MAXTATLÁN, PARAJE DE

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0156 · Unidad documental simple · 1825/10/08
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Ruiz Sánchez, de esta vecindad, actual colector de diezmos de esta cordillera, otorga en arrendamiento en favor de don Francisco de Acosta, vecino del pueblo de Naolinco de este partido, una parte de los diezmos de la feligresía del indicado pueblo de Naolinco, sujeto a la demarcación siguiente: todos los pueblos de aquella doctrina, por la parte del sur formará lindero para su receptoría el rancho de Tenampa, que se comprende en este arrendamiento, los de Montero y Aguilar, inclusos por el oriente hasta el pueblo de San Antonio Tepetlán y alto de San Antonio y rancho de Salas, con los demás ranchos citados por este rumbo; quedando exceptuados como anexos a la recaudación de esta villa los parajes de San Diego, Santa Cruz, Tecuan [Tecuane], los Tepetates, Mastatlan [Maxtatlán], Almolonga, Paso del Toro, Llano de los Garcias y trapiche de don José María de Casas. Cuyo arrendamiento es por el término de tres años, contados desde esta fecha, por el precio de 380 pesos anuales. Y el arrendatario ofrece por sus fiadores a don Julián Domínguez y a don Fernando Gómez Muñoz, vecinos del mismo pueblo de Naolinco, quienes otorgan que se constituyen fiadores por el mencionado arrendatario.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0166 · Unidad documental simple · 1825/10/24
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José María de Santa María, labrador en esta jurisdicción, otorga poder especial a don José María Campoverde, también vecino de esta jurisdicción, para que en su nombre y representación, exija y recoja judicial o extrajudicialmente de don Antonio María de Casas, un cuaderno de actuaciones judiciales que en su poder dejó doña Victoria de Echeverría, cuando le arrendó un pedazo de terreno que pertenecía a su difunto marido, ubicado en el llano de Mastatlan [Maxtatlán]. Y como injustamente se niega Casas a la entrega de dicho cuaderno, haga todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias que sean necesarias hasta obtener el cuaderno.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0116 · Unidad documental simple · 1837/09/26
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Pablo Domínguez, vecino en la hacienda de los Ojuelos, y presente en este suelo, dijo que tiene pendiente la compra de dicha hacienda con su actual dueño el presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, en virtud de lo cual, él tiene pactado con don Félix Antonio Olvera, que para cuando se formalice dicha compra, le ha de vender una parte de las tierras de la expresada hacienda, y son las que se comprenden en la demarcación siguiente: de la cuesta del arco, barranca abajo adonde concluye la barranca para la loma del paxtle, y de ahí río de los Otates para arriba, hasta llegar a ponerse en paralelo con la cuesta del arco, siguiendo de aquí a cerrar con el punto donde comenzó. Lindando dichas tierras demarcadas, por oriente con las de don José Barradas, por el norte con las de Mastatlán por donde está el salto nombrado de la Meza, por sur con las barrancas del arco, y del otro lado tierras de dicha Ojuelos, y por poniente, que se halla una angostura con tierras de la misma Ojuelos. Cuyas tierras deslindadas, el nominado don Pablo Domínguez, otorga que hace formal promesa de venta a don Félix Antonio Olvera, bajo las condiciones siguientes: 1º. realizada la compra de la hacienda al presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, el comparente verificará las tierras que ha pactado venderle a Olvera. 2.° que la venta de estas tierras a Olvera será en precio de 1 400 pesos, pagándose la alcabala por cuenta de Domínguez. 3.° que sobre 100 pesos que Domínguez le debe a Olvera le ha de completar éste a 400, luego que se firme el presente instrumento, a de exhibir Olvera a Domínguez 600 pesos cuando se formalice la escritura de venta, y los 400 pesos restantes lo ha de enterar al término de un año, contados desde hoy. 4.° que los costos de dicha escritura de venta serán satisfechos por Domínguez. Bajo cuyas cláusulas y condiciones, asegura Domínguez formaliza dicha promesa de venta, obligándose a cumplir lo estipulado, pena de que, en caso contrario, le devolverá a Olvera las cantidades que haya exhibido en cuenta, y le satisfará el importe de los perjuicios.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0098-PX_0098_0152 · Unidad documental simple · 1840/11/18
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Manuel de Santa María, vecino de su hacienda Maxtatlán y presente en este suelo, otorga que debe y se obliga a pagar a don Pedro Paredes y Serna, vecino de la hacienda Santa Rosa, la cantidad de 16 651 pesos valor de ganado vacuno y mular que le tiene franqueado, cuyo monto se obliga a pagar en el término de siete años, comenzando a contarse en primero de enero de 1841, habiéndose de exhibir dicha cantidad en plazos anuales de 2 500 pesos cada uno de los seis primeros años y en el último el resto. Cuya deuda ha contraído el otorgante con el fin de redimir todos los capitales que reconoce sobre su hacienda y tierras anexas nombradas la Mesa de Maxtatlán.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0075 · Unidad documental simple · 1833/06/17
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Manuel de Santa María, hacendado en este cantón, otorga que ha recibido del Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, la cantidad de 1 000 pesos los cuales se obliga a tener por vía de depósito irregular por el tiempo de siete años, contados desde esta fecha, para redimirlos al vencimiento de este plazo y satisfaciendo durante este tiempo el premio de un 6 por ciento anual. Y para mayor seguridad del capital y sus réditos, hipoteca un rancho de siembras de caña y maíz nombrado San Sebastián Maxtatlán, ubicado en términos de este cantón, bajo los linderos que se relacionan en la escritura, que en esta misma fecha le ha formalizado la albacea del finado don Dionisio González y Cabrera sobre la venta de dicho fundo, y otras tierras contiguas al expresado rancho, nombradas la Mesa de Maxtatlán. El cual es responsable a 3 315 pesos en favor de la testamentaria del nominado don Dionisio y 1 150 pesos a la de don Domingo Franceschi. Los cuales rancho y tierras se obliga a no enajenar el supradicho rancho hasta no estar pagado dicho capital.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0091-PX_0091_0149 · Unidad documental simple · 1834/10/29
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Lucas Antonio Romero, residente este suelo, dijo que le es deudor a don Felipe Huesca, vecino del puente de Dios, de la cantidad de 1 297 pesos y 4 reales, importe de un trapiche ubicado en tierra de Maxtatlán, que el comparente le ha tomado en traspaso, cuya suma debe enterarla a Huesca en dos plazos, caucionándose dichos pagos por el señor don José María Ochoa, Alcalde de cuarta nominación, quien debe obligarse como principal pagador. Y debiendo formalizar el instrumento público, el nominado don Lucas Antonio Romero dándose como se da por entregado a su entera satisfacción del trapiche se confiesa deudor de dicha cantidad, y para cuya seguridad don José María Ochoa otorga que se constituye principal pagador de la repetida suma.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0107 · Unidad documental simple · 1830/09/15
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Antonio María de Casas dijo que don Luis García Teruel dueño de la hacienda de Lucas Martín y del rancho nombrado el Castillo, cuyas tierras están lindando al norte con las de la hacienda San Antonio de la pertenencia del comparente, está fabricando en el lindero de sus tierras una cerca de piedra, pero que desde la mojonera del camino de Mastatlán a la nombrada del Tronconal, cuyo lindero corre de oriente a poniente, es el terreno muy quebrado y de manera que son elevados los costos de la cerca si el citado García la construye en la misma línea. Por lo cual, don Luis García ha convenido con el relacionante Casas en llevar la cerca por el terreno de éste, sin que por ello se entienda cedida o donada la parte que dicha cerca divida desde el punto de su construcción hasta el del lindero recto que pertenece de la hacienda de San Antonio; sobre tal convenio se ha de formalizar instrumento público para que en todo tiempo conste ser una gracia, favor y generosidad de Casas el acceder a la indicada permisión y que lo hace sin el más ligero interés y con la precisa condición de que cuando a éste o a sus sucesores les convengan quieran echar su cerca en el lindero de su pertenencia, no podrá por manera alguna impedirlo García ni los suyos. Y reduciendo a efecto, el nominado don Antonio María de Casas otorga que concede su permiso y licencia a don Luis García Teruel para la construcción de la cerca en la manera y bajos las condiciones explicadas, repitiendo que jamás será visto desapoderarse de la propiedad dominio y señorío del terreno que quede fuera de la cerca. Y estando presente don Luis García Teruel, confesó ser cierto cuanto queda relacionado y acepta la concesión que don Antonio María de Casas bajo el concepto que queda explicado.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0081-PX_0081_0125 · Unidad documental simple · 1824/10/02
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Ruiz Sánchez, de esta vecindad, actual colector de diezmos de esta cordillera, otorga en arrendamiento en favor de don José María Domínguez, vecino del pueblo de Naolinco, un parte de los diezmos de la feligresía del pueblo de Naolinco, sujeto a la demarcación siguiente: todos los pueblos de aquella doctrina, por la parte del sur formará lindero para su receptoría, el rancho de Tenampa que se compone en este arriendo los de Montero y Aguilar, inclusive por el oriente hasta el pueblo de San Antonio Tepetlán hasta el alto de tizar con los ranchos situados en este rumbo; quedan exentados como anexos a la recaudación de esta villa, los parajes de San Diego, Santa Cruz, Tecuán, los Tepetates, Almolonga, Maxtatlán, Paso del Toro; el llano de los Garcias y el trapiche de don José María de Casas. El arrendamiento es por el término de un año, contados desde esta fecha, por la cantidad de 380 pesos. Y para mayor seguridad del colector, el arrendatario ofrece por fiador a don José María de Casas y estando presente se constituye como tal fiador.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0095-PX_0095_0005 · Unidad documental simple · 1838/01/20
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              El presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, de esta vecindad, dijo ser legítimo dueño de la hacienda nombrada los Ojuelos está en términos de esta jurisdicción, hacia el rumbo del Encero, la cual se compone de 80 caballerías de tierra, que hacen dos sitios de ganado mayor, las que lindan por el lado del norte con el paraje nombrado el Dominico, los trapiches del Rosario y Maxtatlán, tierras de los Garcías y las del Castillo, por donde terminan con una cuchilla y es el rumbo por donde tiene más extensión, y de poniente a oriente, por el costado del sur lindan con el cerro que nombran Cimarrontepec, y siguen por el cantil del río del Castillo hasta las tierras del Encero, y viene a cerrar por el oriente con tierras pertenecientes a los herederos de don Manuel de Acosta, a quien pertenecieron éstas en un tramo y las vendieron al finado presbítero don Francisco de Campo, quien se las vendió al que comparente y a don José Trabedra, en compañía, el 13 de septiembre de 1825, habiendo este último vendido también al otorgante su parte. Como legítimo dueño, otorga que vende a don Félix Antonio Olvera, el sitio que se ubica de la cuesta del Arco barranca abajo, a donde concluye la Barranca para la loma del Paxtle y de ahí río de los Otates para arriba hasta llegar a ponerse en paralelo con dicha cuesta del Arco, siguiendo de aquí a cerrar hasta el punto donde se comenzó; lindando dichas tierras demarcadas, por el oriente con las de don José Barradas, por el norte con las de Maxtatlán, por donde está el salto nombrado de la Mesa, por el sur con la barranca del Arco y del otro lado tierras de dichos Ojuelos, y por poniente que se halla una angostura con tierras de los mismos Ojuelos, no pudiéndose fijar el área plana que comprende por estar entre barrancas el terreno que queda dentro de dichos linderos. Lo vende en precio de 1 400 pesos. Asimismo, dijo que hace tiempo hizo trato de vender la hacienda a don Pablo Domínguez, quien prometió vender una parte del terreno de dicha hacienda a don Félix Antonio Olvera, ya por sí, si la compraba, o ya por el compareciente como legítimo dueño. Siendo estas tierras en cuestión las mismas que se trataron en dicha promesa.

              ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0085-PX_0085_0013 · Unidad documental simple · 1828/03/13
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Los ciudadanos Cristóbal Campomanes, José Pedro Barradas y José Félix Acosta, vecinos los dos primeros del pueblo de Naolinco, y el último de esta villa; dijeron que por muerte de Francisco Campomanes, quedaron tierras que poseía en la jurisdicción del mismo pueblo de Naolinco, conocidas con el nombre del Llano de San Antonio alías de los Garcías Campomanes, que lindan por el oriente, con las de la hacienda de Almolonga, por el sur, con las de Mastatlan, por el poniente, con las del Castillo, y por el norte, con las de Chiltoyac, las que eran del finado Juan Manuel Trujillo, las de Josefa Meza, las que llaman de don Joaquín Cendoya y las de San Diego. Y que siendo uno de los mencionados hijos de don Francisco Campomanes, el finado don Agustín [Campomanes], quién nunca llegó a recibir la parte que de dichas tierras le correspondía por permanecer hasta la fecha indivisa y actualmente pertenece, esa misma parte, a los hijos y herederos de dicho Agustín, que lo son los otorgantes y en representación de su persona Cristóbal Campomanes, José Pedro Guevara como marido y conjunta persona de María Ignacia Campomanes, autorizado por ella, y José Félix Acosta, como padre de María Gregoria de Jesús, muerta de un año y habida en matrimonio que contrajo con Rita Campomanes, difunta. En virtud de los antes mencionado, por la presente, los otorgantes venden a Antonio María de Casas, de esta vecindad, parte de las tierras del Llano de San Antonio, libre de empeño, al precio de 600 pesos.

              ANTONIO MARÍA DE RIVERA, JUEZ RECEPTOR