ganado mayor, para registrar una partida de ganado que tiene en las sabanas de este pueblo, compuesta de 1,200 reses, toros y novillos, de sus haciendas Chiltepec, Pedregal y Otapa, y entre esta cantidad trae unos rezagos que ha cobrado de los diezmos del Obispado de Oaxaca en virtud del recudimiento que para ello tiene; para pasar a la ciudad de los Ángeles, México y otras partes que le convenga para su venta.\n
Salvador Pérez Padrón, residente en esta villa y vecino del pueblo de Acayuca [Acayucan], dueño de hacienda de ganado mayor en su jurisdicción, dijo tiene su hacienda en términos del obispado de Oaxaca, y el diezmo que paga de dichos ganados de inmemorial tiempo se ha pagado en reales, y ahora se intenta el que lo pague en ganados. Pago que le causaba perjuicio al otorgante, por lo que ocurrió al deán de la ciudad de Oaxaca, quien por su decreto mandó que [roto] don Antonio Ramírez de Aguilar, Cura Beneficiado de la Tustla [Tuxtla], Colector de la Santa [roto] ciudad de Oaxaca, ajustase que el otorgante se [roto] de dichos diezmos en reales y para que haya [roto] lo obligue a que pagará 200 pesos en [roto] por el diezmos dicha hacienda. En ese tenor, otorga poder especial al Capitán Mathias [Matías] Fernández de Venavente [Benavente] y Aragón, vecino del pueblo de Acayuca [Acayucan] para que en su nombre y representación, le obligue en sus bienes y personas a que pagará anualmente al Licenciado Antonio Ramírez de Aguilar, o a quien en su poder fuere parte de la legitima por dicha iglesia, 200 pesos del diezmo de dicha hacienda que es la cantidad en que está ajustado y lo que ha pagado siempre por razón de dicho diezmo; y en razón de lo susodicho haga y otorgue las escrituras de obligación que convengan, por lo que se le da éste con libre y general administración
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