El Capitán don Gaspar Rendón, vecino de esta villa y mayordomo de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, sita en la iglesia parroquial de esta villa, otorga haber recibido del Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, Clérigo Presbítero, vecino de esta villa, 500 pesos de oro común en reales, por incurrir en la pena convencional que el susodicho se impuso, de no jugar naipes ni dados, como consta en escritura que otorgó en esta villa con fecha de 28 de junio de 1706.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDONAIPES
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Don Gaspar de Carabaxal y Benavente [Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente], vecino de esta villa de Córdoba, dijo que debido a los juegos se le ha recrecido mucha inquietud, pérdida y menoscabo de su caudal, lo que le ha provocado un gran perjuicio, por lo cual se obliga desde hoy día en adelante a no jugar naipes ni dados, con excepción al juego que llaman del renegado y quinqueño, pena de que cada vez que juegue naipes o dados incurra en la pena de [roto] pesos de oro común para la cofradía del Santísimo [roto].
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALDomingo Mucio, vecino y mercader en esta villa, dijo que considerando los atrasos que se originan, así a los créditos, como a los tratos, contratos y caudales por el juego, “materia muy sensible para los hombres”; por tanto y para vivir libre de semejantes actos y no llegar por la naturaleza que me asiste [roto] el ejercicio de dicho juego, otorga que promete y se obliga a no jugar ningún juego de naipes, ni otros permitidos, ni prohibidos, en poca o mucha cantidad, por tiempo de tres años y pena de 1 000 pesos, de los cuales serán aplicados 200 pesos para la cámara [roto]; 400 pesos por mitad para la fábrica de la santa [roto] y la de San Antonio de esta villa; 300 pesos para [roto] del Purgatorio; y 100 pesos para el juez y denunciador.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOJuan José de Thormes, mercader vecino del pueblo de Jalapa, dijo que recibe como Alguacil Carcelero a Nicolás Bueno, vecino de la Ciudad de Tlaxcala, preso en esta cárcel por haber dado a vender dos barajas que se hallaron estar floreadas o señaladas.
El Bachiller Joseph [José] de Cuéllar Haro, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico de esta villa de Córdoba y su partido, otorga que se obliga a no jugar en público ni secreto así en esta villa como fuera de ella por tiempo de dos años “juego de primera tabaco quínolas ni a otro alguno de envite con naipes dados ni en otro manera”. Por el contrario declara que sólo ha de poder jugar “al renegado tablas reales y cientos y asimismo albures con las mujeres” sin que le sea permitido apostar a cada mano, más de 4 reales, en caso contrario se obliga a pagar 200 pesos de oro común a esta villa y a su mayordomo.
JUAN GARCÍA VALERO, JUEZ RECEPTORDon Nicolás Rodríguez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, Alcalde Ordinario, dijo que por diferentes causas que le asisten y en la mejor forma que haya lugar, otorga que promete y se obliga de no jugar naipes, dados, trucos ni otro juego alguno en ninguna parte de este reino, en el tiempo de cinco años, que empiezan a correr desde esta presente fecha, entendiéndose que si por accidente se pusiera a jugar cualquier juego, todas las veces que constare haber pasado la pérdida de 10 pesos, se impone pena de 1 300 pesos, los 1 000 pesos para misas a las Benditas Almas del Purgatorio, 200 para la persona que denuncie y 100 pesos para el juez.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODomingo Mucio, vecino de esta villa de Córdoba, se obliga de dar y pagar al Capitán Miguel de Leyba, vecino de dicha villa, o a quien en su lugar hubiere 2 000 pesos de oro común en reales, por otros tantos que el susodicho le prestó en reales de contado; los cuales pagará dentro de cuatro años, que el primero empezó a correr desde el primero de julio del presente año, y si antes de dicho plazo le constare al Capitán Miguel de Leyba, judicial o extrajudicialmente, con sola una persona que se lo diga que el otorgante ha jugado naipes, dados u otro cualquier juego, será causa de vencimiento del plazo de esta escritura, y se le ha de poder ejecutar por dichos 2 000 pesos como si fueren cumplidos los cuatro años.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEsteban Márquez y el Alférez Francisco Bandala, vecinos del pueblo de Jalacingo, dijeron que tienen contratado sacar comisión para ser Juez del Real Asiento de los Naipes de la jurisdicción de Jalapa; el primero como principal y para ello se le ha de entregar diferentes porciones de barajas por el Capitán Pedro de Aróstegui, vecino de la Ciudad de Los Ángeles, quien les ha pedido otorgue escritura a su favor, en tal virtud confiesa haber recibido de los herederos del difunto José Joaquín de Villegas, y de don Antonio Caro del Castillo, Comisario General de la Real Fábrica 117 barajas, bajo las condiciones que se mencionan.
Francisco Camacho de Villavicencio, Comisario Real de la Real Fábrica y Asiento de Naipes, otorga que recibió de Agustín Suárez ayuda de costa por vía de salario de los autos de ejecución, de lo cual entrega recibo, carta de pago finiquito, lasto y cancelación del vale de 793 pesos que está en autos y de la carta recibo de 200 barajas que está en ellos.
Doña María Nicolasa de Torquemada, mujer legítima de don Agustín Suárez, vecina de este pueblo de Jalapa, con licencia expresa de su marido, se obliga a pagar 260 barajas, del estanco que tiene su citado esposo.