Sebastián de Viveros, vecino de Jalapa, albacea fideicomisario de Francisca de Yépez, vecina que fue de este pueblo de Jalapa, vende a Gaspar Lagunas[Lagunes], vecino de Naolinco, una esclava mulata, criolla, que quedó por bienes de la dicha Francisca de Yépez, nacida en su casa, hija de Francisca, su esclava; nombrada Magdalena Díaz, de 11 años de edad, libre de empeño, hipoteca, sana de sus miembros y sin defecto alguno por el precio de 250 pesos de oro común.
NAOLINCO, PUEBLO DE
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Testamento de Don Pedro García de Baldemora, vecino de Naolinco, natural de la ciudad de Lugo, en el reino de Galicia, hijo legítimo de Don Antonio García de Baldemora y de Doña María de Baldemora, vecinos que fueron de dicha ciudad.
Domingo de Oliveros y Antonio Sarmiento, vecinos de Jalapa, salieron por fiadores de Pedro Muñoz Maldonado, vecino de Naolinco, preso en la cárcel pública de Jalapa por querella que contra él sigue Gaspar de Lagunes, vecino de Naolinco, para que pueda salir de la cárcel y curarse de la enfermedad que padece, y se obligaron a volverlo a la prisión cuando se los pidan, de no hacerlo, se obligaron a pagar todo cuanto fuere juzgado y sentenciado.
El Capitán Don Francisco de Herrera, Alcalde Mayor de Jalapa y su provincia, con agregación de la de Jalacingo, dijo que por cuanto el pueblo de Naolinco dista cinco leguas de Jalapa, y está muy poblado con españoles, indios y otros géneros de gente, y en él no hay teniente que administre la justicia, nombró a Don Francisco de la Barrera Gayón, español, en quien concurren las partes y calidades necesarias, por tal Teniente de Naolinco, para que en él administre justicia a las partes que se la pidieron.
Don Lorenzo Rodríguez, gobernador del pueblo de San Pedro Chiconquiaco; sus alcaldes Don Lucas Hernández y Pedro Rodríguez; regidores Jerónimo Vázquez y Pedro Francisco, y otros oficiales de república, dijeron que por real cédula de Su Majestad se mandó poner maestros de escuela en los pueblos de esta jurisdicción, y en su cumplimiento, la justicia de Jalapa les puso por maestro a Don Juan Gómez, vecino de Naolinco, al precio de 180 pesos de oro común anuales, durante los próximos tres años; con más 12 fanegas de maíz en cada uno.
Pedro de la Mota, vecino de Naolinco, se obligó a pagar a Don Diego de Rojas, residente en este pueblo, 270 pesos de oro común en reales de plata doble, por razón de otros tantos que le prestó en reales de contado para de la fecha de esta carta en 18 meses, cada seis meses la tercera parte, con las costas de la cobranza. Y para la seguridad de la paga hipotecó seis mulas.
Ana Gómez, con licencia de su esposo Sebastián de Acosta, vecinos de Naolinco, hizo cuentas con Pedro de la Mota, de la misma vecindad, sobre los fletamientos de una recua de 40 mulas que recibió al morir el primer marido de Ana Gómez; y habiéndose hecho los cargos y admitido los descargos, la susodicha se quedó con treinta mulas aparejadas de reata abajo, seis de caballerías, un negro nombrado Pablo, de nación Angola, y con la obligación de pagar a Don Diego de Rojas, vecino de Jalapa, 180 pesos de oro común del resto de una escritura de 270 pesos que se comprometió a pagar Pedro de la Mota; los cuales, Ana Gómez y Sebastián de Acosta, se obligaron a pagar a los plazos contenido en ella.
Don José de Ceballos y Burgos, dueño del ingenio, dio en arrendamiento a Juan de Chávez, vecino de esta provincia, un rancho (San Sebastián) con todas las tierras, aguas, entradas y salidas de su propiedad; el cual linda por una parte con tierras del pueblo de Naolingo; y de la otra, en la banda del sur y del poniente, con tierras del otorgante, por tiempo de 6 años, a partir del 1° de enero de 1643, en el precio de 220 pesos de oro común en el primer año, y 200 pesos en cada 1 de los 5 años restantes, adelantados.
El Lic.Don José de la Peña Tejeda, presbítero vecino de la ciudad de Los Ángeles, residente al presente en este pueblo, con poder de su padre Pedro de la Peña, dio en arrendamiento a Antonio González, vecino de Naolinco, un sitio de estancia con las caballerías de tierra que le pertenecen nombrada el Aguesuela, en términos de Naolinco y Actopan, por tiempo de 3 años, a partir de hoy día de la fecha, en el precio de 5 fanegas de maíz anuales, con cargo de los ranchos, casas y mejoras se han de quedar en ella, pagando lo que fuere tasado por dos personas.
Diego Martín vecino de Naolinco, se obligó a pagar a Don Roque Gutiérrez de Ceballos, vecino de esta jurisdicción, 170 pesos de oro común, en reales de plata doble; los 120 pesos por otros tantos que le prestó en la misma moneda, y los 50 pesos, salió a pagar por Pedro del Río, vecino de la ciudad de los Ángeles, para de hoy día de la fecha en 18 meses, cada 6 meses la tercera parte, con las costas de la cobranza.