Nicolás Ruiz, mulato, vecino de la jurisdicción de San Juan de los Llanos, y Juan Román Castillo, residente en el real de minas de San Miguel Tachaque, y por otro nombre Alchichica, jurisdicción de Tepeaca, se obligaron a que dentro de mes y medio, a partir de hoy día de la fecha, darán al Bachiller Iñigo López de Mendoza, beneficiado por Su Majestad del pueblo de Teziutlán, y a Nicolás Pérez Toledano, de la misma jurisdicción, una hacienda de fundición de paradilla con dos hornos para fundir metal, y otro de afinación, con todo lo necesario para su avío. Con la condición de que les han de dar 200 pesos en reales en un plazo de 20 días, los cuales se sacarán de lo primero que se fundiese, le darán al maestro Nicolás Ruiz por su trabajo 60 pesos, y les han de dar la mitad de cada una de las minas que tiene denunciadas, que son: San Miguel, La Descubridora, Santa Clara, y Jesús Nazareno. Lo que se gastare de salarios en gente, bastimentos y otros insumos en las dichas minas, ha de ser por cuenta de los cuatro socios.
MULATOS
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Francisco Enamorado Villaseca, vecino de Jalapa, dijo que por justos respectos, rescató a Diego Mosegón, de 13 años, mulato, hijo de Angelina, negra esclava de Bartolomé de Lecea; y por su libertad y la de un hermano suyo, dio una negra; y ahora lo pone como aprendiz de zapatero de obra prima con Melchor de Baeza, de color loro, maestro en dicho oficio, vecino de Jalapa, durante un lapso de tres años.
Don Andrés Pérez, vecino de Jalapa, en virtud de hallarse con muchos años de edad y destituido de bienes por haberlos repartido entre sus hijos procreados en dos matrimonios; y para evitar discordias entre ellos, declaró que fue casado de primer matrimonio con Beatriz Rizo, la cual no trajo a su poder ninguna dote, pero con ella tuvo un hijo nombrado Andrés Pérez, mayor de 25 años, a quien habrá tiempo de 22 años, antes de su segundo matrimonio, le dio de su legítima paterna y materna una esclava negra llamada Melchora de los Reyes y un negro nombrado Manuel Díaz; y de ellos, ha estado en posesión, así como de dos mulatos llamados Antonio y María, hijos de Melchora. Al cabo de muchos años, contrajo segundo matrimonio con Juana de Torres, quien tampoco trajo dote alguna, con ella procreó a Matías Pérez, Antonia Pérez y Catalina Pérez. Cuando casó a Antonia Pérez con José Lagunes, le dio una negra esclava llamada Nicolasa y ajuar que importó 650 pesos; a su hijo Matías le dio una esclava nombrada Nicolasa Ramos, dos mulas y dos caballos; y a Catalina al tomar estado, le dio una esclava llamada Andrea Ramos y 100 pesos en ajuar. Y en atención a que su hijo Andrés Pérez, lo ha sustentado en su casa en todas sus necesidades, hace mejora en el dicho Andrés Pérez, en el tercio y remanente del quinto de los bienes que pudiera tener.
En Ejecución de la proveído por el Capitán Don Juan Francisco de Herrera, Alcalde Mayor de Jalapa, Sebastián de la Peña, escribano, certifica en testimonio de verdad cómo el Alférez Luis López, vecino que fue de este pueblo, le dijo había quedado por albacea de María de la O Muñoz, y en una cláusula de su testamento dejó por libre a un mulatillo nombrado Felipe de Santiago con cargo de dar 150 pesos de oro común, y que por haber recibido esta cantidad de mano de Pedro Hernández, mulato, padre del referido Felipe de Santiago, a cuyo favor tenía que otorgar recibo, el cual nunca lo hizo, y para que conste lo dicho, lo signó con su nombre.
Juan Ruiz, zapatero, dijo que por cuanto Melchor, mulato también zapatero, le tenía hecho un conocimiento por 21 pesos de oro común y el susodicho se había ido; ahora Juan de Moya por hacer bien y merced al dicho Melchor le pagó en reales tal cantidad, de que se da por entregado, y le dio poder para que pueda cobrar después, del dicho Melchor o de quien deba pagar, la cantidad señalada.
Testamento que otorga Pedro Pérez, natural de Guatemala. Declara que Pedro Mendocino, mulato que trabaja en la estancia, le debe 3 pesos de una guitarra que le vendió, manda se cobren. Declara deberle a Francisco Rodríguez, peso y medio de una coraza que le vendió.
Hipólito Hernández, dueño de la Venta de Lencero, dio carta poder a Bartolomé Martín, de color mulato, vecino de Jalapa, para que en su nombre pueda cobrar cualquier pesos de oro común que le fueren debidos en esta Nueva España.
Adrián Rodríguez, Alcalde actual del pueblo de San Lorenzo Serralbo [Cerralvo] de negros libres, jurisdicción de esta villa de Córdoba; Carlos Manuel y Juan [ilegible], Regidores; José de Rosas, Escribano de la comunidad; Domingo Ronzón, Lázaro [Hernández], Pascual de Castro, Vicente [ilegible] y Juan Ronzón, Alcaldes pasados; Gregorio [ilegible], Miguel Jacinto, Pascual de Contreras, Diego de los Reyes y Marcos de la Mota, todos vecinos de dicho pueblo, por ellos y por los demás vecinos, con licencia del alcalde mayor de esta villa de Córdoba, otorgan en arrendamiento a Felipa Josefa Largache, mulata libre, el mesón que poseen en el dicho pueblo de San Lorenzo de comunidad, con tres cuartos, caballerizas y cocina, por tiempo de un año a partir del día dos de noviembre próximo, por precio de 50 pesos al año y con las condiciones siguientes: si el mesón necesita aliño y reparo para el alojamiento de los pasajeros, lo han de hacer los otorgantes luego que sean requeridos por la dicha Felipa Josefa Largache, y caso que no lo hagan, lo hará la susodicha con el producto de dicho arrendamiento, de que le ha de dar parte a uno de los alcaldes del pueblo; que cada semana del año haya de ser obligado un vecino del pueblo a traer el zacate para dicho mesón y se le pague su valor por la susodicha, de manera que entre los vecinos se repartan esa utilidad y que no sea solo uno el beneficiario, y en caso de no poderlo traerlo por falta de cabalgadura, pase a otro vecino; en caso que el pasajero o pasajeros tengan menester de cabalgaduras para transportarse a esta villa [ilegible] Veracruz, se le dé en la mejor forma, pagando el pasajero la cabalgadura o cabalgaduras y el tlayacan [sic] que lleve para su tornaviaje; que todos los pasajeros hayan de posar en dicho mesón como es uso y costumbre en las demás hospederías y mesones de esta cordillera, por estar prevenido de lo necesario, y en caso de que alguno se hospede en casa particular de dicho pueblo, el dueño de dicha casa se haya de gastar y comprar a la dicha Felipa Josefa Largache, las gallinas, pollos, huevos, maíces y zacate que tiene prevenido en dicho mesón para dichos pasajeros, porque de otra manera tienen corrupción dichos bastimentos y no cumplen los otorgantes con la obligación de hacerle bueno este arrendamiento, y no lo puedan mercar de otras partes sino fuere de dicho mesón, porque a la menor queja que diera la dicha Felipa, darán noticia al alcalde mayor para que le imponga las penas que corresponden.
El Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa y Antonio de Olivera, vecinos de esta villa de Córdoba, en nombre y con poder de don Nicolás de Olivera, dijeron que, usando de dicho poder, hacen y otorgan su testamento con las cláusulas, legados y mandas que les comunicó en la forma y manera siguiente: declaran que habiendo fallecido el dicho don Nicolás de Olivera, en la ciudad de la Nueva Veracruz, le dieron sepultura tal y como les comunicó. Ítem, les comunicó que después de su muerte, se realizare inventario de sus bienes, y el quinto que quedase de todos sus bienes se lo dejaba a Josefa niña huérfana, de edad de un año, más o menos, que ha tenido y criado en su casa y que dicha cantidad se le den en cuanto tome estado y/o tenga edad para administrar, y en caso de que la niña falleciere antes de tomar estado o tenga la edad de recibir, el dicho regidor deberá de instruir una capellanía y de esta manera nombrar a los patronos, capellanes e interinos. También dijeron que les comunicó dicho difunto, que a María negra conga, su esclava, que la crio, le otorguen libertad y 50 pesos, los cuales le han dado y otorgado su libertad. Ítem, les comunicó que se les den ciertas cantidades pesos a Marina Carmona, parda; Francisco López, pardo; Magdalena, mulata; y a otras personas que se mencionan en la escritura. Ítem, les comunicó el citado difunto que de sus bienes se imponga una capellanía de misas rezadas con el principal de 2 000 pesos por su alma, bajos las condiciones y nombramientos que se mencionan en la escritura. Ítem, les comunicó que como su última voluntad nombró e instituyó por su heredera a su alma y que el dicho remanente se ponga a censo. Nombró por albaceas testamentarios a los presentes otorgantes.
UntitledAnte Payo Patiño Dávila [de Ávila], Corregidor por su Majestad de esta provincia de Orizaba, compareció Lázaro Pérez, mulato, quien dijo entra a servicio y soldada con Juan Blanco, vecino de este pueblo, por tiempo y espacio de un año corrido, por precio de 24 pesos de oro común que le ha de dar y pagar conforme a la calidad del servicio, de los cuales ha recibido 3 pesos y medio de oro común.\n\n\n