NUEVA ESPAÑA

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              MX UV.USBIX ANX-P-0012-PX_0012_0082 · Item · 25/10/1683
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              El Capitán Don Antonio de Castro Echarri, Escribano Mayor de Minas y Registros y Real Hacienda de las ciudades de La Antigua y Nueva Veracruz, y Puerto de San Juan de Ulúa, usando de la facultad que Su Majestad tiene concedida a todos los que tienen oficios renunciables en esta Nueva España, renunció el dicho su oficio en el Capitán Don Francisco Nicolás de Castro, su primo, en Sebastián Sánchez y Francisco de Aguirre, vecinos de la Nueva Veracruz.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0006-PX_0006_0199 · Item · 22/01/1642
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Alonso González, dueño de su recua, vecino de Jalapa, recibió de Doña Luisa Ponce de León, viuda del Capitán Don Juan de Sámano y Quiñones, Alcalde Mayor que fue de esta provincia, 867 pesos de oro común en reales y 611 barajas de naipes, contadas y enjutas, para entregar en la ciudad de México a Luis de Tovar Godínez, Escribano Mayor de la Gobernación de esta Nueva España, para la fecha de esta carta en 20 días primeros siguientes.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0006-PX_0006_0368 · Item · 20/10/1644
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              El Capitán Don Sebastián de la Higuera Matamoros, residente en este ingenio, dijo que habiéndose rematado la vara de Alguacil Mayor de esta provincia en 5 100 pesos, a favor de Don Roque Gutiérrez de Ceballos, dio su poder cumplido a Pedro de Armendáriz, Procurador del Número de la Real Chancillería de la Nueva España, y a Eugenio Fernández de Ledezma, escribano del derecho de la media anata, vecinos de la ciudad de México, para que puedan obligarlo como fiador de Don Roque Gutiérrez hasta en la cantidad de 2 000 pesos de oro común.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0006-PX_0006_0372 · Item · 12/02/1644
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Luisa Ponce de León, viuda de Don Juan Sámano y Quiñones, vecina de la ciudad de México, residente en su ingenio de (San Miguel) Almolonga, jurisdicción de Jalapa, en nombre de Luis de Tovar Godínez, Escribano Mayor de la Gobernación y Guerra de esta Nueva España, como patrono de la capellanía patronato lego que fundó de 4 000 pesos de principal sobre dicho ingenio de azúcar, nombró capellán del citado patrono al Bachiller Fernando de España, presbítero, para que sirva la referida por el tiempo que Don Luis de Tovar Godínez lo estime.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0009-PX_0009_0126 · Item · 09/11/1665
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Velázquez de la Cadena, dueño de este ingenio, dio su poder cumplido a su hermano el Secretario Don Pedro Velázquez de la Cadena, vecino de la ciudad de México, Escribano de Cámara y de la Gobernación de Nueva España, para que en su nombre le busque de cualesquier personas, a daño, barata o préstamo, hasta la cantidad de 2000 pesos de oro común, y le obligue a la paga. Dichos pesos habrán de ser para el avío de este ingenio que administra con poder de su suegro, el Capitán Don Antonio de Orduña Loyando.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0136 · Item · 1708/07/04
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              María Blanco Ramos, viuda del Alférez don Eugenio Serrano y Perea, vecina de este pueblo de San Juan Cuescomattepeque [Coscomatepec], tutora y curadora de las personas y bienes de sus menores hijos y del citado difunto, otorga poder general a don Dionisio Serrano y Perea, su hermano, vecino de este pueblo, y próximo para hacer viaje a la ciudad de México, para que representando su persona parezca ante el Licenciado don Alonso de Abella Fuerte, del Consejo de Su Majestad y Alcalde del Crimen de la Real Sala y Audiencia de esta Nueva España y Juez General de Bienes de Difuntos, y ante José Manuel de Paz, Escribano de dicho juzgado, y pida a su señoría se sirva que en atención a haber muerto su marido ab intestato, como parece de los autos que están remitidos a dicho juzgado, el declararla en tal heredera y a los dichos sus hijos en la parte que les toque [roto].

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              MX UV.USBIX ANC-P-0051-PC_0051_0124 · Item · 1715/12/12
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Morera de Silva, Escribano del Rey y vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder general a don Juan de Ureña, vecino de la ciudad de México, Contador y Ordenador del Tribunal y Real Audiencia de Cuentas de esta Nueva España, para todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, especialmente ante el Rey y en su Real Sala del Crimen, donde pida se sirva declararlo haber cumplido con el tenor de la sentencia que fue servido pronunciar contra él, de la suspensión de dicho oficio por dos años. Para lo cual ofrezca los pedimentos, requerimientos, suplicas, autos y demás diligencias que convengan, y conseguido que sea, saque las escrituras necesarias para el uso y ejercicio de dicho oficio, de manera que por falta de poder, requisito, circunstancia y lo dependiente, se le da éste con libre y general administración con facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0048 · Item · 1696/06/03
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez Antonio de Ábrego Esquivel, [Teniente General] en lo político y militar de esta villa de Córdoba y partido de San Antonio Guatusco [Huatusco], por nombramiento del Capitán don Antonio Orejón de la Lama, Caballero de la Orden de Santiago y Alcalde Mayor de dicho partido; otorga poder a Domingo de Córdova [Córdoba], Procurador del Número de la Real Audiencia de esta Nueva España, para que ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia siga y termine la demanda que ha propuesto seguir, respecto a Real Provisión despachada por Su Alteza a pedimento de dicho Capitán don Antonio Orejón, en la cual se notifica que el otorgante y el presente escribano asistan a dicho capitán en la cabecera, donde estarán dos días a la semana y le darán cuenta de lo que hubiere sido a su cargo y cobrado del real haber y demás que expresa dicha Real Provisión, despachada en este mes de mayo y refrendada por Juan de Aguirre Vidaorreta [Vidaurreta], Teniente de Escribano de Cámara de dicha Real Audiencia. Y para que consiga se le restituyan 4 000 pesos que tiene recibidos dicho capitán por el traspaso que le hizo del oficio de teniente general al otorgante.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0090 · Item · 1702/09/05
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Licenciado don Diego García Calvo, Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, Teniente de Cura de esta villa, Vicario y Juez Eclesiástico, otorga poder especial a Nicolás Álvarez, vecino de la ciudad de los Ángeles, y a Domingo de Córdoba, Procurador del Número de la Real Audiencia de México de esta Nueva España, para que en su nombre comparezcan ante el señor juez general de bienes de difuntos de esta Nueva España y ante otros jueces y justicias, tribunales superiores e inferiores que a su derecho importen, y sigan, fenezcan y acaben por todos artículos, grados e instancias relativos al poder para testar que doña Ana López de San José, su difunta tía, otorgó por el mes de julio pasado, por ante Bartolomé de Luey Escandón, Escribano Real, en que instituyó y nombró por sus albaceas testamentarios fideicomisarios a don Andrés José de Heredia, su hermano, y a Pedro de Molina, y del remanente de su bienes instituyó como heredero al otorgante y al Bachiller Antonio García Calvo, Presbítero, y a doña Rosa María García Calvo, sus hermanos, siendo esta última mujer legítima de don Andrés José de Heredia. Y por cuanto habiendo la dicha difunta declarado su última voluntad, el dicho Bartolomé de Luey en la cláusula de dichos herederos suspendió dicho poder y puso certificación de que la dicha “doña Ana López de San José estaba integra”, por cuya causa por el alcalde mayor de dicha ciudad de los Ángeles se hicieron diferentes autos, y uno con parecer de asesor en que declaró haber fallecido dicha difunta intestada, y dichos autos se remitieron al juez general de bienes de difuntos, a donde ocurriesen las partes interesadas a decir su defensa. Cuyo poder otorga para que en dicho tribunal pidan se declare dicho poder para testar por válido y el otorgante, junto con sus hermanos, como herederos universales, y que se levante el embargo hecho en los bienes de dicha difunta por la Real Justicia de la jurisdicción de Ysucar [Izúcar], y hasta que se consiga lo referido, pidan se remueva el depósito e dichos bienes en el dicho don Andrés José de Heredia, y hagan todo lo necesario para ello.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0015-PC_0015_0023 · Item · 1679/11/24
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Domingo Antonio Gómez, Escribano de Su Majestad y Teniente del Público y de Registros de Orizaba, su jurisdicción y de este partido de San Antonio Huatusco, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que los religiosos descalzos de la Orden de Nuestro Padre San Francisco de la Provincia de San Diego de la Nueva España [pretenden fundar] en esta villa, un convento de dicha [orden] [roto] [en las] casas de la morada de Francisco de [Solís], [vecino]de esta villa y de San Antonio Huatusco, [roto] por escritura de donación que les hizo el susodicho en México a los veintiseis días del mes de febrero del presente año, por ante Pedro del Castillo Grimaldos, Escribano de Su Majestad, y respecto a que el sitio y solar que dicha casa ocupa es corto para la fundación del convento, necesitando para ello más sitio, hace donación para este efecto de medio solar de tierra de 50 varas de largo y 25 de ancho que tiene en esta villa, el cual linda por el norte con dicha a casa; por el oriente con solar de Gerónimo [Jerónimo] de Leyva [Leiva]; por el sur con el de los herederos del Alférez Mayor Juan García Valero, calle en medio, de los dos últimos; y por el poniente con otro medio solar de Gaspar González Navarro. En caso de que dicho convento no se edifique en el espacio y término de [seis años], esta donación no tendrá validez.

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