Don Miguel Valero de Grageda [Grajeda], Alférez Mayor y vecino de esta villa de Córdoba, dueño de una cuadrilla de doce carros herrados, dijo que el Capitán Jospeh [José] Blanco, su hermano, hizo postura ante el Capitán y Sargento Mayor don Francisco Sánchez Asañero [Aceñero], Alcalde Mayor y Capitán a Guerra por Su Majestad de esta villa y partido de San Antonio Guatusco [Huatusco], para la conducción de los sillares de cantería utilizados para el recalce de la Real Fuerza de San Juan de Ulúa, conducidos desde la cantera del cerro de la Peñuela, en esta jurisdicción, donde se sacan y labran por cuenta de Su Majestad y se envían a la Nueva ciudad de la Veracruz. Acordando el precio de 5 pesos y medio reales por cada sillar de la medida que se contiene en dicha postura, lo cual fue aceptado y aprobado por el Excelentísimo Señor Conde de Paredes, Virrey de esta Nueva España, con calidad de que para poder empezar a conducirlos se les había de entregar 8 000 pesos de oro común en la Real Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz. Por lo cual, otorga poder al Capitán Joseph [José] Blanco, para que en su nombre cobre de los señores jueces oficiales reales de la Real Hacienda y Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz, los 8 000 pesos que al susodicho y al otorgante les pertenecen por dicha razón.
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Don Domingo de Arrieta, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y [Juez Eclesiástico] del pueblo y partido de San Francisco [roto] del obispado de Puebla de los Ángeles de la Nueva España, otorga poder a don Alonso Rodríguez Gutiérrez, Procurador de los Reales Consejos, y por su impedimento a don Juan Albano [Bernal] y a don Damián Guetens [sic], criado de Su Majestad, vecinos de la villa de Madrid, para que cada uno de los susodichos parezca ante el Rey en su supremo y Real Consejo de Indias y pidan se le haga merced de cualquier prebenda que estuviera vacante en la Iglesia Catedral de la ciudad de los Ángeles, para lo cual presenten pedimentos, memoriales de sus méritos, testimonios e informaciones, y conseguida la merced le remitan título por duplicado.
UntitledFrancisco de Aguilar, vecino de esta villa, dijo que por cuanto su padre Francisco de Aguilar, Regidor y vecino de esta villa, le hizo traspaso del oficio de regidor, otorga poder al Capitán Francisco de las Casas, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre parezca ante el Excelentísimo Señor Virrey Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, a quien pida y suplique le haga merced de admitir el traspaso y renuncia del oficio.
UntitledEl Capitán y Sargento Mayor don Pedro López del Cano, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General por Su Majestad de esta villa de Córdoba y del partido de San Antonio Guatusco [Huatusco], dijo que habiendo hecho a su costa los puentes de la punta de Guatusco [Huatusco] y una venta para el trajín del camino real que va a la Nueva ciudad de la Veracruz, en virtud de mandamiento del Excelentísimo Señor Conde de Paredes Virrey de esta Nueva España, quien mandó que a cada persona que pase a caballo por los puentes se le cobre 1 real y otro real más por cada mula cargada, dio en arrendamiento ese derecho y dicha venta, hasta el mes de septiembre del año de 1687, al Sargento Juan Joseph [José] Hernández, de la Compañía de Infantería del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], por precio de 700 pesos, en la forma y como se contiene en la escritura que otorgó el susodicho ante el presente escribano el 15 de julio de este año, la cual declara está hecha de su consentimiento y se obliga a guardar y cumplir todo lo que en ella indica.
UntitledEl Capitán don Joseph [José] de Segura y Zevallos [Ceballos], otorga poder a Tomás Ruiz de Quiros [Quiroz], Antonio Moreno de Torija, Pedro Sáenz de Rosas para que lo defiendan de todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales. También lo otorga para que cobren y reciban judicial y extrajudicialmente de Su Majestad y de cualquier persona las cantidades que le debieren, otorgando recibo y cartas de pago. Declara que como albacea de Joseph [José] Blanco, otorga que representando a su persona parezcan ante el superior gobierno y Real Audiencia de la Nueva España y pidan el “desistimiento” de la obligación hecha por el dicho Capitán Joseph [José] Blanco en que se obligó a dar la cantería para la Real Fábrica de San Juan de Ulúa y murallas de la Veracruz. Del mismo modo otorga a los susodichos el poder para que administren sus bienes y los gobiernen. Finalmente otorga otro poder para que puedan recaudar las cantidades de pesos que constaren deberse en el ingenio de don Francisco Rebolledo, y para mayor abundamiento sustituye el poder que le otorgaron para dicho efecto en doña Isabel de Segura, Licenciado Juan de Segura, Licenciado Antonio de Segura, Alberto de Segura y doña Micaela de Segura, sus hermanos.
UntitledCopia de mandamiento de 21 de junio de 1687 por el cual don Melchor Portocarrero Lazo [Laso] de la Vega, Conde de Monclova, Comendador de la Zarza en la Orden y Caballería de Alcántara, Virrey y Capitán General de esta Nueva España, concede licencia a Francisco Rodríguez de Olmedo, vecino de la jurisdicción de Huatusco, para que en las tierras que tiene y posee en la jurisdicción de la villa de Córdoba, cerca de la Peñuela, Boca del Monte y Totutla, pueda sembrar caña y fundar un trapiche donde moler y hacer azúcares y panochas de la permitida.
UntitledMiguel de Leiva Esparragosa, vecino y Regidor de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, dueño de diferentes sitios de tierras que ha comprado en esta jurisdicción, constando su legitimación en los títulos de ventas, posesiones y composiciones; en atención a que para en su poder una merced hecha por el Señor Marqués de Villamanrique, Virrey que fue de esta Nueva España, de 4 sitios de tierra para ganado menor en los términos del pueblo de [San Antonio] Guatusco [Huatusco], solicita al Señor Capitán don José Gómez Dávila, Alcalde Ordinario de esta villa por Su Majestad, se sirva mandar que el presente escribano la protocolice en el registro del oficio público de dicho cargo para la mayor seguridad y permanencia.
UntitledEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal, para la introducción de negros en las Indias y en virtud de nombramiento que le hicieron de dicho cargo los diputados de la junta de ella en la ciudad de Lisboa a los 22 de mayo de 1699, firmado por dichos diputados y refrendado por Francisco Méndez de Barros, que en testimonio esta protocolado en el registro del oficio público de José de Orduña, Escribano Público de la ciudad de la Veracruz, de cuya facultad usando, otorga que vende a Diego de Palma, vecino de esta villa, una negra, pieza del armazón y asiento conducido a la dicha ciudad y puerto de Veracruz por el Capitán Antonio Francisco de Seiva, en la urca nombrada Nuestra Señora de las Necesidades y San Joseph [José], calimbada con una CR en el brazo izquierdo, la cual la vende por esclava cautiva sujeta a perpetuo cautiverio y servidumbre, libre de empeño y sin asegurarla de vicio, tacha, ni enfermedad pública ni secreta, y con todas sus mañas buenas o malas, alma en boca huesos en costal, excepto con la enfermedad de mal de corazón y gota coral, según se expresa en la condición duodécima de dicho asiento. La vende en la cantidad de 350 pesos de oro común, que ha de pagar dicho comprador en los plazos y tiempos que se expresan en la escritura.
UntitledEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros, bajo la escritura que pasó en la villa de Madrid Corte de Su Majestad a los 12 de julio de 1696, ante Diego Fernández Piñero, Escribano de Cámara en el Real Consejo de Indias y de la Junta de Guerra, que fue Su Majestad servido de aprobar por Real Cédula su fecha en dicha villa a 17 de julio de 1696, refrendada por el Señor don Bernardo Antonio de Pardiñas Villar de Francos; y en virtud de nombramiento que le hicieron de dicho cargo los diputados de la junta de dicha Real Compañía en la ciudad de Lisboa a los 22 de mayo de 1699, firmado por dichos diputados y refrendado por Francisco Méndez de Barros, que en testimonio esta protocolado en el registro del oficio público de José de Orduña, Escribano Público de la ciudad de la Veracruz, de cuya facultad usando, otorga que vende a don Diego Valero Grajeda, vecino y Regidor de esta villa, ocho negros esclavos piezas de diferentes castas, calimbados en el brazo izquierdo con una CR, los mismos que fueron conducidos a la ciudad y puerto de la Veracruz por el Capitán Antonio Francisco de Seiva, en la urca nombrada Nuestra Señora de las Necesidades y San Joseph [José]. Los vende por esclavos cautivos, sujetos a servidumbre, libres de empeño y sin asegurar de vicio, tacha, ni enfermedad pública ni secreta, y con todas sus mañas buenas o malas, almas en bocas huesos en costal, excepto las enfermedades de mal de corazón y gota coral, según se expresa en la condición duodécima de dicho asiento; por precio de 350 pesos cada uno que hacen cantidad de 2 800 pesos de oro común. Y para garantizar el pago de dicha cantidad, nombra a don Juan Valero Grajeda, vecino y Regidor de esta villa, como su fiador y principal pagador y ambos otorgan que se obligan de dar y pagar al Capitán Lucas de Acosta en los plazos y tiempos que se expresan en la escritura.
UntitledEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros, bajo la escritura que pasó en la villa de Madrid Corte de Su Majestad a los 12 de julio de 1696, ante Diego Fernández Piñero, Escribano de Cámara en el Real Consejo de Indias y de la Junta de Guerra, que fue Su Majestad servido de aprobar por Real Cédula su fecha en dicha villa a 17 de julio de 1696, refrendada por el Señor don Bernardo Antonio de Pardiñas Villar de Francos; y en virtud de nombramiento que le hicieron de dicho cargo los diputados de la junta de dicha Real Compañía en la ciudad de Lisboa a los 22 de mayo de 1699, firmado por dichos diputados y refrendado por Francisco Méndez de Barros, que en testimonio esta protocolado en el registro del oficio público de José de Orduña, Escribano Público de la ciudad de la Veracruz, de cuya facultad usando, otorga que vende a Antonio Hidalgo, vecino de esta villa, cuatro esclavos piezas de diferentes castas, calimbados con una CR en el brazo izquierdo, los mismos que fueron conducidos a la ciudad y puerto de la Veracruz por el Capitán Antonio Francisco de Seiva, en la urca nombrada Nuestra Señora de las Necesidades y San Joseph [José]. Los vende por esclavos cautivos, sujetos a servidumbre, libres de empeño y sin asegurar de vicio, tacha, ni enfermedad pública ni secreta, y con todas sus mañas buenas o malas, almas en bocas huesos en costal, excepto las enfermedades de mal de corazón y gota coral, según se expresa en la condición duodécima de dicho asiento; por precio de 350 pesos por cada uno que importan 1 400 pesos de oro común. Y para garantizar el pago de la cantidad mencionada, nombra a don Juan Valero Grajeda, vecino y asimismo Regidor de esta villa, como su fiador y principal pagador y ambos otorgan que se obligan de dar y pagar en los plazos y tiempos que se expresan en la escritura.
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