Stuk PX_0094_0116 - Zonder titel

Identificatie

referentie code

MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0116

Titel

Zonder titel

Datum(s)

  • 1837/09/26 (Vervaardig)

Beschrijvingsniveau

Stuk

Omvang en medium

f. 298 – 301 vta.

Context

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Geschiedenis van het archief

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Bereik en inhoud

Don Pablo Domínguez, vecino en la hacienda de los Ojuelos, y presente en este suelo, dijo que tiene pendiente la compra de dicha hacienda con su actual dueño el presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, en virtud de lo cual, él tiene pactado con don Félix Antonio Olvera, que para cuando se formalice dicha compra, le ha de vender una parte de las tierras de la expresada hacienda, y son las que se comprenden en la demarcación siguiente: de la cuesta del arco, barranca abajo adonde concluye la barranca para la loma del paxtle, y de ahí río de los Otates para arriba, hasta llegar a ponerse en paralelo con la cuesta del arco, siguiendo de aquí a cerrar con el punto donde comenzó. Lindando dichas tierras demarcadas, por oriente con las de don José Barradas, por el norte con las de Mastatlán por donde está el salto nombrado de la Meza, por sur con las barrancas del arco, y del otro lado tierras de dicha Ojuelos, y por poniente, que se halla una angostura con tierras de la misma Ojuelos. Cuyas tierras deslindadas, el nominado don Pablo Domínguez, otorga que hace formal promesa de venta a don Félix Antonio Olvera, bajo las condiciones siguientes: 1º. realizada la compra de la hacienda al presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, el comparente verificará las tierras que ha pactado venderle a Olvera. 2.° que la venta de estas tierras a Olvera será en precio de 1 400 pesos, pagándose la alcabala por cuenta de Domínguez. 3.° que sobre 100 pesos que Domínguez le debe a Olvera le ha de completar éste a 400, luego que se firme el presente instrumento, a de exhibir Olvera a Domínguez 600 pesos cuando se formalice la escritura de venta, y los 400 pesos restantes lo ha de enterar al término de un año, contados desde hoy. 4.° que los costos de dicha escritura de venta serán satisfechos por Domínguez. Bajo cuyas cláusulas y condiciones, asegura Domínguez formaliza dicha promesa de venta, obligándose a cumplir lo estipulado, pena de que, en caso contrario, le devolverá a Olvera las cantidades que haya exhibido en cuenta, y le satisfará el importe de los perjuicios.

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    Aantekening

    Incluye notificación de la Administración de Alcabalas de Xalapa al escribano sobre la promesa de venta de un terreno de la hacienda de los Ojuelos, f. 299; autorización de la Administración de Alcabalas de Xalapa para otorgar la correspondiente escritura, f. 300. El escribano registra el nombre Juan Nepomuceno de Ulloa, Juan Nepomuceno Ulloa, Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, éste firma Juan Nepomuceno Ulloa, para su ubicación se registró como aparece en el resumen del acta.

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    Publicado

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    Gedeeltelijk

    Verwijdering van datering archiefvorming

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